Resolución No. 2/016.- Dispónese la Captura Total Permisible de la especie besugo (Pagrus pagrus) para el año 2016, en la Zona Común de Pesca

______________
_____,
jf
unllallo
en
18
80
lliario
be
(tntro
~mirica
VIERNES 3 de JUNIO de 2016 No. 76 Tomo CCCIV
EN
ESTA
EDICIÓN ENCONTRARÁ:
ORGANISMO EJECUTIVO
MINISTERIO
DE
FINANZAS PÚBLICAS
Acuérdese
S1s1emo
de
·os
s1gu1entes d1rect'•ces
orno
lo
1r-',p'e''ICntoc1on
del
y
de
Personal
-GUATENOlv',l~AS-
en
todas
las
entidades
dei Sector
no
F1noric1ero
contenidos
en el ¡'/,anual
Je
Ck1s1ficociones
Presup;Jes!onos
puro
el
Sector
Publico
de
GJc1te'DolfJ
Página 1
Acuérclose
reÍorf"T',or
el
rn~;culo
l del
Acuerdo
Guüemotr»o
ni
mero
256-
2014
de
fecho é de agosto
de
20
i 4
Pagina
2
MINISTERIO
DE
AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Acuerdase
l'J
REFORMA
AL
ACUERDO
GUBER~ATIVO
NUMERO
236.2006 CINCO
DE
MAYO
DEL
ANO
DOS
MIL
SEIS,
REGLAMENTO
DE
LAS
DESCARGAS
Y
REUSO
DE
AGUAS
RESIDUALES
Y
DE
LA
DISPOSICION
DE
LODOS
Página 3
MINISTERIO
DE
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Acuerdase
aprobar
en
todo
su
contenido,
el
Acuerdo
Numero
1362,
de
lecho
ve1nt1uno
de
marzo
de
dos
m,I
d,ecisé1s, el
cual
contiene
reformas
al
Acuerdo
Número
1135,
Reglamen1o
del Pion
de
Pensiones
de
los
Trobo¡odores
al Servicio del lnst.tuto
Guatemalteco
de
Social
emitido
por
lo
Jun10 Oired1vo de! Instituto
Guolemol•eco
Segundad
Social.
Página
4
PUBLICACIONES VARIAS
INSTITUTO GUATEMALTECO
DE
SEGURIDAD SOCIAL
ACUERDO
NÚMERO
1362
Página
4
COMISIÓN NACIONAL
DE
ENERGÍA
ELÉCTRICA
RESOLUCION
CNEE.
l 19.2016
LA
COMISION NACIONAL
DE
LA
NIÑEZ Y
DE
LA
ADOLESCENCIA
RESOLUCION
02·2015
MUNICIPALIDAD
DE
MIXCO,
DEPARTAMENTO
DE
GUATEMALA
Pagino 6
Página
7
Acuérdese
autorizar
la
exoneración
de
la
reba¡a
del
setenta
por
ciento
(70%)
de
lm
MULTAS
QUE
TENGAN
LAS
UNIDADES
DEL
TRANSPORTE
COLECTIVO,
en
la
¡unsdicción
del mun1cip10
de
Mixco,
deporiornento
de
Guatemala.
Página
7
REGISTRO NACIONAL
DE
LAS
PERSONAS
-RENAP-
ACUERDO
DE
DIRECTORIO
NÚMERO
2/.2016
ANUNCIOS VARIOS
-Matrimonios
-Disolución
de
Sociedad
-Registro
de
Marcas
-Títulos Supletorios
-Edictos
-Remates
-Constituciones
de
Sociedad
-Modificaciones
de
Sociedad
-
Convocatorias
Página
8
Página 9
Página 9
Página
9
Página 9
Página 12
Página
17
Pagina
24
Página
25
Página
26
(lRGAC-:Cl
OflCL.\L
DE
LA
RFPUBL!Cr\
DE
GLIATH!ALA,
CA.
Director
General:
Héctor
Salvatierra
www.dca.gob.gt
1 ORGANISMO
EJECUTIVO
MINISTERIO
DE
FINANZAS PÚBLICAS
Acuérdose
oprobar
los siguientes directrices paro lo
implementación
del Sistema de
Nómino
y
Registro de Personol
-GUATENÓMINAS-
en
todos los entidades del Sector Público no Financiero
contenidos
en
el
Manual
de Clasificaciones Presupuestarios paro
el
Sector Público de
Guatemala.
ACUERDO MINISTERIAL
NÚMERO
223-2016
"A"
Guatemala,
30
de moyo de
2016
EL
MINISTH.0
DE
FINANZAS
PÚBLICAS,
CONSIDERANDO
Que
de
conforrnidad
con
el
artículo'
194
de
la
Constitución
Política
la
República
de
Guatemala,
y
con
base
en
el
artículo
42
Bis
del
Decreto
nú1n.ero
1O1-97
del
Congreso
de
la
IZcpública
de
Guate1nala,.
Ley
Orgánica
del
Presupuesto,
que
establece
que
todas
las
entidades
del
sector
público,.
incluyendo
las
de
la
Ad1ni11istración
Central,
Descentralizadas,
Autón.01nas
y
En.-i.presas
Públicas,
así
corno
las
dernús
que
detennina
dicho
precepto
legal,
que
ejecuten
fondos
públicos,
tienen
la
obligación.
de
usar
los
Sistemas
Integrados
de
Adrninistración
Financiera
vigentes.
CONSIDERANDO
Que
el
R.cglamento
Orgánico
Interno
del
Ministerio
de
Finanzas
Públicas,
cn1itido
por
rnedio
del
Acuerdo
Gubernativo
n(rrnero
26-2014
de
fecha
29
de
cnc1·0
de
2014,
en
el
artículo
25
numerales
8 y 1
O,
establece
las
-funciones
de
la
Dirección
de
Contabilidad
del
Estac.lo
de
este
Ministerio,
entre
otras
las
de
asesorar,
capacitar,
asistir
técnica1nente
a
las
entidades
del
sector
público
no
financiero~
en
el
cstablecini.icnto
de
las
norn1as,
rr1etodologías
y
administración
de
los
Sisternas
de
Contabilidad
Integrada
Guberna1nental
-Sicoin-;
ln.forn:1ático
de
Gestión
-Siges-~
y
de
Nón1ina
y
Registro
de
Personal
-GUATENÓMINAS-.
POR
TANTO
En
ejercicio
de
las
funciones
que
le
confiere
el
artículo
]
94,
literal
a)
y
f)
de
la
C~onstitución
Política
de
la
República
de
Guatemala,
y
con
funda1ncnto
en
los
artículos
27
literal
m)
del
Decreto
nú1nero
114-97,
Ley
del
Organismo
Ejecutivo;
y 1
literal
e),
42
Bis
y
80
d~l
Decreto
número
101-97~
Ley
Orgánica
del
Presupuesto,
a1nbos
Decretos
del
Congreso
de
la
República
de
Guatemala.
ACUERDA
ARTÍCULO
l.
APROBACIÓN.
Se
aprueban
las
siguientes
directrices
para
la
implementación
del
Sistema
de
Nómina
y
Registro
de
Personal
-GUATENÓMINAS-
en
todas
las
entidades
del
Sector
Público
no
Financiero
contenidas
en
el
Manual
de
Clasificaciones
Presupuestarias
para
el
Sector
Público
de
Guatemala:
a.
b.
I-Icrra1n.ienta
ln.for1nática.
El
Ministerio
de
Finanzas
Púbicas,
habilitará
la
herramienta
inforn1ática
necesaria
para
el
registro
de
nóminas
de
personal
de
las
Entidades
de
la
Ad1ninist1·ación
Central~
Descentralizadas
y
Autónon1as
del
l~stado~
denominada
Sistema
de
Nórnina
y
IZegistro
de
Personal
-GlJA
'"rENÓMINAS-
o
como
en.
el
futuro
se
le
denon~inc,
para
su
ini.plc111cn.taci{)n
gradual
y
progresiva.
Fase
de
Irnplernentaciún.
El
Ministerio
de
Finanzas
Públicas
a
través
Lle
la
Dirección
de
Contabilidad
del
Estado,
brindará
asesoría
en
el
proceso
ele
in1plcmcntación
del
Sistcrna
de
Nón1ina
y
Registro
de
Personal
y
opot·tuna1nente
habilitará
los
usuarios
y
perfiles
de
la
cntidud
que
lo
requiera.
Las
instituciones
bajo
su
responsabilidad,
deberán
rnigr<:u>
del
sistcina
anteríor
h:1cia
el
nuevo
sistc1n3
la
inf<..jrn1aci>
que
en
su
n101nc1l10
fue
autorizada
por
la
rnisn:1a
institución
o
por
la
(_)ficina
Nacional
de
Sc1·vicio
c:ivll
-()NSEC-
y
validar
lcls
datos
ingresados,
hasta
c.011cluir
satisfactoriaincntc
con
la
liquidación
de
la
n(¡!1:i11n
en
el
n11cvn
si::::tcrna.
2 Guatemala, VIERNES 3 de junio 2016 DIARIO de CENTRO AMÉRICA
NÚMERO
76
c.
Fin
de
la
hnplementación.
El
Ministerio
de
I'ínanzas
Públicas
a
través
de
la
Dirección
de
Contabilidad
del
Estado,
informará
a
la
entidad
y a
los
entes
rectores,
Dirección
Técnica
del
Presupuesto
y
Oficina
Nacional
de
Servicio
Civil
-ONSEC-,
que
la
fase
de
implementación
ha
concluido
y
cuando
proceda
deshabilitará
los
perfiles
de
creación
y
aprobación
otorgados
a
los
usuarios
de
las
entidades,
por
corresponder
únicatnente
a
los
entes
rectores.
d.
Aprobación
de
Puestos
y
Acciones
de
Personal.
Las
Entidades
de
la
Ad1ninistración
Central,
Descentralizadas
y
Autónomas
del
Estado,
una
vez
finalizado
el
proceso
de
im_plen1entación,
y
que
no
cuenten
con
leyes
específicas
sobre
la
aprobación
de
puestos
y
acciones
de
personal,
se
rcg1ran
por
las
disposiciones
establecidas
en
el
Decreto
11-73
del
Congreso
de
la
República
de
Guatemala,
Ley
de
Salarios
de
la
Administración
Pública,
otras
disposiciones
legales
aplicables
y
las
que
para
el
efecto
emita
la
Oficína
Nacional
de
Servic10
Civil
-ONSEC-.
ARTÍCULO
2.
ADMINISTRACIÓN
Y
LlQUlDAClÓN.
La
admimstración
de
la
información
y
la
liquidación
de
la
nón1ina
asi
como
la
legitimidad
de
las
operaciones
en
el
sistema,
será
responsabilidad
exclusiva
de
las
entidades
confonnc
a la
legislación
vigente.
ARTÍCULO
3.
CASOS
NO
!'REVISTOS.
Los
casos
no
previstos
en
el
presente
Acuerdo
Ministerial
serán
resueltos
en
forma
individual
o
conJW1ta
por
la
Dirección
de
Contabilidad
del
Estado,
Dirección
Técnica
del
Presupuesto
o
por
la
Oficina
Nac10nal
de Servicio
Civil,
según
corresponda.
ARTÍCULO
4.
VIGENCIA.
El
presente
Acuerdo
entra
en
vigencia
el
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
Diario
de
Centro
América.
COMUNÍQUESE,
/
,~"'"
..
~~/~.
jl
~*
1J
-~·
MINISTERIO
DE
FINANZAS
PÚBLICAS
Acuérdose
reformar
el
artículo
1.
del
Acuerdo
Gubernativo
número
256-2014
de fecho 6 de agosto de 2014.
ACUERDO
GUBERNATIVO
No.
99-2016
Guatemala,
26 de moyo de 2016
EL
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que
mediante
Acuerdo
Gubernativo
número
256-2014
de
fecha
6
de
agosto
de
2014,
publicado
en
el
Diario
de
Centro
América
el
20
de
agosto
de
2014,
el
Estado
de
Guatemala
acordó
unificar
las
fincas
rústicas
de
su
propiedad
inscritas
en
el
Registro
General
de
la
Propiedad
de
la
Zona
Central,
bajo
los
números
7,
9,
550,
120
y
10311,
folios
7,
9,
171,
91 y
173
de
los
libros
135,
124,
131,
140
y
119
de
Jalapa-Jutiapa,
y
2656,
folio
156
del
libro
6E
de
Jalapa,
ubicadas
en
el
Barrio
Llano
Grande,
zona
7,
municipio
y
departamento
de
Jalapa,
que
forman
un
solo
cuerpo
con
un
área
total
de
287,646.1146
metros
cuadrados,
con
destino
al
funcionamiento
del
Instituto
Adolfo
V.
Hall.
CONSIDERANDO
Que
la
Dirección
de
Bienes
del
Estado
a
través
del
expediente
2012-29502
(Ref.
M-0148-2004),
opinó
de
manera
favorable
respecto
a
que
es
procedente
reformar
el
artículo
l.
del
Acuerdo
Gubernativo
número
256-2014
de
fecha
6
de
agosto
de
2014.
con
el
objeto
de
consignar
correctamente
el
área
a
unificar
de
las
fincas
rústlcas
números
7,
9,
550,
120
y
10311.
folios
7,
9,
171,
91
y
173
de
los
libros
135,
124,
131,
140
y
119
de
Jalapa-Jutiapa,
y
2656,
folio
156
del
libro
6E
de
Jalapa,
propiedad
del
Estado.
con
un
área
de
287,645.8590
metros
cuadrados,
por
lo
que
es
conveniente
emitir
la
disposición
legal
correspondiente,
la
cual
es
de
estricto
interés
del
istado
y
como
consecuencia,
la
publicación
deberá
de
efectuarse
sin
costo
alguno.
POR
TANTO
En
ejercicio
de
las
funciones
que
le
confiere
el
artículo
183
literales
e)
y
q)
de
la
Constitución
Política
de
la
República
de
Guatemala;
y
con
fundamento
en
los
artículos
27
literales
i)
y
j),
35
literal
m)
del
Decreto
número
114-97
dei
Congreso
de
la
Repubhca.
Ley
del
Organismo
Ejecutivo_
ACUERDA
ARTÍCULO
l.
Se
reforma
el
articulo
l.
del
Acuerdo
Gubernativo
número
256-2014
de
fecha
6
de
agosto
de
2014,
el
cual
queda
asi:
"ARTÍCULO
l.
Unificar
las
fincas
rústicas
propiedad
del
Estado,
inscritas
en
el
Registro
General
de
la
Propiedad
de
la
Zona
Central
oajo
los
números
7,
9,
550,
120
y
10311,
f.1lios
7,
9.
171,
91
y
'.73
de
los
libros
135, 124,
131.
140
y
119
:odus
de
Jalapa-Jutia1Ja,
y
2656,
folio
156
del
libro
6E
de
Jalapa,
ubic2.das
en
el
lugar
conocido
como
Barrio
Llano
Grande,
zona
7,
municipio
v
departamento
de
Jalapa,
las
cuales
pasarár.
a
formar
finca
nueva
con
un
área
total
de
287,645.8590
metros
cuadrados,
ele
conformidad
con
las
medidas
y
colindancías
siguientes:
Partiendo
de
la
estación
O
al
punto
observado
1
con
rumbo
36º1
l
'00"
sureste
y
distancia
32.47
metros,
colinda
con
carretera
a
Jalapa
y
Jatia.pa;
de
la
estación
1
al
punto
observado
2
con
rumbo
42º51
'48"
sureste
y
distancia
32.95
metros,
colinda
con
carretera
a
Jalapa
y
Jutiapa;
de
la
estación
2
al
punto
observado
3
con
r:imbo
36º47'12"
sureste
y
distancia
57.75
metros
colinda
con
carretera
a
Jalapa
y
Jutiapa;
de
la
estación:;
ai
punto
observado•\
con
rumbo
62°26'23"
suroeste
y
distanc.ia
25.59
metros,
colinda
con
área
verde;
de
la
estación
4
al
punto
observado
5
con
rumbe
24º19'20"
sureste
y
distancia
84.00
metros,
colinda
con
áre<
verde;
de
la
estación
5
al
punto
observado
6
con
rumbo
63º44'37'
noreste
y
distancia
23
.19
metros,
eolinda
con
área
verde;
de
l<
estación
6
al
punto
observado
7
con
rumbo
33º16'14"
sureste:
distancia
175.43
metros,
colinda
con
carretera
a
Jalapa
y
Jutiapa
de
ia
e>tación
7
al
punto
observado
3
con
rumbo
62º49'02
s'Hoest~
y
distancia
425.68
metros,
colinda
con
Lotificaeió
M8rio
Estrada
Oreliana;
de
la
estación
8
al
punto
•)bservado
9
co
rum\:Jo
71º22'02~'
suroeste
y
distancia
53.75
fiJ.·~-lros,
colinda
co
Lotificacíón
Mario
Estrada
Orellana;
d0
la
estación
9
~1
punt
observado
10
con
rumbo
64°28º00"
suroeste
y
distancia
26.8
metros,
colinda
con
Lotificación
Mario
Estrada
Orellana:
de
estación
1 O
al
punto
observado
11
con
rurr.
bo
17°51'00'º
noroes
y
distancia
167
.58
metros,
colinda
cor,
Eerederos
de
Abelarc
Lemus;
de
la
estación
l l
al
punto
observado
12
con
rumc
22º12'00"
noroeste
y
distancia
391.56
metro:;,
colinda
ct
Herederos
de
Abelardo
Lemus;
de
la
estación
12
el
pun
ocservado
13
con
rumbo
30º53'00"
noroeste
y
distancia
254.:
metros,
colinda
con
Herederos
de
Abelardo
Le:mus
y
Gusta·
Antonio
Lemus
Aguilar;
de
la
estación
13
al
pun10
observad.o
con
rumbo
32c32'00"
noroeste
y
distancia
244.90
metros,
colin
con
Gustavo
Antonio
Lemus
Aguilar;
de
la
estación
14
al
pur
observado
15
con
rumbo
68°21'00"
noreste
y
distancia
121.
metros,
colinda
con
carretera
que
conduce
a
aldea
Los
Tablon·
de
la
estación
15
al
punto
observado
16
con
rumbo
30º29'
(
s¡ireste
y
distancia
15.81
metros,
colinda
con
área
verde;
de
estación
16
al
punto
observado
17
con
rumbo
68º54'53"
norest•
clistancia
42.44
metros,
colinda
con
área
verde;
de
la
estación
al
punto
observado
18
con
rumbo
21°42'23"
sureste
y
distan
233.65
metros.
colinda
con
José
Ernesto
Calderón;
de
la
estac
1 8
ai
punto
observado
19
con
rumbo
73
º
02'
41"
no
res
ce y
distan
57.5\J
metros,
colinda
con
José
Ernesto
Calderón:
de
la
estac
19
al
punto
observado
20
con
rumbo
72°51
'34"
noreste
Y
distan
41.80
metros,
colinda
con
finca
543,
folio
164
libro
·
Loti.fic<.cj6n>
Especialistas~
de
la
estación
20
al
punto
observ.
21
con
ct1mbo
20º26'00"
sureste
y
distancia
228.94
meti
colinda
con
Obdulio
Palma;
de
la
estación
21
al
punto
observ
22
con
rumbo
17°11'00"
sureste
y
distancia
142.51
met·
coliuda
con
Asociación
de
Ganaderos;
de
la
estación
22
al
pt
observado
23
con
rumbo
65°08'00"
noreste
y
distancia
n1etros,
colinda
con
Asociación
de
Ganaderos;
de
la
estación
2
pnnto
observado
24
con
rumbo
36º1
l
'00"
sureste
)T
dista
31.80
metros,
colinda
con
finca
;.natriz;
y
para
cerrar
el
FOlíg'
de
la
estación
24
al
punto
observado
O
con
rumbo
62º47
noreste
y
distancia
221.50
metros,
colinda
con
finca
:natriz
conformidad
con
el
plano
autorizado
por
el
Ingeniero
Civil
E
Alcides
Rarnírez
Salazar,
colegie.do
número
5,409.''

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