Decreto No. 299/016.- Reglaméntase el art. 14 de la Ley 19.315, que establece los cometidos de la Dirección General de Información e Inteligencia Policial

36 Documentos Nº 29.552 - octubre 4 de 2016 | DiarioOficial
Artículo 53.- El Jefe del Departamento será un Ocial Jefe del
Escalafón Ejecutivo y sus tareas serán:
a) Supervisar al personal a sus órdenes.
b) Administrar recursos humanos, equipos y tecnología que le
sean asignados.
d) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de
Actuación.
e) Toda otra tarea que le asigne el Jefe de División o el Comando
de la Dirección General.
DEPARTAMENTO DE TRADUCCIONES
54
Artículo 54.- El Departamento de Traducciones tendrá como
tarea especíca la traducción de los documentos que correspondiere,
enviados por otras agencias o cursados por el Mando Ministerial.
55
Artículo 55.- El Jefe del Departamento será un Ocial Jefe y sus
tareas serán:
a) Supervisar al personal a sus órdenes.
b) Administrar recursos humanos, equipos y tecnología que le
sean asignados.
e) Producir informes y supervisar las traducciones realizadas por
el personal a su cargo.
d) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de
Actuación.
e) Toda otra tarea que le asigne el Comando de la Dirección.
DEPARTAMENTO DE RESIDENCIA LEGAL
56
Artículo 56.- El Departamento de Residencia Legal tendrá como
cometido especíco lo siguiente:
a) Cumplir funciones de apoyo o auxiliares en materia de su
especialidad.
b) Tramitar la solicitud de antecedentes judiciales de los ciudadanos
extranjeros que soliciten su radicación en nuestro país a requerimiento
de la autoridad competente y de los ciudadanos uruguayos que
tramiten su residencia en el extranjero, solicitados por nuestras
similares en otros países.
c) Tramitar las solicitudes de Visa para ingresar al país que son
derivadas por las autoridades competentes.
57
Artículo 57.- El Jefe del Departamento será un Ocial Jefe sus
tareas serán:
a) Supervisar al personal a sus órdenes.
b) Administrar recursos humanos, equipos y tecnología que le
sean asignados.
c) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de Actuación.
d) Toda otra tarea que le asigne el Jefe de División o el Comando
de la Dirección General.
BASES OPERATIVAS INTERNACIONALES
(BOI)
58
Artículo 58.- Las Bases Operativas de INTERPOL (BOI) tendrán
la categoría de Departamento dependiente de la División INTERPOL
y serán responsables del control de ingreso y egreso de personas al
territorio nacional, por los lugares en que las mismas tengan asiento,
debiendo vericar si las mismas tienen pendientes pedidos restrictivos
de libertad ambulatoria o requerimientos judiciales de carácter
internacional y nacional.
59
Artículo 59.- La Base Operativa Nº 1 tendrá su asiento en el
Aeropuerto Internacional de Carrasco, departamento de Montevideo,
estará a cargo de un Ocial Jefe perteneciente al Sub Escalafón Ejecutivo
y sus tareas serán:
a) Supervisar al personal a sus órdenes.
b) Administrar recursos humanos, equipos y tecnología que le
sean asignados.
c) Producir informes y supervisar la tramitación de la documentación
que ingrese a su Departamento.
d) Asegurar el espacio sico donde se encuentran instaladas las
Ocinas.
e) Asegurar la protección al acceso al sistema de comunicación
I24/7 y su operativa.
g) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de Actuación.
h) Toda otra tarea que le asigne el Jefe de División o el Comando
de la Dirección General.
60
Artículo 60.- La Base Operativa Nº 2 tendrá su asiento en el
Aeropuerto Internacional de Laguna del Sauce departamento de
Maldonado, estará a cargo de un Ocial Jefe perteneciente al Sub
Escalafón Ejecutivo y sus tareas serán:
a) Supervisar al personal a sus órdenes.
b) Administrar recursos humanos, equipos y tecnología que le
sean asignados.
c) Producir informes y supervisar la tramitación de la documentación
que ingrese a su Departamento.
d) Asegurar el espacio sico donde se encuentran instaladas las
Ocinas.
e) Asegurar la proteeción al acceso al sistema de comunicación
I24/7 y su operativa.
f) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de Actuación.
g) Toda otra tarea que le asigne el Jefe de División o el Comando
de la Dirección General.
61
Artículo 61.- La Base Operativa Nº 3 tendrá su asiento en la
Terminal de Ómnibus de Tres Cruces sito en el Departamento de
Montevideo, estará a cargo de un Ocial Subalterno perteneciente al
Sub Escalafón Ejecutivo y sus tareas serán:
a) Supervisar al personal a sus órdenes.
b) Administrar recursos humanos, equipos y tecnología que le
sean asignados.
c) Producir informes y supervisar la tramitación de la documentación
que ingrese a su Departamento.
d) Asegurar el espacio físico donde se encuentran instaladas las
Ocinas.
e) Asegurar la protección al acceso al sistema de comunicación
I24/7 y su operativa.
f) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de Actuación.
g) Toda otra tarea que le asigne el Jefe de División o el Comando
de la Dirección General.
DISPOSICIONES FINALES
62
Artículo 62.- Deróganse todas las normas que se opongan al
presente Reglamento
63
Artículo 63.- Comuníquese, publíquese y archívese.
RAÚL SENDIC, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; EDUARDO BONOMI.
9
Decreto 299/016
Reglaméntase el art. 14 de la Ley 19.315, que establece los cometidos
de la Dirección General de Información e Inteligencia Policial.
(1.663*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 19 de Setiembre de 2016
RESULTANDO: I) que la mencionada disposición legal establece
los cometidos de la Dirección General de Información e Inteligencia
Policial.
II) que constituyen cometidos de la referida unidad policial la
recolección, procesamiento, análisis y diseminación de la información
necesaria para la prevención y eventual represión de los hechos con
apariencia de delito, coadyuvando a su vez en la toma de decisiones
estratégicas en materia de seguridad pública.
CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la referida

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