Teletrabajo y la privacidad

Los puntos más relevantes y que más inquietud despiertan son los tiempos de trabajo -duración de la jornada-, qué sucede con los descansos, el derecho a una efectiva desconexión, modalidades de control horario y su importancia para la protección efectiva de la salud psicofísica e integridad del trabajador.> > Los dos elementos que tipifican el teletrabajo son: el lugar de trabajo y los instrumentos -tecnologías de la información y de la comunicación- para la realización de las tareas online-offline.> > En lo que refiere al lugar de trabajo, es claro lo mencionado por la norma, la que indica que las tareas deben realizarse a distancia del centro de trabajo, utilizando las nuevas tecnologías de la informática y la comunicación para desarrollar su labor eficazmente.> > Se presentan con la nueva norma diversas dificultades a los empleadores para ejercer el poder de dirección y contralor respecto a los trabajadores que prestan sus servicios fuera de la empresa, e incluso para estos también se presentan ciertos inconvenientes al realizar su tareas, siendo en muchos casos invadida la intimidad de los mismos, situación que no debe desatenderse en la futura reglamentación de la norma.> > Sobre la realización de actividades en la modalidad del teletrabajo, no hay que perder de vista que las mismas puedan ser desarrolladas en forma online y offline. El teletrabajo online es el que establece en forma contemporánea una conexión entre el trabajador y la empresa -las tareas se desarrollan en tiempo real con el de la empresa. En este escenario, el teletrabajador estaría de alguna manera "virtualmente" presente en la empresa, al punto de permitir una...

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