Sentencia Interlocutoria nº 1.569/2017 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 4 de Septiembre de 2017
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Supreme Court of Justice (Uruguay) |
Jueces | Dra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dr. Felipe Javier HOUNIE SANCHEZ,Dr. Eduardo Julio TURELL ARAQUISTAIN,Dr. Gustavo Orlando NICASTRO SEOANE |
Materia | Derecho Penal |
Importancia | Alta |
Montevideo, cuatro de setiembre del dos mil diecisiete
VISTOS :
Estos autos caratulados: 1) AA 2) BB; 3) CC; 4) DD; 5) EE – INSOLVENCIA SOCIETARIA FRAUDULENTA – CASACIÓN PENAL – IUE: 91-163/2002.
RESULTANDO:
1.- En autos la Defensa de AA solicitó la sustitución de caución (fs. 6479/6479 vta.).
2.- Por Providencia No. 725 de 24.V.2017 la Corporación confirió vista al Sr. Fiscal de Corte de la solicitud de sustitución de caución obrante a fs. 6479/6479 vta. (fs. 6504), quien dictaminó a fs. 6506.
3.- Por Providencia No. 1216 de 26.VII.2017 la Corte confirió vista a la Defensa de lo observado por el Sr. Fiscal de Corte en su dictamen, la que no fue evacuada (fs. 6510).
CONSIDERANDO:
1.- La Suprema Corte de Justicia compartiendo el dictamen producido por el Sr. Fiscal de Corte no hará lugar a la solicitud de sustitución de caución.
2.- En efecto. La caución ofrecida a tales efectos, no resulta suficiente en los términos establecidos por el art. 146 inc. 1º del C.P.P.; quienes se constituirían en fiadores solidarios, en sustitución de la anterior caución, no detentan el dominio pleno de las propiedades presentadas, ya que FF y GG, son titulares de la nuda propiedad de los bienes inmuebles Padrones II y JJ, correspondiendo el usufructo, de los...
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