Resolución No. 700/020.- Promúlgase el Decreto Departamental 3.782, relativo a las correcciones efectuadas al nuevo Plan Local de Ordenamiento Territorial (PLOT) de Bella Unión

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Documen tos
Nº 30.477 - julio 13 de 2020
DiarioOf‌icial |
Remuneraciones. Tomen nota las Gerencias General y de Recursos
Humanos de A.S.S.E. y sus ocinas competentes y el Departamento
de Comunicaciones.
2º) Manténgase el resto de la aludida resolución.
3º) Comuníquese a la Comisión de Apoyo, Personal de la UE 068,
Presupuesto de Sueldo y División Remuneraciones. Tome nota las
Gerencias General y de Recursos Humanos de A.S.S.E. y sus ocinas
competentes y el Departamento de Comunicaciones.
Res.: 2697/2020
Dr. FN
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE ARTIGAS
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Resolución 700/020
Promúlgase el Decreto Departamental 3.782, relativo a las correcciones
efectuadas al nuevo Plan Local de Ordenamiento Territorial (PLOT) de
Bella Unión.
(2.531*R)
Carpeta Nº 4384 Año 2017 Folio N° 351
Asunto: - UNIDAD DE GESTIÓN DEL PLOT - DIRECCIÓN
DE ARQUITECTURA
PROYECTO DE REVISIÓN DEL PLOT DE BELLA UNIÓN.-
Resolución N° 700/020 Artigas , 1ero de julio de 2020.
VISTO: la pertinencia en disponer la Promulgación y Publicación
de las correcciones efectuadas al nuevo Plan Local de Ordenamiento
Territorial (PLOT) de Bella Unión, aprobadas por Decreto Nº 3782 de
la Junta Departamental de Artigas de fecha 18 de junio de 2020;
EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL
DE ARTIGAS
RESUELVE:
1º) Promulgar el Decreto Nº 3782 dictado por la Junta Departamental
de Artigas, con fecha 18 de junio de 2020.
2º) Disponer la publicación en el Diario Oficial del Decreto
Departamental referido precedentemente de acuerdo al texto que
sigue, así como incorporar a la WEP institucional dichas normas con
toda la información de las correcciones efectuadas en sus artículos
Nros. 33 y 37 - Plan Local de la ciudad de Bella Unión y su microrregión
- debiendo además comunicarse a la Junta Departamental de Artigas.
Cumplido siga al Departamento de Arquitectura.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE ARTTGAS
DECRETA:
Art. 1°) Aprobar las correcciones al Plan Local de Ordenamiento
Territorial de Bella Unión, Decreto Nº 3727 de fecha 15/08/2019,
en sus artículos 33 y 37, los que quedarán redactados de la
siguiente manera:
"Artículo 33)- Suelo Categoría Urbana. Zona 5- Ensanche
Es suelo urbano no consolidado . y queda denido por los
siguientes limites:
* Barrio Extensión Sur: al norte calle Casimiro Soto, al oeste
continuación calle Treinta y Tres, al sur calle 25 de Agosto y
al este calle Lavalleja, Ruta 3.
* Barrio Progreso: Quedan comprendidos en esta zona todos
los padrones de las manzanas 358, 274, 225, 273, 272, 310, 276,
277, 278, 279, 282, 281, 275 y 280, excepto los que poseen frente
a calle Lavalleja, Ruta 3 y calle Tapes.
* Barrio Jardines del Norte: todos los padrones de las
manzanas Nº 270, 375, 224, 370, 372, 371, 374, 363, 223, 364,
373, 361, 365, 362, 271, 383, 366, 378, 377, 376, 379, 380, 381,
382, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 222, 220, 218, 221, y él padrón
Rural 7886.
Esta zona se rige por las regulaciones que a continuación se
detallan, obrantes en la cha normativas Nº 5 del Documento
Constitutivo No3.
FOS- 70%.
Supercie mínima: 300 m2.
Frente mínimo: 9m.
Retiro Frontal - 3rn obligatorio. En los terrenos en esquina se
respetará el retiro de 3 m. en uno de los lados del predio, el
más corto.
En los padrones en esquina, con frente a un estructurador
vial, se dejará el retiro obligatorio hacia este.
Retiro Unilateral - NO.
Altura Máxima - 9.0m sobre linea de retiro.
FIS.- 80%.
Usos del suelo autorizados:
Las actividades y usos permitidos en esta zona serán:
predominantemente residencial.
Con comercios de servicios directos e indirectos a la actividad
residencial.
Se promoverá y permitirá la actividad comercial de servicios
a las empresas en los padrones con frente a Ruta 3.
Usos Autorizados con condiciones: Para todos los
programas que no sean residenciales se estudiará su
viabilidad con la presentación del formulario de viabilidad
urbanística.
Usos prohibidos: A parte de las actividades y usos
incompatibles con los permitidos queda prohibido en esta
zona la localización de las siguientes actividades: todas
aquellas que ocasionen molestias a la función residencial por
sus efectos contaminantes, gases, ruidos, líquidos y sólidos
o que ocupen las calles y aceras para su funcionamiento y/o
por transportes en camiones que requieran sus procesos de
producción y comercialización.
Se admitirá la ubicación de vivienda económica municipal
excepto en los padrones con frente a Ruta 3.
Arquitectura: deberá ser acorde con la paisajistica general y
las características del tramo o manzana. Las construcciones
deberán privilegiar el uso de materiales nobles y la buena
calidad de diseño y ejecución.
Están prohibidas las construcciones en chapa cartón,
materiales de descarte.
Se permitirá tanto en el límite frontal del predio en la zona
de retiro frontal, la colocación de rejas, tejidos, setos vivos,
muretes opacos u otros cerramientos que no menoscaben la
estética urbana.
Espacios Públicos:
Aceras: se ejecutará pavimento en un ancho mínimo de
1,50m luego se completará con césped, el pavimento será
rígido antideslizante. El tipo de pavimento a ser utilizado
será indicado por la ocina de arquitectura en el Momento
de presentar el permiso de construcción.
Todas las veredas cumplirán con una pendiente del 2,5% hacia
la cuneta o cordón según corresponda.
Arbolado: será indicado por la ocina de arquitectura en el
momento de presentar el permiso de construcción.
Caracterización urbana por barrios.
Equipamiento: recipientes para residuos, bancos, luminarias
serán indicados por la ocina de arquitectura en el momento
de presentar el permiso de construcción.
Estacionamientos: se deberán proyectar obligatoriamente
estacionamientos dentro de los padrones para los cuales se
solicita el permiso de construcción o en padrones contiguos
para los programas comerciales tipo, mercados, hoteles y
para los edicios destinados a vivienda colectiva y para toda
actividad comercial que mueva grandes ujos de público.
En el caso de edicios públicos o comerciales la cantidad de
estacionamientos a ser ejecutados en el proyecto se analizara
y estipulara una vez presentado el trámite de solicitud de
viabilidad urbanística.

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