Resolución No. 5.161/023.- Modifícase el art. 6 de la Reglamentación para Reservas de Espacio para Estacionamiento de Vehículos en la vía pública

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Documen tos
Nº 31.226 - julio 28 de 2023
DiarioOf‌icial |
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE CANELONES
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Resolución 5.161/023
Modifícase el art. 6 de la Reglamentación para Reservas de Espacio para
Estacionamiento de Vehículos en la vía pública.
(2.929*R)
Resolución Expediente Fecha
Nº 23/05161 2015-81-1050-00328 14/07/2023
VISTO: que la Resolución Nº 15/03705 de fecha 8 de junio de 2015
inserta en expediente 2015-81-1050-00328 en su punto uno deroga
la Resolución 1058/985 del 29 de mayo de 1985 y su modicativa
(Resolución 2424/000 de fecha 4 de diciembre de 2000,
RESULTANDO: que corresponde mantener el criterio de cálculo
utilizado conforme al artículo nro. 4 de la Resolución 2424/00, de fecha
04/12/2020, con los ajustes de precio correspondientes
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE
TRÁNSITO Y TRANSPORTE
EL INTENDENTE DE CANELONES
RESUELVE:
1. MODIFICAR el Art.6 de la de la Reglamentación para Reservas
de Espacio para Estacionamiento de Vehículos en la vía pública
(Resolución 15/03705 de 08/06/2015), el que quedará redactado de
la siguiente manera: “ ART. 6: Estas reservas de espacio para el
estacionamiento de vehículos en la vía pública están sujetas al pago
de un precio de cálculo anual que se jará en función de los metros
lineales y el horario en que se prevé estacionar. La tarifa de carácter
anual, se diferenciará por el precio hasta 12 horas diarias por metro
lineal de reserva o mayor a 12 horas diarias por metro lineal de reserva,
no pudiendo ésta tener una extensión menor a 6 (seis) metros lineales.
Se mantiene el criterio de cálculo de la tarifa a pagar de acuerdo a
Artículo nro. 4 de Resolución 2424/000 de fecha 4 de diciembre de 2000.
Dicha tarifa se rige por los ajustes correspondientes a las tasas,
tarifas y precios determinados reglamentariamente.”
2.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS y ACUERDOS,
incorpórese al Registro de Resoluciones, y siga a la Dirección General
de Comunicaciones para su publicación. Cumplido, remítase a la
Dirección General de Tránsito y Transporte y a la Dirección General
de Recursos Financieros para su conocimiento y demás efectos.
Oportunamente, archívese.
Resolución aprobada en Acta 23/00425 el 14/07/2023
Firmado electrónicamente por Luis Marcelo Metediera
Firmado electrónicamente por Silvana Nieves
Firmado electrónicamente por Carlos Alejandro Alberro
INTENDENCIA DE MALDONADO
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Resolución 6.254/023
Declárase como Bien de Interés Patrimonial al edicio Ex Casino Míguez
ubicado en la ciudad de Punta del Este, en virtud de la signicación
patrimonial e histórica que reviste para la comunidad.
(2.916*R)
Resolución Expediente Acta Nº
Nº 06254/2023 2022-88-01-15025 01259/2023
VISTO: la gestión promovida en las presentes actuaciones para
que se declare Bien de Interés Patrimonial al edicio conocido como
Ex Casino Míguez;
RESULTANDO: que conforme surge de actuación 1, el referido
edicio está ubicado en la esquina de las calles 20 y 31 de Punta del
Este. El mismo fue construido en 1947 por los Sres. Juan Antonio
Barbieri y Juan Antonio Bermúdez, sobre los planos del arquitecto
Armando Barbieri;
CONSIDERANDO: I- que en documentación proporcionada por
la Sub Dirección General de Cultura en actuación 1, se expresó que la
referida edicación: “Constituye uno de los edicios emblemáticos y
característicos de Punta del Este. Su imponente presencia aparece en
casi todas las vistas del balneario, y singularmente se destaca desde
1947”;
II- que la Dirección General de Urbanismo informó que: “El edicio
del Ex-Casino Miguez se destaca en el paisaje de Punta del Este, en
particular es el símbolo que dene el ingreso a la Península, es un icono
que nos recuerda la mejor arquitectura de ladrillo y piedra del Punta
del Este de los años 40-50, su enclave es privilegiado, el gran espacio
libre en que se ubica la Liga de Fomento habilita la visualización en
perspectiva y como punto focal desde la Rambla Claudio Williman”
(actuación 5);
III- que conforme surge de informe de la Sub Dirección General de
Cultura en actuación 6: “... la Comisión Departamental de Patrimonio
(...) resolvió aconsejar al Intendente que se declare al referido edicio
(padrón 5 en mayor área) como Bien de Interés Patrimonial con grado
de protección patrimonial 2 según artículo 20 del Decreto Nº 3844”,
adjuntándose en tal sentido copia de la referida acta en actuación 10;
IV- que el Municipio de Punta del Este y la Dirección General de
Cultura informaron favorablemente (actuaciones 4, 7 y 14);
V- que se otorgó vista de las presentes actuaciones a la
Administración del inmueble de marras en los términos informados
por la Sub Dirección General de Cultura en actuación 13;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
Decreto Departamental Nº 3844;
EL INTENDENTE DE MALDONADO
RESUELVE:
1- Declárese como Bien de Interés Patrimonial al edicio Ex Casino
Miguez (sito en el inmueble empadronado con el Nº 5 de la ciudad
de Punta del Este), con grado de protección patrimonial 2, conforme
dispone el Artículo Nº 20 del Decreto Departamental Nº 3844, en
virtud de la signicación patrimonial e histórica que revisten para
nuestra comunidad.
2- Comuníquese a las Direcciones Generales de Cultura y
Urbanismo y a la Sub Dirección general de Cultura. Por Dirección
de Administración Documental notifíquese a los propietarios del
bien antes señalado, al Ministerio de Educación y Cultura, a la Junta
Departamental de Maldonado, al Municipio de Punta del Este y a la

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