Decreto No. 48/017.- Establécese un régimen de retención de impuestos que comprenda las obligaciones tributarias de los prestadores de servicios de transporte terrestre de pasajeros que se determinan

VISTO: la facultad con la que cuenta el Poder Ejecutivo de designar responsables por obligaciones tributarias de terceros.

RESULTANDO: que se han constatado irregularidades en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los prestadores de los servicios de transporte terrestre de pasajeros, que generan condiciones de competencia desleal entre los contribuyentes.

CONSIDERANDO: I) que es necesario adoptar medidas que aseguren la formalización de la actividad de transporte terrestre de pasajeros referida.

II) que asimismo resulta conveniente establecer un régimen de retención de impuestos que comprenda las obligaciones tributarias de los referidos prestadores de servicios de transporte, que no sólo propenda a asegurar el cobro de los tributos, sino que también genere un marco de simplicidad y de certeza a todos los actores involucrados.

III) que es necesario dotar a la Dirección General Impositiva de herramientas que le posibiliten el acceso a la información necesaria para la administración eficiente del régimen propuesto.

ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 17 bis del Título 1 del Texto Ordenado 1996, por el inciso final del artículo 71 de la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006, por el artículo 1 de la Ley Nº 18.568 de 13 de setiembre de 2009, y por el literal E) del artículo 68 del Código Tributario,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1 Responsables por obligaciones tributarias de terceros

Designanse responsables por el pago de obligaciones tributarias de terceros a las entidades, sean residentes o no, que intervengan, directa o indirectamente, en la oferta o...

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