Sentencia Interlocutoria Nº 1602/2022 de Suprema Corte de Justicia, 15-12-2022

Fecha15 Diciembre 2022
Tipo de procesoPROCESO CIVIL ORDINARIO
MateriaDERECHO DE FAMILIA

Tribunal de Apelaciones de Familia de 1er. Turno
Ministra redactora: B.L. de las Carreras
Ministras Firmantes: C.D.A.
M.D.: No
VISTOS:
Para sentencia interlocutoria de segunda instancia estos autos caratulados:
“TESTIMONIO DE
LOS AUTOS CARATULADOS: “AA C/ BB –
DIVORCIO POR CAUSAL”
IUE 501-36/2022”, IUE 501-692/2022, venidos a conocimiento de
este Tribunal en mérito al recurso de apelación interpuesta contra la providencia interlocutoria
Nro.4040/2022 de fecha 25/7/2022, fojas 55/59, dictada por el Sr.
Juez Letrado de Primera
Instancia de Paysandú de 7mo.
Turno. Dra. J.A..
RESULTANDO:
1.- Por la recurrida se dispuso: “M. incambiada la situación, permaneciendo por ahora
y sin perjuicio el Sr.BB en el hogar conyugal, debiéndose concurrir por la vía
correspondiente lo pertinente a la titularidad del bien inmueble referenciado, lo cual no es
objeto de este proceso.”

2.- La actora interpone recurso de apelación a fojas 62 y siguientes. Manifiesta en síntesis que
le agravia la resistida en cuanto no se comparte que exista presunto abuso de las vías
procesales de parte de la recurrente, siendo que la misma, desde el inicio de las actuaciones
ha manifestado que existe conflicto y violencia creciente en su hogar, lo que motiva el proceso
principal y en consecuencia la adopción de medidas provisionales.

Agravia asimismo la valoración de la prueba realizada por la Sede, la que releva conclusiones
que no se comparten porque emergen de una premisa errónea que desconoce que estos
conflictos familiares suelen suceder en un marco sin presencia de terceros, pero cuyos indicios
han quedado evidenciados.
No se pondera en forma correcta la situación de la Sra. AA y de
su hija, como la tutela a la parte con mayor carga o mas vulnerable.
Cita doctrina.
Asimismo, agravia que la sentenciante concluyera que la dicente se retiró voluntariamente de
su hogar para vivir con su hija en una pieza cuando se vio forzada; las omisiones en proveer
medidas de protección no deberían gravitar sobre la actora y su hija.

En consecuencia, conviene a su interés la revocación de la resistida y en su lugar se disponga
la permanencia de la actora en el hogar conyugal, y el retiro del contrario.

3.- El demandado evacua el traslado conferido, fojas 68 y vuelto. Aboga por la confirmatoria de
la recurrida.
Señala que antes de iniciar el divorcio, la actora dedujo denuncias de violencia de
género con todas las garantías, no disponiéndose medidas dado que ya se había retirado del
hogar en forma voluntaria, en consecuencia, se está ante un supuesto en que se produjo un
retiro voluntario de la actora, respecto de la cual surge acreditado que se encuentra en mejores
condiciones económicas que el demandado.

Solicita en consecuencia que se mantenga firme la impugnada en todos sus términos.

4.- Por auto Nro. 5126/2022 de fecha 2/9/2022 se franquea la alzada para ante esta Sala con
efecto suspensivo y con las formalidades de estilo.
El expediente es recibido por este Tribunal
y por auto Nro.
1227/2022 de fecha 12/10/2022 se dispuso el pase a estudio de los Sres.
Ministros por su orden.
Por licencia del Sr. Ministro Dr. M. se integra la Sala con la Sra.
Ministra Suplente Dra.
D.. Alcanzado el acuerdo, se dicta sentencia anticipada (art. 200.1
del CGP).

CONSIDERANDO:
1.- El Tribunal, por el número de votos legalmente exigido, procederá a confirmar la
interlocutoria recurrida, por los fundamentos que se exponen a continuación.

2.- Resulta de las presentes actuaciones que el 3 de febrero de 2022 AA promovió
contra BB juicio de divorcio por la causal riñas y disputas.
Solicita asimismo que en la
audiencia preliminar se disponga el retiro del demandado del hogar
...

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