Sentencia Definitiva nº 35/2022 de Tribunal Apelaciones Penal 1º Tº, 24 de Mayo de 2022

PonenteDr. Sergio TORRES COLLAZO
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2022
EmisorTribunal Apelaciones Penal 1º Tº
JuecesDr. Alberto Domingo REYES OEHNINGER,Dra. Graciela Susana GATTI SANTANA,Dr. Sergio TORRES COLLAZO
MateriaDerecho Penal
ImportanciaMedia

Ministro Redactor:

Dr. S.T.C..-

VISTOS

Para definitiva de segunda instancia en estos autos caratulados: AA. REITERADOS DELITOS DE ATENTADO VIOLENTO AL PUDOR AGRAVADOS” (IUE. 174-681/2016), venidos a conocimiento del Tribunal por apelación ope legis de la Sentencia Nº 1/2021 dictada el 3.11.2021 por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Pando de 2º Turno, D.D.T., con intervención del Ministerio Público (Dra. M.C., F.A..-

RESULTANDO

I) La decisión de primera instancia (fs. 233-243), cuya correcta relación de actuaciones se da por reproducida, condenó al acusado (oriental, soltero, sin antecedentes) como autor de reiterados delitos de atentado violento al pudor agravados, a la pena de cuatro (4) años de penitenciaría.-

Relevó en tal sentido la atenuante análoga de la primariedad; así como las agravantes del abuso de las relaciones domésticas y la específica de ser las víctimas menores de 12 años.-

II) La sentencia abatió la pena solicitada en la demanda-acusación (5 años, fs. 221-224), que la Defensa (Dr. J.D. contestó con pedido de absolución y en subsidio, de abatimiento al mínimo legal (fs. 228-231).-

III) En virtud de lo dispuesto en el inc. 2° del art. 255 CPP, los autos vinieron en apelación de oficio; recibidos, se citó para sentencia, que se acordó en legal forma.-

CONSIDERANDO

I) Dado que la presente segunda instancia tramita por el régimen del Dec. Ley No. 15.032 (art .402 CPP, Ley 19.293) y modificativas), de acuerdo con la norma citada (Resultando I), se impone el reexamen de la causa “. .. en todos sus aspectos, con la única limitación de que con ello no perjudique su situación” (de la Sala, Sent. 300/1975, cfm. B., Reflexiones sobre el proceso penal, AMJU, 1974, reeditado por AMU en Judicatura 51/2011, SCJ, LJU 13122). Esta impugnación es conocida como automática, precisamente porque opera sin el acusado, al valorarse beneficioso que un órgano procesal superior revise la legalidad y el mérito, siempre que se trate de penas con una determinada magnitud (más de tres años).-

II) Al final del plenario se recogió la plataforma fáctica propuesta por la parte acusadora. Ella no fue controvertida y encuentra respaldada en medios de prueba que apreciados individualmente y en su conjunto, conforme la sana crítica (art. 174 CPP), justifican la condena por el hecho que motivó la sujeción.-

En efecto, tal como relata el Sr. Juez (Resultando No. I), cabe tener por probado en plenitud que:

“… El día 17 de Noviembre de 2016, la Sra. BB y sus hijas CC a y DD, se presentaron ante la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y Género de Pando y formularon denuncia contra AAt, ex cuñado de las víctimas, quien habría abusado de ellas desde los 7 a los 10 años de edad (aproximadamente), en el caso de CC y desde los 8 o 9 hasta los 12 años en el caso de DD, dando origen a las presentes actuaciones”.-

El Ministerio Público asumió la instancia, respecto de los hechos, tramitándose las actuaciones en el ámbito presumarial mediante sucesivas audiencia investigativas”.-

La Psicóloga del ITF, L.. R.P., realizó en el ámbito presumarial valoración psicológica pericial de la adolescente DD , de 17 años (fs. 29-32), mediante entrevista informativa con su madre BB, y entrevista clínica forense con la adolescente en única instancia y en forma individual. De las consideraciones clínico forenses surge que: “La adolescente presenta un relato asociado con experiencias de abuso sexual en escalada, con tocamientos de su cuerpo. Dicho relato reúne criterios psicológicos que permiten su validación a decir: cantidad y calidad de detalles, descripción del contexto, descripción de las conductas del presunto agresor, estado emocional, con destacada coherencia interna y externa. Durante el relato se muestra pensativa en ocasiones y angustiada en otras … Cabe destacar que la develación genera asombro en los familiares que oportunamente (9/10 años), no creyeron en los dichos de DD. Teniendo en cuento la reacción del contexto, es posible advertir que se concreta la amenaza -no te va a creer- a través de la cual se suele mantener el secreto de las víctimas de abuso sexual, llevando a sostener en silencio la situación, siendo este otro observable asociado con indicadores habituales en las dinámicas familiares donde se perpetúan los abusos sexuales crónicos ... Es posible advertir consecuencias psíquicas de daño psicológico que devienen en trastornos en la esfera de la sexualidad adolescente, “no me gusta que me toquen ... no me dejo tocar, yo me siento que como que eso no es para mí …”, rechazando el acercamiento erotizado, no solo negando sensación de disfrute en dicha esfera, sino que esbozando profundo malestar ante la posibilidad de contacto corporal cercano. Es posible advertir trastornos en el normal desarrollo del proceso de socialización adecuado, debido a que aún le genera miedo encontrarse con la persona que la agredió: “lo veo y le tengo terror”. Como gestos protectores realiza maniobras evitativas que restringen sus actividades, evita salir sola y evita lugares que podría frecuentar esta persona. Clínicamente es posible observar un estado de vulnerabilidad afectiva, con marcada inseguridad, apareciendo temores inesperables para su edad (“… temor a la noche y al acercamiento interpersonal con un chico”) … Todo lo expuesto promueve de forma multideterminada conductas disruptivas asociadas al abandono de sus estudios y el policonsumo problemático de sustancias”.-

La Psicóloga del ITF L.. A.G. realizó en el ámbito presumarial la valoración psicológica pericial de CC de 20 años (fs. 33-37), mediante entrevista clínica forense individual y lectura del expediente judicial. De las consideraciones clínico forenses de la periciada surge que: “... La joven presenta un relato asociado a experiencias de abuso sexual en escalada, inicialmente con tocamientos de su cuerpo y finalmente con contacto genital. Dicho relato reúne criterios psicológicos que permiten su validación teniendo en cuenta la cantidad y calidad de detalles, destacando coherencia interna y externa, con descripción de las conductas y verbalizaciones del presunto agresor y datos del contexto. Se constatan elementos asociados a la dinámica del abuso sexual infantil crónico tales como las exigencias de silenciamiento, las amenazas y la culpabilización de la víctima. Se destaca la primacía del mecanismo psicológico de la disoaciación, muy frecuentemente encontrado en la dinámica emocional secundaria al abuso sexual infantil, promotor de la anestesia que describe la periciada: “… este mecanismo comienza a debilitarse promoviendo la toma de contacto con los sentimientos de angustia, culpa, vergüenza, asco y miedo asociados a la experiencia que se investiga en autos, y favoreciendo la aparición de recuerdos sensoriales y sueños de contenido postraumático, que se suman a los flashbacks que presenta desde hace largo tiempo … De los episodios denunciados refiere: “... y me pasaba la nariz por la cola, por la parte de atrás (...) Muchos episodios … no me acuerdo la edad ... Un día me dijo tengo un celular y me dijo que lo regalaba si no encontraba al dueño. Me acostó en la cama, me bajó el pantalón y me...

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