Decreto No. 265/016.- Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Dirección General Impositiva

2Documentos Nº 29.547 - setiembre 27 de 2016 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 2, 14, 22 y 23 de setiembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
1
Decreto 265/016
Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de
la Dirección General Impositiva.
(1.602*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 29 de Agosto de 2016
VISTO: la propuesta de reformulación de la estructura
organizativa presentada por la Unidad Ejecutora 005 “Dirección
General Impositiva” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”
que también establece modicaciones en las funciones incluidas en el
régimen de Encargaturas.
RESULTANDO: I) que el Decreto Nº 337/011 de 22 de setiembre de
2011 establece la actual estructura organizativa de la Administración
Tributaria incorporando las modicaciones introducidas por el Decreto
Nº 166/005 de 30 de mayo de 2005 reglamentario de la Ley Nº 17.706
de 4 de noviembre de 2003.
II) que el Decreto Nº 94/013 de 18 de marzo de 2013 estableció los
principios rectores y las directrices técnicas para la reformulación de
las estructuras organizativas.
CONSIDERANDO: I) que dentro del marco de mejora permanente
de la Dirección General Impositiva se ha evidenciado la necesidad de
realizar ajustes en su estructura organizativa los que se adecuan a los
principios rectores y directrices técnicas mencionadas previamente.
II) que se cuenta con el dictamen previo y favorable de la
Ocina Nacional del Servicio Civil, de la Ocina de Planeamiento y
Presupuesto y de la Contaduría General de la Nación, en el ámbito
de sus respectivas competencias.
III) que se dio cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 18.508
de 26 junio de 2009.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el proyecto adjunto de reformulación
de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección
General Impositiva” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”
que consta de cuarenta y cuatro fojas y que se considera parte
integrante de este Decreto.
2
ARTÍCULO 2º.- Las referencias que a partir de la vigencia del
presente Decreto se realicen al Anexo Nº 1 del Decreto Nº 166/005 de
30 de noviembre de 2005, deberán considerarse como efectuadas al
Anexo Nº 1 - Niveles de las Encargaturas - de este Decreto.
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ARTÍCULO 3º.- Los funcionarios que accedieron a las Encargaturas
de los Departamentos de Recursos Humanos y de Coordinador de
Control de Gestión mediante concursos de oposición y méritos de
conformidad con la normativa vigente, mantendrán las referidas
Encargaturas en los Departamentos Gestión Humana de la División
Administración y Gestión Humana, y Organización y Coordinación
de Procesos y Procedimientos de la División Planicación, Estudios
y Coordinación.
4
ARTÍCULO 4º.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación
a reasignar los créditos presupuestales en función de la estructura
aprobada.
5
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto regirá a partir del 1º de octubre
de 2016, fecha en la cual quedará derogado el Decreto Nº 337/011 de
22 de setiembre de 2011.
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ARTÍCULO 6º.- Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese
y publíquese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; DANILO ASTORI.
REFORMULACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Inciso 05: MINISTERIO DE ECONOMICA Y FINANZAS
Unidad Ejecutora 005: DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
CAPITULO I: MISIÓN - OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
La Dirección General Impositiva tiene por misión obtener la
recaudación de los recursos del Estado provenientes del sistema
tributario interno mediante la efectiva aplicación de las normas que lo
sustentan, promoviendo el cumplimiento voluntario de los obligados,
en un marco de respeto a sus derechos, actuando con integridad,
eciencia y profesionalismo con el n de brindar un buen servicio a
la sociedad.
En el marco de su misión, los objetivos estratégicos apuntan a
facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias,
combatir el fraude y el incumplimiento scal, fortalecer el compromiso
funcional, institucional y social con la misión asignada y promover
la efectiva aplicación de las normas tributarias a efectos de lograr
el desempeño ecaz, eciente y transparente en la gestión de la
organización.
CAPITULO II: COMETIDOS
II.1 COMETIDOS SUSTANTIVOS
* Dirigir, planear, coordinar, supervisar, controlar, evaluar y
ejecutar en todos sus aspectos, las actividades relacionadas
con el cumplimiento de las normas que establezcan y regulen
los impuestos que son de su competencia.
* Programar y realizar los actos necesarios para que el régimen
tributario se cumpla en forma correcta, oportuna y ecaz e
imponer las sanciones que correspondan. Prevenir, investigar
y reprimir la defraudación scal.
* Liquidar y recaudar los impuestos y demás gravámenes que
estén a su cargo, facilitando a los contribuyentes y responsables
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
* Promover las modificaciones necesarias para el
perfeccionamiento de la legislación, participando en los
proyectos de ley, decretos o acuerdos Internacionales que
contemplen aspectos tributarios.
II.2 COMETIDOS DE APOYO A LOS SUSTANTIVOS
* Dirigir, planear, coordinar, supervisar, controlar, evaluar
y ejecutar las actividades relacionadas con la gestión de las
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tecnologías de la información, participando en la planicación,
denición de políticas y normas de utilización de la información
y en el desarrollo de sistemas, brindando soluciones e iniciativas
de gobierno electrónico a la ciudadanía, los contribuyentes y
usuarios de la entidad.
* Dirigir, planear, coordinar, supervisar, controlar, evaluar y
ejecutar las actividades de la administración de personal y su
capacitación, de los servicios administrativos, de los recursos
nancieros y de los bienes patrimoniales de la entidad. Efectuar
los servicios de imprenta y noticaciones.
II.3 COMETIDOS SUSTANTIVOS CON ACTIVIDAD
PRESTACIONAL FUERA DEL ÁMBITO DE LA
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
* Efectuar la recaudación de tributos y sanciones de competencia
de la entidad, así como las actividades relacionadas con la
misma.
II.4 COMETIDOS NO SUSTANTIVOS CON ACTIVIDAD
PRESTACIONAL FUERA DEL ÁMBITO DE LA
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
* Efectuar los servicios de mantenimiento necesarios para la
entidad.
CAPITULO III: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
III.1 ORGANIZACIÓN
La Dirección General Impositiva es una Unidad Ejecutora
dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas y su estructura
organizativa se reeja en la “Organización para el Cumplimiento de
Cometidos” adjunta en Anexo Nº 2.
Créanse como dependencias administrativas de la Dirección
General Impositiva las Divisiones: Planificación, Estudios y
Coordinación, Atención y Asistencia, Recaudación y Controles
Extensivos, Fiscalización, Administración y Gestión Humana,
Informática, Técnico Fiscal, Interior y Grandes Contribuyentes.
III.2 DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ASIGNADAS A LA
DIRECCIÓN Y A LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS
III.2.1 DIRECCIÓN GENERAL
Está integrada por el Director General y el Subdirector General y
sus funciones son:
* Dirigir, planear, coordinar, supervisar, controlar y evaluar,
en todos sus aspectos, las actividades relacionadas con el
cumplimiento de los cometidos de competencia de la Unidad
Ejecutora.
* Aprobar el plan estratégico global de la entidad y los planes
operativos anuales, evaluar sus resultados y promover los
ajustes necesarios.
* Asesorar al Jerarca sobre el alcance e interpretación de las
normas tributarias vigentes, promoviendo las modicaciones
necesarias para el perfeccionamiento de las mismas.
* Dictar las resoluciones que determinen tributos, impongan
sanciones, intimen la constitución de garantía o decidan la
iniciación de acciones judiciales y delegar los cometidos que
le autorice la ley en las Divisiones Atención y Asistencia,
Recaudación y Controles Extensivos, Fiscalización, Grandes
Contribuyentes, Técnico Fiscal e Interior.
* Delegar a cada División sus atribuciones conforme a los
lineamientos generales establecidos en este Decreto.
* Dar cuenta al Ministerio de Economía y Finanzas de lo actuado
por la Auditoría Interna en relación al control del cumplimiento
del régimen de incompatibilidades y dedicación exclusiva,
así como del resultado de las investigaciones y sumarios
administrativos dispuestos con relación a las infracciones a
dicho régimen y de las investigaciones dispuestas por actos
irregulares o ilícitos cometidos por funcionarios contra la
Administración.
III.2.2 ASESORÍA TRIBUTARIA
* Asesorar y asistir a la Dirección General en la interpretación y
aplicación de la normativa tributaria.
* Preparar y revisar los proyectos de ley, decretos, resoluciones
e instrucciones que se propongan en materia tributaria.
* Producir informes y recomendaciones para la denición de
nuevas normas y obligaciones, así como el ajuste de las vigentes;
relativas tanto a los contribuyentes y responsables como a la
Administración.
* Colaborar con la autoridad competente en lo atinente al estudio
y negociación de los convenios internacionales en materia
tributaria, así como propender por su adecuada implantación
y cumplimiento en coordinación con la División Grandes
Contribuyentes.
* Realizar el análisis comparativo de los diversos sistemas
tributarios vigentes y estudiar su incidencia en nuestro país y
sus procesos de integración.
* Sistematizar y mantener actualizado el archivo de antecedentes
técnicos en materia tributaria nacional e internacional de la
Dirección General.
III.2.3 AUDITORÍA INTERNA
* Controlar y evaluar los procedimientos, controles y otros
aspectos administrativos y su correcta aplicación, realizando
a los efectos las auditorías, revisiones y demás procedimientos
que considere necesarios efectuando las recomendaciones de
mejora que correspondan.
* Proponer a la Dirección General para su aprobación el Plan
Anual de Auditorías. Ejecutar el plan aprobado.
* Controlar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades
y dedicación exclusiva por parte de los funcionarios de la
Dirección General Impositiva.
* Controlar que los funcionarios presenten las declaraciones
previstas en el artículo 19 del Decreto Nº 166/005 de 30 de mayo
de 2005, teniendo a su cargo asimismo su recepción y custodia.
* Investigar previa resolución fundada del Director General, las
presuntas implicancias y violaciones al régimen de exclusividad
e incompatibilidades en las que incurran los funcionarios
y, si correspondiere, una vez cumplido el procedimiento
disciplinario respectivo, con las garantías del debido proceso,
producir dictamen letrado.
* Investigar y detectar la participación de funcionarios, sujetos
pasivos de tributos administrados por la Dirección General
Impositiva o terceros incursos en actos irregulares o ilícitos
derivados de la participación de funcionarios y proponer
acciones a emprender.
* Instruir los sumarios e investigaciones administrativas cuando
el Director General así lo resuelva.
* Velar por la difusión y actualización del Código de Ética,
así como por el fortalecimiento de la conducta ética de los
funcionarios, en coordinación con la División Administración
y Gestión Humana.
* Elaborar y elevar a la Dirección General para su aprobación,
los procedimientos necesarios para dar cumplimiento a los
cometidos otorgados por el presente Decreto.
III.2.4 SECRETARÍA GENERAL
* Asistir a la Dirección General en las funciones que le competen
de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente.
* Brindar el apoyo necesario para la toma de decisiones por
parte de la Dirección General, solicitando los informes y
asesoramientos que se requieran para el desarrollo de la gestión
institucional.
* Propiciar las relaciones interinstitucionales a nivel nacional e
internacional y participar en los acuerdos a celebrar, cuando
corresponda.
* Coordinar las actividades necesarias para la participación de
la administración tributaria en eventos institucionales.
* Coordinar e implementar el Programa de Educación Tributaria
de la DGI con el objetivo de promover la conciencia scal en la
sociedad.
* Realizar el análisis y revisión técnica de los expedientes que se

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