Sentencia Interlocutoria nº 336/2011 de Tribunal Apelaciones Civil 1ºtº, 16 de Noviembre de 2011
Ponente | Dra. Selva Anabella KLETT FERNANDEZ |
Fecha de Resolución | 16 de Noviembre de 2011 |
Emisor | Tribunal Apelaciones Civil 1ºtº |
Jueces | Dra. Selva Anabella KLETT FERNANDEZ,Dr. Felipe Javier HOUNIE SANCHEZ,Dra. Elena MARTINEZ ROSSO |
Materia | Derecho Laboral |
Importancia | Baja |
SENTENCIA Nº 336/2011.
TRIBUNAL DE APELACIONES EN LO CIVIL DE SEXTO TURNO
MINISTRA REDACTORA: DRA. SELVA KLETT
MINISTROS FIRMANTES: DRES. S.K., F. HOUNIE, E. MARTÍNEZ
Montevideo, 16 de noviembre de 2011.
VISTOS:
Para sentencia definitiva de segunda instancia, estos autos caratulados “A.B., L. y otros c/ Ministerio del Interior. Cobro de Pesos.”, IUE 2-24636/2010, venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia definitiva Nº 46 del 21 de julio de 2011, dictada por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 5º Turno.
RESULTANDO:
1) Por la referida sentencia definitiva, el Sr. Juez a quo desestimó la demanda incoada, sin especial condenación.
2) Contra dicho fallo, se alzaron los actores por entender, en síntesis, que:
La recurrida guarda silencio sobre la violación, por parte del Ministerio del Interior, del principio de igualdad ante la ley recogido en el art. 8 de la Constitución, al aplicar dualidad de criterios entre funcionarios policías y funcionarios bomberos. El art. 54 de la Carta Magna es la norma que contiene el principio de la justa remuneración, lo que obliga al pago del trabajo extraordinario, que se realiza como resultado de una interpretación laxa del art. 38 de la Ley Nº 13.963.
3) Sustanciado el recurso interpuesto, el traslado fue evacuado por el Ministerio del Interior.
4) Franqueada la alzada, llegaron los autos al Tribunal el 21.9.11, luego del estudio correspondiente, se dispuso emitir la presente decisión anticipada, por configurarse los presupuestos del art. 200.1 num. 2) CGP.
CONSIDERANDO:
I) La Sala, de conformidad con el número de voluntades requerido legalmente (art. 61 inc. 1º LOT), habrá de confirmar la sentencia recurrida, manteniendo su jurisprudencia sobre el tema objeto de la alzada (ver sent. Nº 137/10).
II) El caso de autos
D. el presente proceso que tiene por objeto la reclamación del pago por jornales a la orden, descansos, feriados y horas extras efectuados por funcionarios policiales que prestan sus servicios en la Dirección Nacional de Bomberos, contra el Ministerio del Interior.
III) El mérito de la cuestión
En cuanto a la naturaleza de la relación jurídica que existe entre el funcionario y la Administración, es necesario recordar que se trata de un vínculo estatutario, sometido a precisas normas que determinan sus derechos, deberes, obligaciones y responsabilidades.
En...
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