Derechos autor. Plazos. Modificacion.
Número de Iniciativa | 142492 |
Año | 2019 |
Tipo de proyecto | LEY |
Autor de la iniciativa | Cámara Senadores - Mieres, Pablo |
Publicada D.O. 7 ene/020 - Nº30352
Ley Nº 19.857 DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS SE EXTIENDEN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 14, 15, 17, 18 Y 40DE LA LEY Nº 9.739, DE 17 DE DICIEMBRE DE 1937, CON LAS MODIFICACIONES
INTRODUCIDAS POR LOS ARTÍCULOS 7º, 8º Y 9º DE LA LEY
Nº 17.616, DE 10 DE ENERO DE 2003 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN
Artículo único.- Extiéndase el plazo establecido en los artículos 14, 15, 17, 18 y 40 de la Ley N° 9.739, de 17 de diciembre de 1937, en la redacción dada por la Ley N° 17.616, de 10 de enero de 2003, a setenta años.
Las obras, interpretaciones, fonogramas y emisiones de radiodifusión que se encontraran bajo el dominio público sin que hubiese transcurrido el plazo de protección de setenta años previsto en el presente artículo, volverán automáticamente al dominio privado, sin perjuicio de los derechos que hubieran adquirido terceros sobre las reproducciones de esas obras y derechos conexos durante el lapso en que las mismas estuvieron bajo el dominio público.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 18 de diciembre de 2019.
MARÍA CECILIA BOTTINO,Presidenta.
Virginia Ortiz,
Secretaria. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 23 de diciembre de 2019.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se por el que se extiende el plazo establecido en los artículos 14, 15, 17, 18 y 40 de la Ley N° 9.739, de 17 de diciembre de 1937, en la redacción dada por la Ley N° 17.616, de 10 de enero de 2003, a setenta años.
TABARÉ VÁZQUEZ.MARÍA JULIA MUÑOZ.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba