Decreto No. 88/018.- Dispónese la Reglamentación de las competencias y funciones de la Unidad Ejecutora 009, Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 88/018

Dispónese la Reglamentación de las competencias y funciones de la Unidad Ejecutora 009, Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria.

(2.119*R)

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 9 de Abril de 2018

VISTO: lo dispuesto por el artículo 180 de la Ley No 19.149, de 24 de octubre de 2013 y modificativas y artículo 273 de la Ley No 19.355, de 19 de diciembre de 2015;

RESULTANDO: I) que por el artículo 273 de la Ley No 19.355, de 19 de diciembre de 2015 se dispuso, la creación de la Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”;

II) que el inciso primero del artículo 180 de la Ley No 19.149, de 24 de octubre de 2013 en la redacción dada por el artículo 293 de la Ley No 19.355, de 19 de diciembre de 2015, mandata a reasignar desde las Unidades Ejecutoras 004 y 005 Direcciones Generales de Servicios Agrícolas y Servicios Ganaderos, a la Unidad Ejecutora 009 Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria, los créditos presupuestales y los recursos humanos correspondientes, así como las atribuciones para el cumplimiento de los fines del sistema de control zoosanitario y fitosanitario de todas las personas, equipajes, bultos y vehículos que ingresan al país;

CONSIDERANDO: que compete al Poder Ejecutivo reglamentar, a los efectos de delimitar las competencias y funciones redistribuidas por la normativa precedentemente citada, entre las diferentes unidades organizativas a las cuales se les atribuyeron las mismas, así como las atribuciones para el cumplimiento de sus fines;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 180 de la Ley No 19.149, de 24 de octubre de 2013 y modificativas y por el artículo 273 de la Ley No 19.355, de 19 de diciembre de 2015;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:

Artículo 1o (Cometidos y atribuciones)

Cométase a la Unidad Ejecutora 009, Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria del Inciso 07, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, las siguientes competencias:

FUNCIONES GENERALES DEL ÁREA DE INOCUIDAD:

  1. Asesorar al Ministro en la formulación y la planificación de políticas en inocuidad de alimentos de consumo humano y animal, en coordinación con las Unidades Ejecutoras (en adelante UE) competentes en la materia y Unidades Asesoras (en adelante UA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

  2. Articular con la institucionalidad pública y privada vinculada a la materia, en el ámbito de sus respectivas competencias, con el fin de propiciar la generación de políticas...

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