Behavioral economics: algunas implicaciones para el estudio del Derecho

AutorDarío Burstin
CargoAbogado, Diploma en Economía para no Economistas, Departamento de Economía de la Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de la República (Uruguay).
Páginas109-121
RUPTURA | Una Revista Interdisciplinaria de Análisis Jurídico 109
BEHAVIORAL ECONOMICS:
ALGUNAS IMPLICACIONES PARA EL ESTUDIO DEL DERECHO
Darío Burstin*
I. Introducción
El Behavioral Economics (BE, expresión que aún no tiene un equivalente totalmente acep-
tado en castellano, pero que puede traducirse como “Economía Conductual”) es una nueva
corriente dentro del análisis económico que se caracteriza por intentar aplicar algunos de-
sarrollos de la sicología cognitiva moderna al estudio de la economía. De momento se trata
de un conjunto más o menos desordenado y fragmentario de tesis, pero aspira a convertirse
en un nuevo paradigma que desplace al neoclásico–neoinstitucionalista vigente.
Sus pioneros no son economistas, sino los sicólogos israelíes Daniel Kahneman y Amos
Tversky, quienes iniciaron su trabajo a fines de la década de 1970. Su obra le valió a
Kahneman el Nobel de Economía en 2002, premio que no pudo compartir con Tversky,
quien falleció seis años antes. Pero quienes popularizaron el BE fueron el economista Richard
Thaler y el abogado Cass Sunstein, a quienes citaré frecuentemente a lo largo del trabajo.
Es importante destacar que esta corriente no significa un quiebre total con la tradición
económica vigente. El BE acepta la caracterización tradicional del Homo Economicus como
un patrón válido de racionalidad, pero a diferencia de la economía neoclásica, hace énfasis
en el hecho de que los individuos reales y concretos no siempre se comportan de manera
racional. Obviamente, los economistas neoclásicos también conocen este hecho, pero asu-
men que las irracionalidades concretas en las que pueden incurrir los individuos son erro-
res que no siguen un patrón determinado, sino que, por el contrario, se producen en forma
aleatoria, por lo que esperan que el producto combinado de un número muy grande de
decisiones individuales sea idéntico al de un conjunto de decisiones racionales. Es decir; el
efecto de cada comportamiento irracional que se dirija en determinada dirección tenderá a
* Abogado, Diploma en Economía para no Economistas, Departamento de Economía de la Facultad
de Ciencias Sociales, Universidad de la República (Uruguay).
Sumario: I. Introducción. II. Descripciones y prescripciones. III. “Ano-
malías”. IV. Un estudio descriptivo: ¿por qué existen los aportes patro-
nales a la seguridad social? V. Una implicación normativa: invirtiendo
clásusulas supletorias. VI. ¿Se puede mejorar el bienestar de las perso-
nas quitándoles opciones? VII. “Paternalismo libertario”.

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