El sistema de facturación electrónica

LUCÍA SAINT MARTIN1. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTESActualmente, en nuestro país se está implementando un régimen de documentación de operaciones mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) el cual tiene por finalidad sustituir el sistema tradicional basado en papel.En este momento se encuentran trabajando en la implementación del sistema un grupo de empresas seleccionadas para formar parte del plan piloto, estimándose que estarán todas en el sistema a fines del presente año. Por otra parte, el primero en entrar en el plan piloto fue un supermercado, el cual emitió la primera factura electrónica con fecha 20 de agosto de 2012. A su vez, la DGI proyecta incorporar nuevas empresas al sistema a partir del año 2013 comenzando con aquellas empresas incluidas en el grupo de Grandes Contribuyentes.Con la finalidad de dar un marco normativo al régimen de los CFE, fueron emitidos a comienzos de este año el Decreto 36/012 y la Resolución de la DGI 798/012. En el presente comentario se describen las características principales del nuevo sistema de documentación de operaciones a través de las disposiciones contenidas en ambas normas.2. ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA DE CFEEl sistema de CFE es un proceso equivalente a la emisión de comprobantes en papel que consiste en el intercambio de documentos entre el emisor, el receptor y la DGI por medios electrónicos firmados electrónicamente con certificados electrónicos reconocidos vigentes.Un comprobante fiscal electrónico es un documento digital generado y firmado electrónicamente en un formato preestablecido por la DGI que tiene la misma validez legal y tributaria que las facturas y otros documentos soportados en papel.Dentro del sistema de CFE se incluyen las e-facturas que documentarán las operaciones realizadas entre contribuyentes, y los e-tickets que documentarán operaciones con consumidores finales. Ambos tendrán sus correspondientes notas de crédito y de débito. A su vez, el régimen incluye los e-remitos que documentan el movimiento físico de bienes y los e-resguardos que se utilizarán para respaldar las retenciones y percepciones de impuestos realizadas por los sujetos pasivos responsables.Los sujetos comprendidos en el régimen serán aquellos sujetos pasivos de impuestos administrados por la DGI cuya solicitud de incorporación sea aprobada por la administración o que sean notificados acerca de su incorporación preceptiva. La DGI autorizará a cada sujeto pasivo que se postule para documentar sus operaciones en el...

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