Sentencia Definitiva Nº 275/2023 de Suprema Corte de Justicia, 13-12-2023

Fecha13 Diciembre 2023
Tipo de procesoPROCESO LABORAL
MateriaDERECHO LABORAL

SENTENCIA DEFINITIVA


TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE PRIMER TURNO


Ministra Redactora: Dra. A.K.M.L..


Ministros Firmantes: Dra. M.G.R.F., D.J.A.P.X., Dra. A.K.M.L..

VISTOS:


Para sentencia definitiva de segunda instancia estos autos caratulados: “DORTA DENIS, HUGO C/ FACTOR SOLIDARIDAD -FACTOR S y otro - Proceso Laboral Ordinario (Ley 18.572)”, IUE 2-28035/2022, venidos a conocimiento de esta Sala en virtud del recurso de apelación deducido por la codemandada Factor Solidaridad -Factor S contra la sentencia definitiva de primera instancia No.56/2023, del 2 de octubre de 2023, dictada por el Sr. Juez Letrado de Trabajo de la Capital de 15º turno, Dr. W.H.B.A..


RESULTANDO:


1.- Que por el referido pronunciamiento, obrante a fojas 382 a 392, a cuya relación de antecedentes cabe remitirse, se desestimó la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por el Ministerio de Desarrollo Social, y se acogió la demanda incoada condenando a la Asociación Civil Factor Solidaridad-Factor S y al Ministerio de Desarrollo Social (como responsable subsidiario) a abonar al actor las sumas reclamadas en la demanda por concepto de salarios impagos, daños y perjuicios por ruptura anticipada del contrato de trabajo, licencia, salario vacacional, aguinaldo, con más 10 % por concepto de daños y perjuicios preceptivos (sobre los rubros que tienen naturaleza salarial) y 10 % por concepto de multa (artículo 29 de la ley 18.572) con los respectivos reajustes legales desde la fecha en que se produjo el egreso del trabajador hasta el efectivo pago y los intereses legales. Sin especial condenación.


2.- A fojas 396 a 402 introdujo la codemandada Factor Solidaridad Factor S recurso de apelación contra el referido fallo, agraviándose por la responsabilidad subsidiaria atribuida al Mides, por la condena al salario impago, por la notoria mala conducta del trabajador, y la condena al pago de mensualidades caídas, daños y perjuicios preceptivos, licencia y salario vacacional y aguinaldo.


3.- Fue conferido traslado del recurso por auto 1502/2023, resultó evacuado por la parte actora y el MIDES.


4.- Por auto 1616/2023, del 6/11/2023, se franqueó la alzada, recibiéndose los autos en este Tribunal el día 13/11/2023.


Seguidamente se fijó fecha de acuerdo y pasaron los autos a estudio de los Sres. Ministros, efectuándose en forma sucesiva, por no contar con los medios técnicos necesarios para cumplir el estudio simultáneo previsto en la Ley No. 18.572.


5.- Acordada sentencia, se procede a su dictado.


CONSIDERANDO:


1.- La Sala, con la voluntad conforme de sus Miembros naturales, confirmará la bien fundada sentencia apelada, por los fundamentos que a continuación se expondrán.


2.- El accionante dedujo demanda laboral persiguiendo el cobro de determinados rubros salariales e indemnizatorios contra su empleadora directa (Asociación Civil Factor Solidaridad), acumulando además una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR