Diario Oficial de la República del Uruguay del 17 de octubre de 2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.050 - octubre 17 de 2018
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 11 y 12 de octubre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Resolución S/n
Decláranse Servidumbres Mineras de Ocupación y de Paso, accesorias
al título minero Concesión para Explotar otorgado y ampliado a Carlos
Rodríguez Salaberry, sobre un yacimiento de arena ubicado en la 5ª
Sección Catastral del departamento de San José.
(4.987)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
675/98
Montevideo, 10 de Octubre de 2018
VISTO: que la empresa CARLOS RODRÍGUEZ SALABERRY,
solicita se declare la Servidumbre de Ocupación que comprende un
área de 14 hectáreas 1.825 m² afectando el padrón Nº 10.389 (p) y la
Servidumbre de Paso que comprende un área de 0 hectárea 1.202
m² afectando al padrón Nº 10.389 (p), de la 5ª Sección Catastral del
departamento de San José;
RESULTANDO: I) que se trata de un gravamen accesorio al título
minero Concesión para Explotar un yacimiento de arena, otorgado
por el plazo de 20 (veinte) años, por Resolución del Ministerio de
Industria, Energía y Minería en ejercicio de atribuciones delegadas,
de fecha 9 de noviembre de 2004 y ampliado por Resolución de 26 de
noviembre de 2010;
CONSIDERANDO: I) que se aprobó el Plano de Deslinde con
fecha 28 de julio de 2011 y la Memoria Justicativa con fecha 4 de
enero de 2017;
II) que la documentación presentada se ajusta a lo dispuesto por a
Resolución de la Dirección Nacional de Minería y Geología Nº 440/05
de fecha 1º de noviembre de 2005;
III) que la Dirección Nacional de Catastro determinó el precio de
arrendamiento anual de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 37 literal
a) del Código de Minería (Decreto Ley Nº 15.252 de 8 de enero de
1982), y actualizado por la División Registro queda establecido en $
7.685,92 (pesos uruguayos siete mil seiscientos ochenta y cinco 92/00)
para el padrón 10.389 (p);
IV) que a los efectos del artículo 37, literal a) del Código de Minería,
el monto del primer semestre por concepto de Servidumbre de
Ocupación para el padrón 10.389 (p) es de $ 54.503 (pesos uruguayos
cincuenta y cuatro mil quinientos tres); y para la Servidumbre de
Paso el monto para el padrón 10.389 (p) es de $ 462 (pesos uruguayos
cuatrocientos sesenta y dos), valores sujetos a la actualización prevista
según variación ocial del índice del costo de vida;
V) que el Director Nacional de Minería y Geología maniesta que
se ha dado cumplimiento a los requisitos de fondo y forma establecidos
por la normativa vigente a efectos de declarar la servidumbre, debiendo
el interesado justicar ante la Administración el pago anticipado a
cuenta del primer semestre, a n de que se considere autorizado el
ejercicio de la misma;
VI) que en virtud de lo consignado, compartiendo plenamente el
informe de la División Registro de la mencionada Dirección Nacional, la
Asesoría Jurídica sugiere declarar la servidumbre minera que se solicita.
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 31 y
enero de 1982), y a lo Informado por la Dirección Nacional de Minería
y Geología, lo dictaminado por la Asesoría y a lo dispuesto por la
Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 17 de julio de 2006;
LA MINISTRA DE INDUSTRIA ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas;
RESUELVE:
1
1º.- Declárase las Servidumbres Mineras de Ocupación y Paso,
accesorias al título minero Concesión para Explotar, otorgado y
ampliado a CARLOS RODRÍGUEZ SALABERRY, por Resolución del
Ministerio de Industria, Energía y Minería en ejercicio de atribuciones
delegadas, de fecha 9 de noviembre de 2004 y 26 de noviembre de
2010 respectivamente, sobre un yacimiento de arena, por el plazo de
20 (veinte) años, afectando los padrones 10.389 (p) y 17.842, en un
área total de 30 hectáreas 1.825 m², todos de la 5ª Sección Catastral del
departamento de San José.
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2º.- La Servidumbre de Ocupación comprende un área de 14
hectáreas 1.825 m² afectando el padrón Nº 10.389 (p) y por su parte la
Servidumbre de Paso un área de 0 hectárea 1.202 m² afectando al padrón
Nº 10.389, de la 5ª Sección Catastral del departamento de San José.
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3º.- Fíjase el importe a pagar por la gestionante de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 37, literal a), del Código de Minería, el monto
del primer semestre por concepto de Servidumbre de Ocupación para
el padrón 10.389 (p) es de $ 54.503 (pesos uruguayos cincuenta y cuatro
mil quinientos tres); y para la Servidumbre de Paso el monto para el
padrón 10.389 (p) es de $ 462 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y
dos), valores sujetos a la actualización prevista según variación ocial
del índice del costo de vida.
4
4º.- Las servidumbres impuestas por la presente resolución
gravarán los predios sirvientes durante la vigencia del título minero
que las ha motivado.
5
5º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.
CAROLINA COSSE.
2
Resolución S/n
Exceptúase de la aplicación del arancel jado por el Decreto 643/006
a los productos cuyo ítem se especica, productor (MARPLAST S.R.L.),
exportador (KALPLAST S.R.L.) e importador (TYPHON S.R.L.).
(4.988)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
1216/18
Montevideo, 10 de Octubre de 2018
VISTO: que la empresa TYPHON S.R.L. se presenta al amparo
del artículo 9º literal a) del Decreto Nº 473/006 de 27 de noviembre de
2006, solicitando ser exceptuada de la aplicación del arancel jado de
conformidad con el artículo 1º de dicha norma;

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