Resolución No. 40/023.- Declárase la emergencia sanitaria en todo el país, por el hallazgo de Influenza Aviar H5 en la Laguna Garzón, departamentos de Maldonado y Rocha.

28 Documentos Nº 31.124 - febrero 22 de 2023 | DiarioOficial
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
GANADEROS
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Resolución 40/023
Declárase la emergencia sanitaria en todo el país, por el hallazgo de
Inuenza Aviar H5 en la Laguna Garzón, departamentos de Maldonado
y Rocha.
(476*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
Montevideo, 15 de febrero de 2023
DGSG/Nº 040/2023
VISTO: el hallazgo del virus Inuenza aviar de alta patogenicidad
H5 en una especie silvestre en la zona de la Laguna Garzón,
departamentos de Maldonado y Rocha;
RESULTANDO: I) que la Dirección General de Servicios
Ganaderos es la Autoridad Sanitaria Competente para disponer
restricciones sanitarias ante el hallazgo de enfermedades al amparo
de la Ley Nº 3.606 de 13 de abril de 1910;
II) que el artículo 215 de la Ley Nº 18.362 de fecha 6 de octubre
de 2008, faculta a esta Dirección general a disponer aislamientos, así
como requerir directamente el apoyo y colaboración de instituciones
públicas y privadas; realizar investigaciones y acciones de vigilancia
epidemiológica en establecimientos y zonas determinadas, según
las características epidemiológicas de la enfermedad; ingresar a
establecimientos a los nes de inspección sanitaria, extracción de
muestras, identicación de animales, facilitando el propietario o
encargado, todas las tareas inherentes a dichos nes y la adopción de
otras medidas técnico-sanitarias necesarias para sus nes;
III) en ese sentido faculta a la misma a declarar emergencia sanitaria
a nivel de predio, zona o país, en caso de aparición de enfermedades en
los animales a nivel nacional o regional que constituyan un perjuicio
para la salud animal, salud pública o el medio ambiente;
CONSIDERANDO: I) el informe de la División Sanidad Animal;
II) hacer lugar a las medidas preventivas sugeridas en este sentido;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por la
Ley Nº 3.606 de 13 de abril de 1910; artículo 215 de la Ley Nº 18.362
de fecha 6 de octubre de 2008 Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
22 de abril de 2021:
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE:
1) Declarar la emergencia sanitaria en todo el país por el hallazgo
de Inuenza Aviar H5 en la Laguna Garzón, departamentos de
Maldonado y Rocha.
2) Restrínjase todos los movimientos dentro del territorio nacional
de aves de traspatio y aves que no sean controlados a través
del Sistema de Monitoreo Avícola.
3) Dicha restricción no se aplicará a los movimientos de aves que
sean controlados a través del Sistema de Monitoreo Avícola.
4) Dispóngase que las aves de traspatio y las aves que compongan
el sistema productivo Free Range deberán estar alojadas en
instalaciones cerradas techadas en cumplimiento con el Manual
de Contingencia de Inuenza Aviar aprobado por resolución
DGSG N.º 20/2022 de 17 de enero de 2022.
5) Suspéndanse las ferias, remates, exposiciones y eventos
vinculados a la especie aviar.
6) El incumplimiento de las disposiciones de la presente
Resolución conllevará la aplicación de las sanciones dispuestas
por el artículo 144 de la Ley N.º 13.835 de 7 de enero de 1970 en
la redacción dada por el artículo 134 de la Ley N.º 18.996 de 7
de noviembre de 2012 y por el artículo 285 de la Ley N.º 16.736
de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el artículo 87
de la Ley N.º 19.535 de 25 de septiembre de 2017.
7) Comuníquese al Ministerio de Salud Pública y Ministerio de
Ambiente.
8) Dese cuenta a la Dirección General de Secretaria y por su
intermedio a la Dirección de Descentralización y a la Dirección
Nacional de Recursos Acuáticos.
9) Dese cuenta al Señor Ministro.
10) Publíquese en el Diario Ocial y en dos Diarios de circulación
nacional, y en la página web del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca.
Dr. Diego de Freitas Neo, Director General.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS
SANITARIAS DEL ESTADO - OSE
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Resolución 152/023
Apruébase el Protocolo de Actuación Control de Cumplimiento de
Restricciones en el uso del agua.
(479*R)
OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO
E. 250/2023.
Montevideo 15/02/2023.
R/D Nº 152/23
VISTO: la situación actual de décit hídrico que está afectando al
territorio nacional y especialmente al sur del País;
RESULTANDO: 1) que a raíz del mismo, desde el Organismo se ha
exhortado a la población a consumir responsablemente el agua potable;
2) que al no revertirse la situación climática el problema se ha
agudizado en algunas zonas, configurando una situación crítica
en relación a las reservas de agua que se utilizan como fuente de
abastecimiento;
3) que en virtud a ello, el 10/2/23 OSE comunicó a la población
la prohibición del uso de agua potable -a regir a partir del 11/2/23-
para nes no prioritarios como ser: riego, lavado de veredas y patios
exteriores, lavado de vehículos por parte de particulares y llenado
de piscinas, para los departamentos de Montevideo y determinadas
localidades de los departamentos de Canelones (ciudad de Canelones,
Ciudad de la Costa, Juanicó, Los Cerrillos, Las Piedras, La Paz,
Progreso, Aguas Corrientes, Toledo, Joaquín Suárez, Pando, Barros
Blancos, San Ramón, San Bautista, San Jacinto, Santa Rosa, Castellanos,
Sauce, San Antonio, Santa Lucía, Tala, Empalme Olmos, Neptunia,
Pinamar, Salinas, Marindia, El Fortín, Villa Argentina, Estación

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