Sentencia Interlocutoria nº 980/2021 de Suprema Corte De Justicia, 23 de Septiembre de 2021
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2021 |
Emisor | Suprema Corte De Justicia |
Jueces | Dr. Gregorio Fregoli SOSA AGUIRRE,Dra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ,Dr. Luis Domingo TOSI BOERI,Dr. John PEREZ BRIGNANI,Dr. Juan Pablo NOVELLA HEILMANN |
Materia | Derecho Procesal Penal |
Importancia | Alta |
Montevideo, veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno
VISTOS:
Estos autos caratulados: AA – DELITO CONTINUADO DE LAVADO DE ACTIVOS – EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD – ART. 47 DEL C.P.P. – IUE: 567-75/2020.
RESULTANDO:
En autos la Defensa de AA interpuso excepción de inconstitucionalidad e incidente de recusación contra los miembros naturales de la Suprema Corte de Justicia por las razones que desarrolló a fs. 1.061/1.081.
CONSIDERANDO:
1.- La Suprema Corte de Justicia rechazará de plano por manifiestamente infundado (art. 328.5 C.G.P.) el incidente de recusación deducido.
2.- En efecto, la Corporación declaró inadmisible por interlocutoria Nº 1.649/2020 la excepción de inconstitucionalidad que BB interpuso contra el art. 47 C.P.P., en la IUE: 567-30/2020, la cual no fue suscripta por los Sres. Ministros D.. E.M. y J.P.B..
Argumento suficiente para declarar inadmisible la recusación contra ambos Ministros.
3.- En lo que dice relación a la referida interlocutoria, firmada por los Sres. Ministros D.. B.M.S., L.T.B. y T.S.A., corresponde precisar que en ningún momento se menciona el actuar del Dr. AA. Antes bien, se compulsó la foja 190 de dicho expediente.
En definitiva, no puede existir prejuzgamiento desde el momento en que la Corte jamás se pronunció con relación al co-imputado AA, pues siempre lo hizo, en el acierto o en el error, con relación a BB.
Por lo expuesto, la Suprema Corte de Justicia
RESUELVE:
RECHAZAR DE PLANO, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO (ART. 328.5 C.G.P.) EL INCIDENTE DE RECUSACIÓN PROMOVIDO.
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