Resolución S/n.- Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan

RESULTANDO: I) la necesidad de realizar aperturas arancelarias en la nomenclatura nacional a las luminarias que contengan mercurio -lámparas y tubos fluorescentes y lámparas de alta descarga a efectos de cumplir con lo establecido en el Convenio de Minamata, ratificado por la Ley Nº 19.267 de 12 de setiembre de 2014, el cual entró en vigencia en Uruguay el 16 de agosto de 2017.

II) que es factible realizar dicha modificación, realizando los ajustes a la nomenclatura arancelaria de uso interno a 10 (diez) dígitos y proceder a la adecuación de la misma.

CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 5043 de 27 de diciembre de 2016.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE:

  1. - Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a 10 (diez) dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución Nº 5043 del Ministerio de Economía y...

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