Decreto No. 139/023.- Prorróganse los beneficios dispuestos en la Ley 19.993, de fecha 15 de octubre de 2021, relativa a medidas fiscales aplicables a micro y pequeñas empresas localizadas en zonas fronterizas

Montevideo, 11 de Mayo de 2023

VISTO: la Ley N° 20.104, de 22 de diciembre de 2022;

RESULTANDO: I) que el artículo 2° de la norma referida extendió los beneficios dispuestos en la Ley N° 19.993, de 15 de octubre de 2021, por un plazo de 6 (seis) meses contados a partir del 1° de noviembre de 2022, facultando al Poder Ejecutivo a prorrogar por única vez el citado plazo;

II) que el artículo 3° de la norma señalada faculta al Poder Ejecutivo a extender los beneficios dispuestos en la Ley N° 19.993, a las empresas que cumplan con los requisitos del artículo 1° de la referida ley, cuyo domicilio fiscal se encuentre en un radio máximo de 60 (sesenta) kilómetros de un paso de frontera terrestre;

CONSIDERANDO: que se entiende conveniente hacer uso de la referida facultad;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

actuando en Consejo de Ministros

DECRETA:

Artículo 1

Extiéndense los beneficios dispuestos en la Ley N° 19.993, de 15 de octubre de 2021, por un plazo de 6 (seis) meses contados a partir del 1° de mayo de 2023, a las empresas que cumplan las condiciones dispuestas en los literales a), b) y c) del artículo 1° de la referida Ley.

Adicionalmente, quedarán comprendidos en los beneficios referidos en el inciso anterior y por idéntico plazo, aquellas empresas cuyo domicilio fiscal del local principal se encuentre en un radio máximo de 60 (sesenta) kilómetros de un paso de...

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