Decreto No. 369/021.- Reglaméntase el art. 78 de la Ley 19.695, relativo a modificaciones al Sistema de Previsión Social Militar.

Montevideo, 4 de Noviembre de 2021

VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 19.695, de 29 de octubre de 2018, por la cual se introducen modificaciones al Sistema de Previsión Social Militar;

RESULTANDO: que el artículo 78 de la citada norma legal, prevé que la gestión del Sistema estará a cargo del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, a cuyos efectos contará con la participación de dos miembros designados por el Poder Ejecutivo, uno en representación del Ministerio de Economía y Finanzas y otro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;

CONSIDERANDO: que es necesario reglamentar el artículo 78 mencionado, para proceder a la designación y establecer las funciones de los representantes de los Ministerios de Economía y Finanzas y de Trabajo y Seguridad Social;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Asesoría Letrada del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y por el Departamento Jurídico-Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República y por el artículo 78 de la Ley N° 19.695, de 29 de octubre de 2018;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

actuando en Consejo de Ministros

DECRETA:

Artículo 1

Facúltase a los Ministerios de Economía y Finanzas y de Trabajo y Seguridad Social a que por Resolución Ministerial, designen un representante para participar en la gestión del Sistema de Previsión Social Militar previsto en el artículo 78 de la Ley N° 19.695, de 29 de octubre de 2018.

Artículo 2

El representante del Ministerio de Economía y Finanzas deberá ser Profesional Universitario, Contador Público o Economista y además de actuar como nexo entre el Ministerio y el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas; le compete recopilar información financiera, promover y apoyar el mantenimiento de series estadísticas, proyecciones y seguimiento de las mismas, para la evaluación del Sistema de Seguridad Social amparado por el Servicio y contribuir a una oportuna toma de decisiones. Podrá formular propuestas de trabajo y participar en su elaboración junto con el personal técnico del Servicio, para la toma de decisiones por parte de las autoridades del Ministerio de Defensa Nacional (Servicio de Retiros...

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