Resolución No. 2.053/2023 Productores agropecuarios - Se autoriza la cesión a determinados proveedores de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias y se establece mecanismo simplificado a esos efectos.

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Nº 31.277 - octubre 10 de 2023
DiarioOficial |
Librería IMPO
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
1
Resolución Nº 2.051/2023
Se incluye en la nómina de bienes exonerados de IVA de la Resolución Nº
305/1979 a “Zanjadoras de uso agrícola acoplables a tractor”.
(4.677*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESOLUCIÓN Nº 2051/2023
Montevideo, 6 de octubre de 2023
VISTO: El numeral 1º) de la Resolución Nº 305/1979 de 30 de
noviembre de 1979.
RESULTANDO: I) Que el literal D) del numeral 1º y el literal B)
del numeral 3º del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996,
exoneran del Impuesto al Valor Agregado (IVA), las enajenaciones e
importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios, cuando sean
otorgadas por el Poder Ejecutivo.
II) Que el artículo 38 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de
1998, establece que la referida exoneración comprenderá los bienes
que determine la Dirección General Impositiva.
CONSIDERANDO: Que corresponde la inclusión en la nómina
de bienes exonerados contemplados en la Resolución referida en
el VISTO de los bienes denominados “zanjadoras de uso agrícola
acoplables a tractor”.
ATENTO: A lo expuesto.
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
1
1º) Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del IVA que
establece el numeral 1º) de la Resolución de la Dirección
General Impositiva Nº 305/1979 de 30 de noviembre de 1979, a
los siguientes:
“Zanjadoras de uso agrícola acoplables a tractor”
2
2º) Publíqueseen el DiarioOcial. Insértese en lapágina web.
Cumplido, archívese.
La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.
2
Resolución Nº 2.053/2023
Productores agropecuarios - Se autoriza la cesión a determinados
proveedores de certicados de crédito emitidos para la cancelación de
obligaciones tributarias propias y se establece mecanismo simplicado
a esos efectos.
(4.680*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESOLUCIÓN Nº 2053/2023
Montevideo, 9 de octubre de 2023
VISTO: el Decreto Nº 301/023 de 3 de octubre de 2023.
RESULTANDO: que el mencionado decreto establece que la
DirecciónGeneralImpositivapodráautorizarlacesióndecerticados
decrédito emitidospara lacancelación deobligaciones tributarias
propias de los productores agropecuarios, a favor de determinados
sujetospasivos,entantoelcréditosehubierageneradohastael30de
junio de 2023 inclusive.
CONSIDERANDO: conveniente autorizar la cesión de los
referidoscerticados,asícomoestablecerunmecanismosimplicado
a los efectos de materializar la misma dentro del plazo previsto en el
citado decreto.
ATENTO: a lo expuesto;
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
1
1º) Losproductoresagropecuariosquedispongandecerticados
decrédito tipoA enmoneda nacional,originados enla
actividadagropecuaria, porcréditos generadoshasta el30
de junio de 2023 inclusive, podrán cederlos a los siguientes
proveedores de bienes y servicios:
a) Bancos;
b) Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;
c) Empresas Aseguradoras.
 Lareferidacesiónsematerializaráatravésdelasustituciónde
dichoscerticadosporcerticadosdecréditotipoCparauso
exclusivo con los referidos proveedores.
El monto máximo a ceder por productor agropecuario no podrá
superar los $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos
uruguayos).
2
2º) Elplazoparapresentarseatramitarlacesióndeloscerticados
aquereereelnumeralanterior venceráel28de febrerode
2024.
3
3º) Publíqueseen elDiario Ocial.Insértese enla páginaweb.
Cumplido, archívese.
La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.

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