Decreto No. 78/020.- Modifícase el Decreto 229/013 de fecha 7 de agosto de 2013.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

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Decreto 78/020

Modifícase el Decreto 229/013 de fecha 7 de agosto de 2013.

(807 R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 28 de Febrero de 2020

VISTO: el Decreto Nº 229/013 de 7 de agosto de 2013 que aprobó el reglamento de cobro de las tarifas de peaje en rutas nacionales.

RESULTANDO: El mencionado reglamento estableció pautas que permitieron facilitar la recaudación de las tarifas de peaje adaptándola a las nuevas tecnologías, a fin de operar el cobro con mayor eficacia y eficiencia, y se uniformizaron los procedimientos de gestión de la recaudación, las exoneraciones y bonificaciones, simplificando además para el usuario las modalidades de pago de la tarifa de peaje.

CONSIDERANDO: Necesario adecuar la reglamentación vigente a los efectos de definir el alcance de esa norma, regulando además aspectos no contemplados por la misma.

ATENTO: a lo previsto en los Artículos 168 numeral 4) de la Constitución de la República, numeral 11) del Decreto Nº 574/974 de 12 de junio de 1974, a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas legales y reglamentarias citadas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:

Artículo 1

Sustitúyese el artículo 51 del reglamento de cobro de tarifas de peaje en rutas nacionales, aprobado por el Decreto Nº 229/013 de 7 de agosto de 2013, que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 51.- Cuando las recargas se realicen fuera de los Puestos de Recaudación (por ejemplo, redes de cobranza), el monto mínimo será el equivalente a diez (10) Tarifas Básicas de la Categoría 1 indicada en el artículo 7, vigente al momento de realizar el depósito. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas o quien éste designe, podrá establecer importes mínimos menores, en función de la modalidad de recarga".

Artículo 2

Agrégase al artículo 50 del Reglamento de cobro de tarifas de peajes en rutas nacionales, aprobado por el Decreto Nº 229/013 de 7 de agosto de 2013: "En todos los puestos de peajes, sin excepción alguna, a todos los vehículos que ingresaran por la vía exclusiva de cobro automático sin tener derecho a hacer uso de ésta, se le cobrará...

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