Resolución No. 270/022.- Apruébanse los requisitos técnicos para el Registro de Insumos orgánicos especiales: Bioestimulantes de origen orgánico (sustancias húmicas, aminoácidos, extractos de algas y extractos vegetales).

2Documentos Nº 30.899 - marzo 24 de 2022 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 22 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
AGRÍCOLAS
1
Resolución 270/022
Apruébanse los requisitos técnicos para el Registro de Insumos orgánicos
especiales: Bioestimulantes de origen orgánico (sustancias húmicas,
aminoácidos, extractos de algas y extractos vegetales).
(705*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
Montevideo, 21 de Marzo de 2022
VISTO: lo dispuesto por Resolución de la Dirección General
de Servicios Agrícolas (en adelante DGSA) Nº 97/018, por la cual se
instrumenta el registro y control de productos de origen orgánico
para uso agrícola, siendo preciso determinar los requisitos técnicos
para otros insumos orgánicos especiales (Grupo IV) y aprobar los
formularios requeridos para dichos trámites;
RESULTANDO: I) que la precitada resolución en el numeral
5º establece los requisitos técnicos que debe cumplir todo insumo
orgánico para ser evaluado y considerado de interés para su registro
ante la administración;
II) que la misma norma señala en el numeral 1º que dichos insumos
deben pertenecer a ciertos grupos, entre ellos insumos orgánicos
especiales (Nº 5 d);
III) que se han elaborado por parte de la División Control de
Insumos de la DGSA los requisitos técnicos para el Registro de
Insumos Orgánicos Especiales y los procedimientos necesarios
para su implementación mediante los formularios administrativos
correspondientes;
CONSIDERANDO: la necesidad de establecer los requisitos
técnicos indicados y su procedimiento administrativo para la
implementación del Registro;
ATENTO: a los motivos expuestos y a lo previsto en los artículos
173, 175 y 176 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013 en la
redacción dada por Ley Nº 19.355 de 19 de diciembre de 2015 artículo
306, artículo 137 de la Ley Nº 13.640 de 26 de diciembre de 1967 en
la redacción dada por el artículo 375 de la Ley Nº 18.719 de 27 de
diciembre de 2010 y Resolución DGSA Nº 97 de 15 de agosto de 2018;
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE:
1) Apruébanse los requisitos técnicos para el Registro de Insumos
orgánicos especiales: Bioestimulantes de origen orgánico (sustancias
húmicas, aminoácidos, extractos de algas y extractos vegetales) que
se identicará como Anexo IV de la Resolución DGSA Nº 97/018 de
15 de agosto de 2018, y los siguientes Formularios adjuntos: Nº 304
"Solicitud de Registro de Bioestimulantes de origen orgánico" y Nº
305 "Proyecto de Etiqueta de Bioestimulantes de origen orgánico".
2) La solicitud de importación se realizará mediante el Formulario
Nº 289 y la Solicitud de Introducción de Muestra para Registro / Partida
Experimental para Ensayos de Ecacia Agronómica se realizará a
través del Formulario Nº 290.
3) La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación.
4) Publíquese en el Diario Oficial y divúlguese en la Web
Institucional y de la DGSA.
5) Dese cuenta mediante circular a todas las Divisiones de ésta
Unidad Ejecutora y extiéndase copia a la Dirección General de
Secretaría.
6) Comuníquese a las Cámaras (CANAFFI, CAMAGRO, ASIQUR)
y a las empresas formuladoras/importadoras de fertilizantes.
7) Cumplido, archívese.
Ing. Agr. Leonardo Olivera Uriarte, DIRECTOR GENERAL,
PROGRAMA 4, M.G.A.P.- SERVICIOS AGRÍCOLAS.
Los Formularios y el ANEXO aprobados se encuentran disponibles
en: https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/
institucional/normativa
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
2
Resolución 65/022
Desaféctase del Registro Nacional de Canteras de Obras Públicas al
yacimiento de tosca, ubicado en el padrón 614 (p) de la 2ª Sección
Catastral del departamento de Durazno, propiedad de SANTA MARÍA
DEL QUEBRACHO S.R.L.
(706)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 21 de Marzo de 2022
VISTO: estos antecedentes relacionados con el yacimiento de
tosca, ubicado en el Padrón Nº 614 (p) de la 2ª Sección Catastral del
Departamento de Durazno, propiedad de SANTA MARÍA DEL
QUEBRACHO S.R.L.;
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo Nº
137/021, de 20 de agosto de 2021, el indicado yacimiento fue incluido
en el Registro Nacional de Canteras de Obras Públicas, a cargo de la
Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, de acuerdo a lo previsto por el artículo 349 de la Ley Nº
19.924, de 18 de diciembre de 2020, a n de su utilización en la obra
denominada: "Ferrocarril Central", ejecutadas por la empresa GRUPO
VÍA CENTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco de la Licitación
Pública Internacional Nº 35/2017, contrato de Participación Público
Privada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
II) que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, maniesta que no siendo necesaria la
utilización de la cantera de tosca, según lo informa la empresa SACEEM
- Compañía Sudamericana de Empresas Eléctricas, Mecánicas y de
Obras Públicas S.A., presentando los recaudos necesarios, corresponde

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