Separación de poderes y Justicia

Tal como nos enseñaron aquellas inolvidables maestras varelianas, tan enfáticas en sus principios como convencidas de la absoluta nobleza de su misión, desde la escuela aprendimos que el Legislativo formula las leyes, el Ejecutivo las hace cumplir y el Judicial las juzga y aplica al caso concreto, y que, para su buen desempeño, los tres poderes deben mantener la independencia entre sí.

Un principio que conocimos como la separación de poderes. Para nuestro imaginario temprano, el presidente y sus ministros, cámaras electas y jueces probos e independientes, constituían lo esencial del estado uruguayo, y no era concebible ninguna subordinación entre ellos. Para lograrlo se habían afanado nuestros próceres y de ellos derivaba nuestro orgullo como nación. Un sentimiento que incorporado de siempre en nuestra constitución, aún forma parte del ser nacional.

La sacudida vino con la dictadura, el fin de la democracia y la desaparición del Poder Judicial como instancia estatal. Durante su vigencia no era necesario tutelar la separación de poderes. Las tres funciones se fusionaron en una y por más de una década el país abandonó el pluralismo. Una única voluntad creaba normas, las imponía y aplicaba, atendiendo a una exclusiva verdad: la de los cuarteles. Aunque también resultara legítimo omitir tales normas, no aplicarlas, porque la verdad aún cuando exclusiva, admitía matices e interpretaciones que atentaban contra su unicidad, lo que obligaba a desconocer la propia legalidad, apelar a lo contingente, sancionar lo arbitrario. Sin leyes, los jueces continuaron actuando pero ya no administraban justicia: aunque no lo supieran, cumplían órdenes. El totalitarismo era casero, pero efectivo.

Restablecida la democracia lentamente retornamos a lo que siempre fuimos. Con gobiernos colorados, blancos y frenteampistas, la institucionalidad se reimplantó. El archivado principio de la...

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