Resolución S/n.- Apruébase el documento 'Criterios para la clasificación de proyectos forestales', de febrero de 2022.

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Documen tos
Nº 30.900 - marzo 25 de 2022
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 23 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE AMBIENTE
1
Resolución S/n
Apruébase el documento "Criterios para la clasicación de proyectos
forestales", de febrero de 2022.
(720*R)
MINISTERIO DE AMBIENTE
Expte. 2022/003364
R.M. 255/2022
Montevideo, 18 de Marzo de 2022
VISTO: la conveniencia de definir y actualizar los criterios
generales para la clasicación de proyectos forestales en el régimen
de evaluación de impacto ambiental;
RESULTANDO: I) que el Reglamento de Evaluación de Impacto
Ambiental y Autorizaciones Ambientales, aprobado Decreto Nº
349/005, de 21 de setiembre de 2005, prevé que todo proyecto
comunicado debe ser clasicado en algunas de las categorías previstas
en el artículo 5º del mismo, para la posterior tramitación de la solicitud
de Autorización Ambiental Previa;
II) que con el objetivo de definir los criterios generales para
la clasicación de proyectos forestales, en el año 2017, el Área de
Evaluación de Impacto Ambiental elaboró el documento "Criterios
para la clasicación de proyectos forestales";
III) que tomando en cuenta el desarrollo del sector forestal y la
experiencia en la aplicación de esos criterios, dicha Área sugirió, por
informe de 26 de marzo de 2021, la adecuación de los referidos criterios,
para su correspondiente aprobación formal;
IV) que por Decreto 405/021, de 10 de diciembre de 2021, en la
misma norma que se creó el Registro Ambiental de Plantaciones
Forestales, se establecieron los terrenos forestales con aptitud forestal
y se sujetaron a Autorización Ambiental Especial, nuevas plantaciones
forestales de 100 o más hectáreas, a desarrollarse en suelos ya
forestados, cuyas plantaciones anteriores no hubieran estado sujetas
a autorización ambiental;
CONSIDERANDO: I) que contar con criterios generales de
clasicación de los proyectos forestales, ha servido de guía para
analizar y valorar la significancia de los potenciales impactos
ambientales que podrían ser generados por una plantación, en una
localización especíca, de forma de determinar el alcance de las
exigencias de la tramitación;
II) que ello puede resultar en benecios tanto para la Administración,
como para los titulares de los proyectos y los profesionales
responsables de la comunicación, redundando en mayor agilidad para
los procedimientos y buscando asegurar la protección del ambiente;
ATENTO: a lo previsto por la Ley Nº 16.466, de 19 de enero de 1994,
la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, por los artículos 291 y
siguientes de la Ley Nº 19.889, de 9 de julio de 2020, por el Decreto
349/005, de 21 de setiembre de 2005, y, por el decreto 405/021, de 10
de diciembre de 2021;
EL MINISTRO DE AMBIENTE
RESUELVE:
1
1º.- Apruébase el documento anexo "Criterios para la clasicación
de proyectos forestales", de febrero de 2022.
2
2º.- Publíquese en el Diario Ocial (sección documentos) y cométese
a la Dirección General de Secretaría y a la Dirección Nacional Calidad
y Evaluación Ambiental dar amplia difusión a la presente. Vuelva a la
Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental a sus efectos.-
ADRIÁN PEÑA.
CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN
DE PROYECTOS FORESTALES
1. Introducción
Este documento tiene como objetivo denir los criterios generales
para ser considerados para la Clasicación de proyectos forestales en
el proceso de Autorización Ambiental Previa.
El Decreto Nº 349/005, de 21 de setiembre de 2005 en su artículo
5º, establece que todo proyecto deberá ser clasicado en alguna de las
categorías siguientes:
a) Categoría "A": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución sólo presentaría
impactos ambientales negativos no signicativos, dentro
de lo tolerado y previsto por las normas vigentes.
b) Categoría "B": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución pueda tener
impactos ambientales signicativos moderados, cuyos
efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados
mediante la adopción de medidas bien conocidas y
fácilmente aplicables. En estos casos, deberá realizarse un
estudio de impacto ambiental sectorial.
c) Categoría "C": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución pueda producir
impactos ambientales negativos signicativos, se encuentren
o no previstas medidas de prevención o mitigación. Dichos
proyectos requerirán un estudio de impacto ambiental
completo.
Este documento propone como metodología para abordar la
clasicación de proyectos forestales, el análisis de los potenciales
impactos ambientales sobre el medio ambiente generado por la
interacción de los aspectos ambientales inherentes a la actividad
forestal con el medio ambiente receptor.
Un aspecto ambiental de una actividad es aquel elemento,
característica o propiedad de la misma que en interacción con el
ambiente es capaz de producir un impacto ambiental.
Con esta denición, los aspectos ambientales de la actividad
forestal, que pueden generar un impacto ambiental negativo, reeren
principalmente a:
a. la presencia física de la plantación, debido a que la presencia
de esta en un área determinada podría generar:
* pérdida y fragmentación de ecosistemas naturales por la
sustitución de la ora presente por los árboles plantados y

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