Decreto No. 333/022.-Dispónese la emisión de títulos de deuda de la República Oriental del Uruguay en el mercado internacional, regidos por ley extranjera e indexados a indicadores de cambio climático, por el monto y el plazo que se determinan.

Decreto 333/022

Dispónese la emisión de títulos de deuda de la República Oriental del Uruguay en el mercado internacional, regidos por ley extranjera e indexados a indicadores de cambio climático, por el monto y el plazo que se determinan.

(4.253*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 19 de Octubre de 2022

VISTO: el informe técnico de la Unidad de Gestión de Deuda Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, respecto al acceso de la República Oriental del Uruguay al mercado internacional de capitales;

RESULTANDO: I) que en el mismo se da cuenta de la conveniencia de emitir títulos de deuda de la República Oriental del Uruguay en el mercado internacional y regidos por ley extranjera, denominados en Dólares de los Estados Unidos de América y bajo el Marco de Referencia para Bonos Indexados a Indicadores de Cambio Climático (BIICC), así como la posibilidad de realizar una eventual operación de recompra por parte de la República, de títulos de deuda soberanos regidos por ley extranjera;

II) que el Gobierno en su conjunto se encuentra comprometido con las acciones de política para enfrentar el cambio climático y la conservación del capital natural del país; y por ende, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Unidad de Gestión de Deuda Pública, ha establecido la prioridad de alinear su estrategia de financiamiento con la consecución de los objetivos de reducción de la intensidad de emisiones de gases de efecto invernadero y la conservación de área de bosque nativo, a los que el país ya se ha comprometido internacionalmente;

III) que los compromisos antes referidos, quedaron plasmados en el artículo 533 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 (Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones - Ejercicio 2020-2024), donde se establece que el Poder Ejecutivo procurará generar las herramientas y adoptar los criterios necesarios para que la política de ingresos y gastos contemple los objetivos nacionales de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero y de adaptación al cambio climático; así como procurando la inclusión de los referidos objetivos en el análisis y la concepción de la política económica y en la planificación de las finanzas públicas y gestión financiera;

IV) que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Unidad de Gestión de Deuda...

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