Decreto No. 131/018.- Prorrógase hasta el 1º de enero de 2019 la entrada en vigencia de las disposiciones previstas en los incisos primero y quinto de los arts. 35 y 36 de la Ley 19.210

VISTO: los artículos 35 y 36 de la Ley N. 19.210 de 29 de abril de 2014, modificativas y concordantes, la Ley N. 19.506 de 30 de junio de 2017 y la Ley N. 19.574 de 20 de diciembre de 2017.

RESULTANDO: I) que el artículo 35 de la Ley N. 19.210 de 29 de abril de 2014, modificativas y concordantes, restringe el uso de efectivo para el pago de las operaciones o negocios jurídicos cuyo importe sea igual o superior a 40.000 UI (cuarenta mil unidades indexadas).

II) que el artículo 36 de la citada Ley establece la forma en que deberá realizarse el pago en dinero de las operaciones o negocios jurídicos cuyo importe total sea igual o superior al equivalente a 160.000 UI (ciento sesenta mil unidades indexadas).

III) que la Ley referida tiene como objetivos generales la universalización del acceso al sistema financiero y la modernización del sistema de pagos, contribuyendo asimismo al combate a la evasión fiscal y al fortalecimiento de los mecanismos de control y prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

IV) que la Ley N. 19.574 de 20 de diciembre de 2017, actualizó la normativa referida al lavado de activos, designando a los casinos como sujetos regulados.

V) que la Ley N. 19.506 de 30 de junio de 2017, estableció la entrada en vigencia de los mencionados artículos 35 y 36 de la Ley N. 19.210, a partir del 1 de enero de 2018 y facultó al Poder Ejecutivo a prorrogar por hasta un año dicha entrada en vigencia.

CONSIDERANDO: I) que en el marco de las facultades otorgadas por la Ley N. 19.574 de 20 de diciembre de 2017, y demás normativas vinculadas, el Poder Ejecutivo estableció los requisitos que los casinos deben cumplir para el registro de transacciones, el mantenimiento de los respectivos asientos y el desarrollo de la debida diligencia de los clientes o aportantes de fondos.

II) que en la actividad de los casinos es habitual el uso del dinero en efectivo por parte de los clientes.

III) que, atendiendo a las mejores prácticas, la normativa vigente establece que cuando los casinos reciban de sus clientes sumas en efectivo para jugar, la porción...

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