Decreto 187/000.- Introdúcense nuevas modalidades de apuestas en el juego de Quinielas previstas por el Artículo 1º del Decreto 269/993

IM.P.O.
IM.P.O.
Nº 25.554 - Julio 6 de 2000 31-A
CARILLA Nº 17
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
BATLLE, GUILLERMO STIRLING, DIDIER OPERTTI, ALBERTO
BENSION, LUIS BREZZO, JOSE CARLOS CARDOSO, LUCIO
CACERES, SERGIO ABREU, ALVARO ALONSO, HORACIO
FERNANDEZ, GONZALO GONZALEZ, ALFONSO VARELA,
CARLOS CAT.
Recibido por D. O. el 3 de Julio de 2000
---o---
Resolución - 672
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
3
Resolución 672/000
Desígnase Presidente del Programa Nacional de Calidad al
Dr. Elías Bluth.
(1.320)
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Montevideo, 26 de junio de 2000
VISTO: el Decreto Nº 184/000 de fecha 23 de junio de 2000;
RESULTANDO: que por el referido Decreto se estableció que el
Programa Nacional de Calidad se integrará con un miembro designado
por el Presidente de la República que lo presidirá;
CONSIDERANDO: que se entiende conveniente designar en cali-
dad de Presidente del Programa Nacional de Calidad al Dr. Elías Bluth;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase Presidente del Programa Nacional de Calidad al Dr.
Elías Bluth.
2
2º.- Notifíquese, comuníquese, etc.
BATLLE.
Recibido por D. O. el 3 de Julio de 2000
---o---
Resolución - 704
4
Resolución 704/000
Desígnase Ministro interino de Educación y Cultura.
(1.352)
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Montevideo, 28 de junio de 2000
VISTO: que el señor Ministro de Educación y Cultura Dr. Antonio
Mercader, habrá de trasladarse al exterior en Misión Oficial.
RESULTANDO: que el señor Ministro estará ausente del país a
partir del día 1º de julio de 2000.
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un
sustituto temporal por el período que dure su Misión.
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de la
República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase Ministro interino de Educación y Cultura, a partir del
día 1º de julio de 2000 y mientras dure la ausencia del titular de la
Cartera, al señor Subsecretario Maestro José Cardoso.
2
2º.- Comuníquese, etc.
BATLLE.
Recibido por D. O. el 3 de Julio de 2000
---o---
Decreto - 186
MINISTERIO DEL INTERIOR
5
Decreto 186/000
Inclúyese en el literal A) del Artículo 3º del Decreto 652/970 y
Artículo 2º del Decreto 189/999, a los Fiscales que se determi-
nan con competencia en materia penal.
(1.313*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 28 de junio de 2000
VISTO: lo dispuesto en los artículos 3º literal A, 18, 22, 23 y 24 del
Decreto 652/970 de 22 de diciembre de 1970 y 2º del Decreto 189/999 de
29 de junio de 1999;
RESULTANDO: que dichas normas prevén excepciones para deter-
minados funcionarios públicos en relación a la obtención de "Título de
Habilitación para la adquisición y tenencia de armas", "Título de Habi-
litación para la adquisición de chalecos antibalas" y "Porte de Armas";
CONSIDERANDO: que por la naturaleza de sus funciones se con-
sidera conveniente incorporar a las nóminas respectivas al Fiscal de
Corte y Procurador General de la Nación y a los Fiscales Letrados
Nacionales, Fiscales Letrados Departamentales y Fiscales Letrados
Adjuntos, con competencia en materia penal;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo que disponen los
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
1
Artículo 1º.- Inclúyese en el literal A) del artículo 3º del Decreto 652/970
de 22 de diciembre de 1970 y artículo 2º del Decreto 189/999 de 29 de
junio de 1999, al Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación y a
los Fiscales Letrados Nacionales, Fiscales Letrados Departamentales y
Fiscales Letrados Adjuntos, con competencia en materia penal.
2
Artículo 2º.- Será aplicable a los mismos la previsión contenida en
el inciso primero del artículo 28 del Decreto 562/970 citado.
3
Artículo 3º.- El Ministerio Público y Fiscal dará cumplimiento, a su
respecto, a lo dispuesto en los artículos 22, 23 y 24 del mencionado
Decreto.
4
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, etc.
BATLLE, GUILLERMO STIRLING, LUIS BREZZO, ANTONIO
MERCADER.
Recibido por D. O. el 3 de Julio de 2000
---o---
Decreto - 187
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
6
Decreto 187/000
Introdúcense nuevas modalidades de apuestas en el juego de
Quinielas previstas por el Artículo 1º del Decreto 269/993.
(1.314*R)
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 28 de junio de 2000
VISTO: lo establecido por la Ley Nº 15.716, de 6 de febrero de 1985
y artículo 1º inciso c) del Decreto Nº 269/993, de 14 de junio de 1993.-
RESULTANDO: que las referidas normas regulan el desarrollo del
juego de Quinielas, cuyo monopolio y fiscalización han sido confiado a
la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas.-

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