Sentencia Definitiva nº 519/2013 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 30 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2013
EmisorSupreme Court of Justice (Uruguay)
JuecesDr. Fernando Raul TOVAGLIARE ROMERO,Dr. Jorge Omar CHEDIAK GONZALEZ,Dr. Julio Cesar CHALAR VECCHIO,Dr. Jorge Tomas LARRIEUX RODRIGUEZ,Dr. Ricardo Cesar PEREZ MANRIQUE,Dr. Jorge RUIBAL PINO
MateriaDerecho De Familia
ImportanciaAlta

Montevideo, treinta de octubre del dos mil trece

VISTOS:

Estos autos caratulados: AA Y OTRO C/ BB – RESTITUCION DE MENOR (INTERNACIONAL) – EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD – ART. 24 NRAL. 3 DE LA LEY NRO. 18.895 – IUE: 2-27541/2013.

RESULTANDO:

1.- Por Sentencia No. 130 de 28.VIII.2013 el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Familia de Primer Turno falló: “No hacer lugar a la restitución internacional del menor CC a los Estados Unidos de América, teniendo presente la declaración realizada por el Sr. AA (para el futuro y ante la posibilidad de que la madre viaje a llevar a su hijo a visitar al mismo), dejándose sin efecto el Auto No. 2567/2013 de 16 de julio de 2013 a fs. 547. Efectúense las comunicaciones que correspondan por las vías pertinentes. D. la devolución de la documentación incautada a la Sra. BB. D. asimismo el cese de cierre de fronteras oportunamente dispuesto respecto de la Sra. BB y su menor hijo legítimo CC, oficiándose a la Dirección Nacional de Migración a sus efectos. Por una cuestión de economía procesal y habiéndose solicitado se fije un régimen provisional y excepcional mientras permanezca en territorio nacional el Sr. AA podrá visitar a su menor hijo dos veces a la semana por espacio de dos a tres horas, dependiendo ello de la aceptación del menor. Sin especial condenación en la instancia. Los honorarios fictos de cada una de las partes se fijan en 5 Bases de Prestaciones y Contribuciones, siendo de cargo del actor el pago de los honorarios de la Traductora Pública Sra. M.M.N.A., conforme se estipula en el arancel correspondiente” (fs. 783/803 vta.).

2.- A su vez, por Sentencia DFA-0011-000931/2013 de 1o..X.2013 el Tribunal de Apelaciones de Familia de Segundo Turno falló: “Revocando la sentencia impugnada y en su mérito manteniendo la decisión de restitución de la Resolución 2567/2013 respecto del niño CC, ordenando mantener las medidas cautelares tendientes a la localización e impedimento de salida del país del mismo, con la única excepción de su retorno a los Estados Unidos de América, sin especial condenación en la instancia. N. y oportunamente, devuélvase” (fs. 873/878 vta.).

3.- A fs. 904/936 el representante de la parte demandada interpuso recurso de casación y excepción de inconstitucionalidad del art. 24 nal. 3 de la Ley No. 18.895.

4.- Por Providencia No. 4737 de 25.X.2013 el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Familia de Primer Turno dispuso: “Suspéndese las actuaciones y...

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