Resolución No. 2.669/2023.- Impuestos administrados por DGI -Se establecen Cuadros de Vencimientos para el período Enero - Diciembre 2024.

178 Último Momento Nº 31.321 - diciembre 13 de 2023 | DiarioOficial
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
1
Resolución N° 2.669/2023
Impuestos administrados por DGI -Se establecen Cuadros de
Vencimientos para el período Enero - Diciembre 2024.
(6.004*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESOLUCIÓN Nº 2669/2023
Montevideo, 12 de diciembre de 2023
VISTO: el artículo 70º del Decreto Nº 597/988 de 21 de setiembre de
1988, las Resoluciones de la Dirección General Impositiva Nº 1478/2007
de 24 de diciembre de 2007, Nº 2058/2008 de 19 de diciembre de 2008
y Nº 9495/2017 de 12 de diciembre de 2017.
RESULTANDO: que el mencionado Decreto autoriza a la Dirección
General Impositiva a jar los plazos de presentación de declaraciones
juradas y pago de los impuestos que administra.
CONSIDERANDO: necesario jar los días de vencimiento de
presentación de declaraciones juradas y pagos de impuestos, así
como los plazos máximos para el cumplimiento de determinadas
obligaciones.
ATENTO: a lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del
Ministerio de Economía y Finanzas,
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
1
1º).- Establécense los siguientes Cuadros de Vencimientos por el
período Enero - Diciembre 2024 según los correspondientes
grupos de sujetos pasivos:
1. ENTES AUTÓNOMOS y SERVICIOS
DESCENTRALIZADOS se regirán por el siguiente
cuadro, sin perjuicio de lo establecido en los ordinales
11, 18 y 20.
E F M A M J J A S O N D
22 22 21 23 22 24 22 22 23 22 22 23
2. CEDE (Incluso aquellos gestionados por la División
Grandes Contribuyentes), sin perjuicio de lo establecido
en los ordinales 18 y 20.
Presentación de Declaración Jurada y plazo para el pago:
Dígitos
E F M A M J J A S O N D
TODOS
22 22 21 23 22 24 22 22 23 22 22 23
Presentación de declaración jurada: por Internet o en medios
magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas
o dependencias de la DGI en aquellos casos en que no existan
programas de ayuda disponibles.
Pago: electrónicamente vía Internet o a través de redes de
cobranza habilitadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el ordinal
27.
3. NO CEDE, sin perjuicio de lo establecido en los ordinales
18 y 20.
Presentación de Declaración Jurada y plazo para el pago:
Dígitos E F M A M J J A S O N D
TODOS 25 26 21 25 27 25 25 26 25 25 25 26
Presentación de declaración jurada: por Internet o en medios
magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas
o dependencias de la DGI en aquellos casos en que no existan
programas de ayuda disponibles.
Pago: electrónicamente vía Internet o a través de redes de
cobranza habilitadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el ordinal
27.
4. IVA Mínimo.
Mes Días de 2024
Diciembre 2023 22 de enero
Enero 2024 20 de febrero
Febrero 2024 20 de marzo
Marzo 2024 23 de abril
Abril 2024 20 de mayo
Mayo 2024 20 de junio
Junio 2024 22 de julio
Julio 2024 20 de agosto
Agosto 2024 20 de setiembre
Setiembre 2024 21 de octubre
Octubre 2024 20 de noviembre
Noviembre 2024 20 de diciembre
Pago: electrónicamente vía Internet o a través de redes de
cobranza habilitadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el ordinal
27.
5. Servicios Personales fuera de la relación de dependencia:
IVA/IRPF pagos a cuenta.
Bimestre Días de 2024
Noviembre - Diciembre 2023 25 de enero
Enero - Febrero 2024 21 de marzo
Marzo - Abril 2024 27 de mayo
Mayo - Junio 2024 25 de julio
Julio - Agosto 2024 25 de setiembre
Setiembre - Octubre 2024 25 de noviembre
Pago: electrónicamente vía Internet o a través de redes de
cobranza habilitadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el ordinal
27.
6. Productores y Corredores de Seguros.
Los pagos a cuenta del IRPF correspondientes a las rentas que
obtengan los corredores y productores de seguros, deberán
efectuarse de acuerdo al siguiente cuadro:
Bimestre IRPF Días de 2024
Noviembre - Diciembre 2023 25 de enero
Enero - Febrero 2024 21 de marzo
Marzo - Abril 2024 27 de mayo

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