Resolución S/n.- Apruébase el documento 'Criterios para la clasificación de proyectos forestales', de febrero de 2022.
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Documen tos
Nº 30.900 - marzo 25 de 2022
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 23 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE AMBIENTE
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Resolución S/n
Apruébase el documento "Criterios para la clasicación de proyectos
forestales", de febrero de 2022.
(720*R)
MINISTERIO DE AMBIENTE
Expte. 2022/003364
R.M. 255/2022
Montevideo, 18 de Marzo de 2022
VISTO: la conveniencia de definir y actualizar los criterios
generales para la clasicación de proyectos forestales en el régimen
de evaluación de impacto ambiental;
RESULTANDO: I) que el Reglamento de Evaluación de Impacto
Ambiental y Autorizaciones Ambientales, aprobado Decreto Nº
349/005, de 21 de setiembre de 2005, prevé que todo proyecto
comunicado debe ser clasicado en algunas de las categorías previstas
en el artículo 5º del mismo, para la posterior tramitación de la solicitud
de Autorización Ambiental Previa;
II) que con el objetivo de definir los criterios generales para
la clasicación de proyectos forestales, en el año 2017, el Área de
Evaluación de Impacto Ambiental elaboró el documento "Criterios
para la clasicación de proyectos forestales";
III) que tomando en cuenta el desarrollo del sector forestal y la
experiencia en la aplicación de esos criterios, dicha Área sugirió, por
informe de 26 de marzo de 2021, la adecuación de los referidos criterios,
para su correspondiente aprobación formal;
IV) que por Decreto 405/021, de 10 de diciembre de 2021, en la
misma norma que se creó el Registro Ambiental de Plantaciones
Forestales, se establecieron los terrenos forestales con aptitud forestal
y se sujetaron a Autorización Ambiental Especial, nuevas plantaciones
forestales de 100 o más hectáreas, a desarrollarse en suelos ya
forestados, cuyas plantaciones anteriores no hubieran estado sujetas
a autorización ambiental;
CONSIDERANDO: I) que contar con criterios generales de
clasicación de los proyectos forestales, ha servido de guía para
analizar y valorar la significancia de los potenciales impactos
ambientales que podrían ser generados por una plantación, en una
localización especíca, de forma de determinar el alcance de las
exigencias de la tramitación;
II) que ello puede resultar en benecios tanto para la Administración,
como para los titulares de los proyectos y los profesionales
responsables de la comunicación, redundando en mayor agilidad para
los procedimientos y buscando asegurar la protección del ambiente;
ATENTO: a lo previsto por la Ley Nº 16.466, de 19 de enero de 1994,
la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, por los artículos 291 y
siguientes de la Ley Nº 19.889, de 9 de julio de 2020, por el Decreto
349/005, de 21 de setiembre de 2005, y, por el decreto 405/021, de 10
de diciembre de 2021;
EL MINISTRO DE AMBIENTE
RESUELVE:
1
1º.- Apruébase el documento anexo "Criterios para la clasicación
de proyectos forestales", de febrero de 2022.
2
2º.- Publíquese en el Diario Ocial (sección documentos) y cométese
a la Dirección General de Secretaría y a la Dirección Nacional Calidad
y Evaluación Ambiental dar amplia difusión a la presente. Vuelva a la
Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental a sus efectos.-
ADRIÁN PEÑA.
CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN
DE PROYECTOS FORESTALES
1. Introducción
Este documento tiene como objetivo denir los criterios generales
para ser considerados para la Clasicación de proyectos forestales en
el proceso de Autorización Ambiental Previa.
El Decreto Nº 349/005, de 21 de setiembre de 2005 en su artículo
5º, establece que todo proyecto deberá ser clasicado en alguna de las
categorías siguientes:
a) Categoría "A": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución sólo presentaría
impactos ambientales negativos no signicativos, dentro
de lo tolerado y previsto por las normas vigentes.
b) Categoría "B": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución pueda tener
impactos ambientales signicativos moderados, cuyos
efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados
mediante la adopción de medidas bien conocidas y
fácilmente aplicables. En estos casos, deberá realizarse un
estudio de impacto ambiental sectorial.
c) Categoría "C": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución pueda producir
impactos ambientales negativos signicativos, se encuentren
o no previstas medidas de prevención o mitigación. Dichos
proyectos requerirán un estudio de impacto ambiental
completo.
Este documento propone como metodología para abordar la
clasicación de proyectos forestales, el análisis de los potenciales
impactos ambientales sobre el medio ambiente generado por la
interacción de los aspectos ambientales inherentes a la actividad
forestal con el medio ambiente receptor.
Un aspecto ambiental de una actividad es aquel elemento,
característica o propiedad de la misma que en interacción con el
ambiente es capaz de producir un impacto ambiental.
Con esta denición, los aspectos ambientales de la actividad
forestal, que pueden generar un impacto ambiental negativo, reeren
principalmente a:
a. la presencia física de la plantación, debido a que la presencia
de esta en un área determinada podría generar:
* pérdida y fragmentación de ecosistemas naturales por la
sustitución de la ora presente por los árboles plantados y
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