Decreto No. 379/021.- Modifícase el literal b) del art. 1º del Reglamento sobre condiciones y programa de ingreso a la Escuela Militar (R-83), que fue aprobado por Decreto 343/019
Montevideo 18 de Noviembre de 2021
VISTO: la gestión promovida por el Comando General del Ejército para modificar el literal b) del artículo 1° del Reglamento sobre condiciones y programa de ingreso a la Escuela Militar (R-83), aprobado por el Decreto N° 343/019, de 15 de noviembre de 2019;
RESULTANDO: que el Plan de Estudios de la Escuela Militar, aprobado por el Decreto N° 316/019, de 28 de octubre de 2019, prevé la culminación de la Enseñanza Media Superior en el primer año de la formación del Oficial del Ejército Nacional;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 2° de la Ley N° 19.188, (Ley de Educación Policial y Militar), de 7 de enero de 2014, establece que en los aspectos curriculares generales se regirán por los mismos criterios que los niveles educativos correspondientes;
II) que el nivel terciario de educación, en el cual se posiciona la Formación del Oficial que se imparte en la Escuela Militar, acorde a los artículos 29 y 30 de La Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008 y el artículo 1° del Decreto N° 221/018, de 16 de julio de 2018, definen que a la Educación Terciaria, se debería ingresar con el Ciclo de Educación Media Superior terminado;
III) que el Plan de Carreras del Oficial, previsto en el Decreto N° 316/019, antes referido, donde se aprobó el Plan de Carreras del Oficial del Ejército Nacional, se previó el ingreso a la Formación sin Educación Media Superior completa, hecho que se viene ejecutando desde el año 2013;
IV) que el artículo 1° del Decreto N° 343/019, antes mencionado, el cual estableció las condiciones de ingreso a la Escuela Militar, determinó que se podía ingresar al Instituto, sin haber culminado el Ciclo de Enseñanza Media Superior; aunque este requisito había sido modificado desde el año 2013;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 19.188, (Ley de Educación Policial y Militar), de 7 de enero de 2014, por los artículos 29 y 30 de la Ley N° 18.437, (Ley General de Educación), de 12 de diciembre de 2008 y el artículo 1° del Decreto N° 221/018, de 16 de julio de 2018 y a lo informado por el Asesor Jurídico del Sistema de Enseñanza del Ejército y por el Departamento Jurídico-Notarial del Ministerio de Defensa Nacional;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébase la modificación del literal b) del artículo 1° del Reglamento sobre condiciones y programa de ingreso a la Escuela Militar (R-83), aprobado por el Decreto N° 343/019...
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