Resolución No. 41/016.- Dispónese un ajuste en el procedimiento de suministro de la información proporcionada a los consumidores, relativa a la canasta de bienes, en el marco del Decreto 503/006, y déjanse sin efecto las Resoluciones que se indican

IM.P.O.
IM.P.O.
9Documentos
Nº 29.447 - mayo 5 de 2016
DiarioOf‌icial |
12º) Derógase toda disposición anterior que se oponga total o
parcialmente a los Reglamentos Aeronauticos Latinoamericanos (LAR)
que se incorporan al derecho interno mediante la presente resolución.
13º) Comuníquese a la Presidencia de la República y al Ministerio
de Defensa Nacional.
14º) Publíquese en el Diario Ocial y en el sitio en web de la
DINACIA, www.dinacia.gub.uy.
15º) Pase al Director de Secretaría a efectos de la instrumentación
de lo dispuesto en los numerales 13º y 14º.
16º) Remítase copia de la presente Resolución al Director General
de Aviación Civil y al Director General de Infraestructura Aeronáutica,
para su conocimiento y amplia difusión en las áreas de su competencia.
Cumplido archívese en la Asesoria de Normas Tecnico-Aeronauticas.
EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL E
INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA
BRIGADIER GENERAL (AV.)
ANTONIO ALARCÓN.
ADJUNTO I
Apéndice 8 - Señalamiento e Iluminación de objetos
Capítulo 3 - TURBINAS EÓLICAS
LAR 154 Diseño de Aeródromos, Primera edición,
ENMIENDA 3, Noviembre 2012
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase a partir del día 1º de abril de 2016, como Director
General de Información e Inteligencia, al señor Comisario Mayor ®
Williams Humberto GARCIA LAFONT, Cédula de Identidad N.º
2.941.355-3, Credencial Cívica Serie PBA 23058.
2
2º.- Tome nota la Gerencia del Area de Gestión y Desarrollo
Humano y por la Dirección de la Policía Nacional notifíquese al
Ocial Superior designado. Cumplido, siga a la Dirección General de
Información e Inteligencia para conocimiento y ulteriores trámites.
Oportunamente, vuelva y archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO
7
Resolución 41/016
Dispónese un ajuste en el procedimiento de suministro de la información
proporcionada a los consumidores, relativa a la canasta de bienes, en el
marco del Decreto 503/006, y déjanse sin efecto las Resoluciones que
se indican.
(638*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO
DGC Nº 41/2016
Montevideo, 25 de abril de 2016.
VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 503/006 de 4 de diciembre
de 2006.
RESULTANDO: que el mencionado Decreto asigna a la Dirección
General de Comercio la determinación de los establecimientos de
distribución minorista obligados a proporcionar la información referida
a la canasta de bienes, la determinación de los productos y servicios
que integran dicha canasta, del cronograma y las formalidades a las
que deberán ajustarse.
CONSIDERANDO: que dada las variaciones registradas en
los precios de los bienes de consumo ofertados en el mercado y la
dispersión de la normativa que se ha dictado al respecto, se considera
conveniente ajustar el procedimiento de suministro de la información
proporcionada a los consumidores y sistematizar la normativa y
procedimientos.
ATENTO: a lo expresado, a lo dispuesto por la Ley Nº 17.250 de 11
de agosto de 2000, Decreto 503/006 de 4 de diciembre de 2006 y Decreto
del Poder Ejecutivo Nº 106/016 de 14 de abril de 2016.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMERCIO
RESUELVE:
1º - (Establecimientos obligados a proporcionar información) Son
los establecimientos de distribución minorista que integran una cadena
compuesta por cuatro o más locales de venta dentro del territorio de
la República Oriental del Uruguay, o que no integrando una cadena
posean por lo menos tres cajas registradoras en el local, y en ambos
casos, comercialicen no menos del cincuenta (50%) de los bienes que
componen la respectiva canasta de bienes elaborada por la Dirección
General de Comercio.
Se entiende por cadena el conjunto de locales que giran bajo la
Figura 3-1. Señalización e
iluminación de turbinas eólicas Figura 3-1. Contiene luces de
obstáculo
Asimismo en Características bajo la Figura 3-2 Señalización de
turbinas eólicas en el numeral 1 donde dice: “... con lo indicado en la
Tabla 3-1.”; debe decir: “... con todo lo establecido en el Capítulo 2 de
este Apéndice, y lo indicado en la Tabla 3-1”.
De igual forma donde dice: “Tabla 3-2 Tipo de Iluminación”; debe
decir: “Tabla 3-1 Tipo de Iluminación”.
MINISTERIO DEL INTERIOR
6
Resolución 203/016
Desígnase Director General de Información e Inteligencia al Comisario
Mayor (R) Williams Humberto García Lafont.
(645)
MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 25 de Abril de 2016
VISTO: lo dispuesto por el artículo 148 de la Ley Nº 16.736 de 5
de enero de 1996 en la redacción dada por el Artículo 192 de la Ley
Nº 19355 de 19 de diciembre de 2005;
CONSIDERANDO: I) que por la citada norma se crea con carácter
de particular conanza el cargo de Director General de Información
e Inteligencia, el que estaría comprendido en el literal D) del artículo
9 de la Ley N.º 15.809 de 8 de abril de 1986;
II) que procede designar en dicho cargo al señor Comisario Mayor
® Williams Humberto García Lafont;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR