Decreto No. 372/020.- Incorpórase al art. 3º del Decreto 2/018 de 8 de enero de 2018, el inciso que se determina.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto 372/020

Incorpórase al art. 3º del Decreto 2/018 de 8 de enero de 2018, el inciso que se determina.

(12*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 29 de Diciembre de 2020

VISTO: el Decreto Nº 2/018, de 8 de enero de 2018;

RESULTANDO: I) que la citada norma dispone la forma en la cual se determina el crédito fiscal correspondiente a los bienes comprendidos en los numerales 5), 6) y 7) del artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996, cuando las bebidas se comercializan utilizando envases retornables de origen nacional;

II) que durante el período comprendido entre el 1º de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020, a los efectos de la determinación del crédito fiscal, se ha considerado al parque total de envases retornables como de origen nacional;

CONSIDERANDO: que es necesario adecuar la forma de determinación del referido crédito fiscal en función de la utilización efectiva de envases de origen nacional;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos 268 y 269 de la Ley Nº 19.535, de 25 de setiembre de 2017;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º Incorpórase al artículo 3º del Decreto Nº 2/018, de 8 de enero de 2018, el siguiente inciso:

Para las enajenaciones realizadas durante el período...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR