Decreto No. 389/020.- Prorrógase hasta el 1º de enero de 2022 el plazo previsto en el art. 88 del Decreto 160/019, de 5 de junio de 2019
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto 389/020
Prorrógase hasta el 1º de enero de 2022 el plazo previsto en el art. 88 del Decreto 160/019, de 5 de junio de 2019.
(188*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE AMBIENTE
Montevideo, 31 de Diciembre de 2020
VISTO: lo dispuesto por los artículos 187 y 188 de la Ley Nº 19.307, de 29 de diciembre de 2014, y por el artículo 88 del Decreto Nº 160/019, de 5 de junio de 2019;
RESULTANDO: I) que el artículo 187 de la Ley Nº 19.307 dispone que todos los titulares de servicios de comunicación audiovisual para abonados satelitales o que utilicen medios físicos para su distribución, deberán abonar anualmente el costo de renovación de su licencia, así como la forma de cálculo y el destino de lo recaudado por tal concepto al “Fondo de Promoción del Sector de Comunicación Audiovisual” establecido por el artículo 62 de la mencionada Ley;
II) que el artículo 188 de la Ley Nº 19.307 establece el precio por derecho de uso de espectro radioeléctrico disponiendo que, de conformidad con lo establecido por el literal E) del artículo 94 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, todos los titulares de servicios de comunicación audiovisual comercial que utilicen espectro radioeléctrico, excluyendo los satélites, abonarán mensualmente, por concepto de precio por derecho a la utilización y aprovechamiento de frecuencias radioeléctricas, los montos que allí se detallan;
III) que el artículo 88 del Decreto Nº 160/019, cometió a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) la realización a partir del 1º de enero de 2020, de las operaciones de facturación, cobro, gestión judicial y extrajudicial de deuda de los costos de licencia, renovación de licencia y precios por derecho de uso de espectro radioeléctrico que deben pagar los servicios de comunicación audiovisual en aplicación de los artículos 187 y...
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