Resolución No. 1.292/022.- Promúlgase el Decreto Departamental 3230, relativo a la modificación del literal a) del art. 1º del Decreto Departamental 2841, modificado por art. 1º del Decreto Departamental 2886.

32 Documentos Nº 30.998 - agosto 22 de 2022 | DiarioOficial
Publicaciones
Jurídicas
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Noticación1.806/022
Notifícase al propietario del vehículo cuya matrícula se determina, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que
correspondería la aplicación de una multa.
(3.608)
ElDirectordelDepartamentodeMovilidad delaIntendenciadeMontevideoha dispuestoenlafecha02/08/202210:34:28, noticaralos
propietarios de los vehículos cuya matrícula se detalla en planilla adjunta, que la Intendencia de Montevideo, constató la contravención del
artículoqueallíseseñala,porloquecorresponderíaaplicarunamulta.Sedisponelapresentenoticaciónconriendovistadeestasactuaciones
a los titulares de los vehículos relacionados, conforme lo establece el Digesto Departamental. A partir de la publicación cuenta con un plazo
de10díashábilesaefectosderealizarlosdescargosqueentiendacorresponden.
Matrícula Fecha y Hora Intersección Intervenido Artículo Valor
en UR
SLV 850 26/7/2022 13:13 GRAL URQUIZA y ESTERO BELLACO CGM 5530031459 ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad 5
Pablo Inthamoussu, Director General, Departamento de Movilidad.
INTENDENCIA DE SAN JOSÉ
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Resolución 1.292/022
Promúlgase el Decreto Departamental 3230, relativo a la modicación
del literal a) del art. 1º del Decreto Departamental 2841, modicado por
art. 1º del Decreto Departamental 2886.
(3.605*R)
San José, 06 de junio de 2022.-
RESOLUCIÓN N.º 0845/2022.-VISTO: el Expediente N.º 15/2022,
OcioN.º 816/2022 de la Intendencia Departamental de SanJosé,
conteniendoProyectodeDecretotendienteamodicarelliterala)del
Artículo1ºdelDecretoNº2841modicadoporelArtículo1ºdelDecreto
2886;CONSIDERANDO I: que la Red de Adultos Mayores de San José
en la Jornada de “Sea Edil Por un Día”, realizada el 14 de octubre pasado,
presentó un planteo para realizar ante el Ejecutivo Departamental, para
otorgarunabonicaciónenelTributodeContribuciónInmobiliariaa
jubilados y/o pensionistas, que perciban una jubilación mínima y que
tenganunasolapropiedad;CONSIDERANDO II: que los Decretos
Nros.2841y2886reerenalarebajadelostributosdepartamentales
que gravan los inmuebles urbanos y suburbanos propiedad de
jubiladosy pensionistas; CONSIDERANDO III: según el informe
de la Comisión de Presupuesto y Asuntos Financieros, la Intendencia
proponemodicar el literal a) del Artículo 1º del Decreto Nº 2841
modicadoporelArtículo1ºdelDecretoN.º2886,paraesoserecibió
al Director de Hacienda del Ejecutivo Departamental, quien explicó
queconlamodicaciónplanteada,debidoalanuevaformadecálculo
másjubiladosy/opensionistaspodránaccederalarebajadeltributo;
ATENTO: a lo expresado anteriormente, la Junta Departamental de
SanJosé,porunanimidad depresentes(28 votosarmativosen28);
RESUELVE: aprobar el informe de la Comisión de Presupuesto y
Asuntos Financieros, sancionando en general y en particular y por
unanimidaddepresentes(28 votosarmativosen28) elDecreto Nº
3.230quequedaráredactadodelasiguientemanera:AMC
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ
DECRETA:
Artículo 1º.- Semodicaelliterala)delArtículo1ºdelDecretoN.º
2841,modicadoporArt.1ºdelDecretoN.º2886,quedandoredactado
de la siguiente forma: “a) Que los ingresos por todo concepto, del
jubilado o pensionista sumados a los de su cónyuge, no superen el
montoresultantedeincrementarenun50%lapasividadmínimajada
anualmente por el Banco de Previsión Social”.
Armativo Unanimidad 28 votos en 28.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, etc.-
2. Pase al Tribunal de Cuentas de la República a sus efectos.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE
SAN JOSÉ, EL 06 DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS.-
Roberto Rossi, 1er. Vicepresidente; Andrés Pintaluba, Secretario
General.
San José, 29 de julio de 2022.-
RESOLUCIÓN Nº 1292/2022 EXPEDIENTE Nº 015/2022
SE PROMULGA DECRETO Nº 3230.-
VISTO:elOcioNº 816/2022remitidoala JuntaDepartamental
deSanJosé,el07demarzode2022;
RESULTANDO: que a través del mismo se solicita la anuencia
paraaprobarelProyectodeDecreto, referidoalabonicaciónen el
tributo de contribución inmobiliaria a jubilados y/o pensionistas, que
percibanunajubilaciónmínimayquetenganunasolapropiedad;
CONSIDERANDO: I) que es necesario modicar el literal a)
delArtículo1ºdelDecreto Nº2841modicadopor elartículo1ºdel
DecretoNº2886;
II) que la Junta Departamental de San José, por Resolución Nº
0845/2022defecha06dejuniode2022,sancionóelDecretoNº3230;
III) que el Tribunal de Cuentas, por Resolución Nº 1710/2022, en
sesióndefecha13dejuliode2022,noformulóobservaciones;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el
artículo275delaConstitucióndelaRepública;
La Intendente Departamental de San José, RESUELVE:
1º.- Promúlgase el Decreto Nº 3230, aprobado por la Junta
Departamental de San José, por Resolución Nº 0845/2022 de fecha 06
de junio de 2022.
2º.-Cométesea laOcina deComunicación lapublicación enel
DiarioOcialyprensalocalyenlapáginawebdeestaIntendencia.
3º.- Pase a la Dirección Gral. de Hacienda para realizar las
coordinaciones, y luego siga a conocimiento de Asesoría Letrada.
4º.- Regístrese.-
Cra. Ana María BENTABERRI, Intendente; Dr. Sebastián
FERRERO, Secretario General.

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