Resolución No. 138/022.- Apruébanse las Directivas Generales para la Producción Integrada de Uva de Vino.
6Documentos Nº 30.874 - febrero 15 de 2022 | DiarioOficial
C) Sujeto a Inspección Fitosanitaria al ingreso.
D) Sujeto a Análisis Ocial al ingreso.
2º) Comuníquese a la División Protección Agrícola, a la Asesoría
Jurídica de la DGSA, a la Dirección General de Secretaría, a la Unidad
de Asuntos Internacionales y a la Dirección Nacional de Aduanas.
3º) Publíquese en el Diario Ocial y divúlguese a través de la
página web institucional.
4º) Cumplido archívese en el Departamento Administración.
Ing. Agr. Leonardo Olivera Uriarte, DIRECTOR GENERAL,
PROGRAMA 4, M.G.A.P.- SERVICIOS AGRÍCOLAS.
4
Resolución 136/022
Apruébanse las Directivas Generales para la Producción Integrada de
Uva de Mesa.
(416*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
Montevideo, 9 de Febrero de 2022
VISTO: la propuesta de "Directivas Generales para la Producción
Integrada de Uva de Mesa" presentada por la Comisión Coordinadora
de la Producción Integrada;
RESULTANDO: I) que por el presente acto a solicitud de la
Comisión Coordinadora de la Producción Integrada, se pretende
aprobar las directivas de manejo para la Producción Integrada de
Uva de Mesa;
II) que la propuesta ha sido evaluada expresándose por el presente
acto la conformidad con el mismo y sus fundamentos;
CONSIDERANDO: I) los antecedentes legales y reglamentarios
que conceden las potestades sucientes a la Dirección General de
Servicios Agrícolas, con el objetivo de mejorar el sistema de Producción;
II) necesario el apoyo a la producción integrada cuyas nalidades
son lograr el aumento de competitividad de la misma, el ofrecimiento
de una mejor calidad para el consumidor y el desarrollo de una
producción agrícola sustentable;
ATENTO: a las razones expuestas y lo dispuesto por el artículo
3º del Capítulo II del Decreto Nº 143/002 de 19 de abril de 2002 sobre
Regulación de Producción Integrada de Frutas y Hortalizas;
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE:
1) Apruébanse las Directivas Generales para la Producción
Integrada de Uva de Mesa que se identican como ANEXO I y forman
parte de la presente Resolución.
2) El cumplimiento de estas reglamentaciones ociales es condición
para el comercio de los productos frutícolas bajo la denominación de
Producción Integrada tal como se establece en el Decreto Nº 143/002
de 19 de abril de 2002.
3) La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de
su publicación por el plazo de dos años. La misma podrá ser revisada y
modicada a solicitud de la Comisión Coordinadora de la Producción
Integrada cuando ésta lo considere oportuno.
4) Publíquese en el Diario Ocial y divúlguese a través de la Página
Web del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
5) Remítanse las presentes actuaciones a la Dirección General de
la Granja a los efectos de noticar a la Comisión Coordinadora de la
Producción Integrada por corresponder.
6) Cumplido, vuelvan a la Dirección General de Servicios Agrícolas
a los efectos de evaluar las solicitudes sobre otros cultivos.
Ing. Agr. Leonardo Olivera Uriarte, DIRECTOR GENERAL,
PROGRAMA 4, M.G.A.P.- SERVICIOS AGRÍCOLAS.
El ANEXO I con las Normas aprobadas se encuentra disponible en:
https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/
institucional/normativa
5
Resolución 138/022
Apruébanse las Directivas Generales para la Producción Integrada de
Uva de Vino.
(417*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
Montevideo, 9 de Febrero de 2022
VISTO: la propuesta de "Directivas Generales para la Producción
Integrada de Uva de Vino" presentada por la Comisión Coordinadora
de la Producción Integrada;
RESULTANDO: I) que por el presente acto a solicitud de la
Comisión Coordinadora de la Producción Integrada, se pretende
aprobar las directivas de manejo para la Producción Integrada de
Uva de Vino;
II) que la propuesta ha sido evaluada expresándose por el presente
acto la conformidad con el mismo y sus fundamentos;
CONSIDERANDO: I) los antecedentes legales y reglamentarios
que conceden las potestades sucientes a la Dirección General de
Servicios Agrícolas, con el objetivo de mejorar el sistema de Producción;
II) necesario el apoyo a la producción integrada cuyas nalidades
son lograr el aumento de competitividad de la misma, el ofrecimiento
de una mejor calidad para el consumidor y el desarrollo de una
producción agrícola sustentable;
ATENTO: a las razones expuestas y lo dispuesto por el artículo
3º del Capítulo II del Decreto Nº 143/002 de 19 de abril de 2002 sobre
Regulación de Producción Integrada de Frutas y Hortalizas;
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE:
1) Apruébanse las Directivas Generales para la Producción
Integrada de Uva de Vino que se identican como ANEXO I y forman
parte de la presente Resolución.
2) El cumplimiento de estas reglamentaciones ociales es condición
para el comercio de los productos frutícolas bajo la denominación de
Producción Integrada tal como se establece en el Decreto Nº 143/002
de 19 de abril de 2002.
3) La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de
su publicación por el plazo de dos años. La misma podrá ser revisada y
modicada a solicitud de la Comisión Coordinadora de la Producción
Integrada cuando ésta lo considere oportuno.
4) Publíquese en el Diario Ocial y divúlguese a través de la Página
Web del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
5) Remítanse las presentes actuaciones a la Dirección General de
la Granja a los efectos de noticar a la Comisión Coordinadora de la
Producción Integrada por corresponder.
Ing. Agr. Leonardo Olivera Uriarte, DIRECTOR GENERAL,
PROGRAMA 4, M.G.A.P.- SERVICIOS AGRÍCOLAS.
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