Decreto No. 75/020.- Modifícase el art. 3º del Decreto 8/020 de 13 de enero de 2020

5

Decreto 75/020

Modifícase el art. 3º del Decreto 8/020 de 13 de enero de 2020. (804 R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Montevideo, 28 de Febrero de 2020

VISTO: el Decreto Nº 8/020, de 13 de enero de 2020.

RESULTANDO: que la referida norma estableció los principios que deben regir los contratos de interconexión entre los adquirentes y los Administradores de red de puntos de extracción en el marco de ¡a interoperabilidad de dichos puntos, así como los mecanismos de resolución de controversias.

CONSIDERANDO: que es conveniente precisar las definiciones aplicables a algunos de los términos que se refieren en la mencionada norma y los procedimientos para que las partes comuniquen el cumplimiento de lo dispuesto.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4) del artículo 168 de la Constitución de la República,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º Agréganse al artículo 3º del Decreto Nº 8/020, de 13 de enero de 2020, los siguientes incisos:

Acuerdos o Convenios de interconexión: es el acuerdo celebrado entre un Administrador de red de puntos de extracción y una Institución pagadora, en el cual se establecen los cargos y las restantes condiciones que habilitan la extracción de fondos en efectivo de cuentas bancarias o de instrumentos de dinero electrónico. En particular, los mencionados acuerdos deberán incluir como mínimo, los cargos y sus mecanismos de ajuste, las condiciones de pago, acceso y uso de los puntos de extracción, las responsabilidades de las partes y las condiciones para la suspensión y la terminación de la interconexión.

Interconexión: es la conexión física, funcional y/o jurídica entre una Institución pagadora y un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR