Diario Oficial de la República del Uruguay del 21 de noviembre de 2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.074 - noviembre 21 de 2018
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 12, 15, 16 y 19 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
1
Decreto 380/018
Reglaméntase el art. 9º de la Ley 19.574 referente a prohibiciones para
personas que se desempeñen en determinados cargos públicos.
(5.440*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 12 de Noviembre de 2018
RESULTANDO: que la mencionada ley, en su artículo 9º introduce
prohibiciones para personas que se desempeñan en determinados
cargos públicos establecidos expresamente;
CONSIDERANDO: que resulta necesario proceder a la
reglamentación de la norma citada precedentemente;
ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el numeral 4º) del
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
1
Artículo 1º.- Prohibiciones. En cumplimiento de lo establecido
el Presidente y Vicepresidente de la República, los Senadores y
Representantes Nacionales, los Ministros y Subsecretarios de Estado,
los Directores Generales de Secretaría de los Ministerios, los Directores
de Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Personas Públicas
No Estatales y cualquier cargo político y de particular conanza, no
podrán ser accionistas, beneciarios nales, ni tener ningún tipo de
vinculación, con sociedades comerciales domiciliadas en jurisdicciones
de nula o baja tributación, mientras se desempeñan en el cargo público,
sea este rentado u honorario.
A efectos de determinar las jurisdicciones de nula o baja tributación
se tendrá en cuenta la lista que emite la Dirección General Impositiva,
de acuerdo a lo establecido por el artículo 95 bis del Título 4, del Texto
Ordenado 1996 incorporado por el artículo 47 de la Ley Nº 19.484, de
05 de enero de 2017 y el artículo 1º del Decreto Nº 40/017, de 13 de
febrero de 2017.
2
Artículo 2º.- Contralor. La Ocina Nacional del Servicio Civil será
el Órgano encargado del control del cumplimiento de la prohibición
establecida en el artículo 1º, a dichos efectos elaborará una lista que
contenga la nómina de los cargos que se encuentran alcanzados por
la prohibición.
3
Artículo 3º.- Formulario. La Ocina Nacional del Servicio Civil
elaborará un formulario que pondrá a disposición en su página web,
el que deberá ser completado por cada uno de los sujetos alcanzados
por la prohibición establecida en el artículo 1º, en la forma establecida
en los artículos siguientes.
4
Artículo 4º.- Asunción. Al momento de la designación en el cargo, los
sujetos señalados en el primer inciso del artículo 1º, deberán presentar
el formulario a que se hace referencia en el artículo anterior ante el
Organismo que corresponda, el que contendrá la declaración del sujeto
estableciendo si se encuentra o no en la situación prevista en el artículo 1º.
5
Artículo 5º.- Disposición transitoria. Quienes al momento de la
entrada en vigencia del presente decreto se encuentren en la situación
señalada en el artículo 1º, deberán declararlo ante el Órgano que
hubiere realizado su designación o al que pertenezcan según el caso,
presentando el formulario a que se hace referencia en el artículo 3º,
dentro del plazo de 90 (noventa) días a partir de la entrada en vigencia
del presente decreto.
6
Artículo 6º.- Remisión. El órgano que hubiere recibido el
formulario de acuerdo a lo establecido en los artículos precedentes,
deberá remitirlo a la Ocina Nacional del Servicio Civil a efectos de
ejercer el control. En caso de que se verique la existencia de personas
que se encuentran incumpliendo la prohibición que se reglamenta,
deberá intimarse la presentación de su renuncia, en el plazo de 10
(diez) días corridos a contar de la noticación de la intimación, de lo
contario el Organismo deberá iniciar el procedimiento disciplinario
que corresponda según el caso, a efectos de que cese del cargo.
7
Artículo 7º.- Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE VÁZQUEZ; ARIEL BERGAMINO; DANILO
ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR
ROSSI; CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO;
ENZO BENECH; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN;
MARINA ARISMENDI.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
2
Resolución 580/018
Otórgase la distinción al “Mérito Aeronáutico” en la categoría de Ocial
y el Diploma correspondiente al señor Agregado Aeronáutico de Brasil,
Coronel (Av.) Ricardo Feijó Pinheiro.
(5.443*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 12 de Noviembre de 2018
VISTO: la solicitud del Comando General de la Fuerza Aérea para
otorgar al señor Agregado Aeronáutico de Brasil, Coronel (Av.) don
Ricardo Feijó Pinheiro, la Distinción al “Mérito Aeronáutico” en la
categoría de Ocial y el Diploma correspondiente.
RESULTANDO: que por el Acta Nro. 198 de 4 de setiembre de 2018,
4Documentos Nº 30.074 - noviembre 21 de 2018 | DiarioOficial
el Consejo de Méritos resolvió por unanimidad aceptar la propuesta
formulada por el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea para otorgar
la distinción al mencionado señor Agregado Aeronáutico de Brasil.
CONSIDERANDO: el destacado accionar de su gestión y sus
cualidades personales y profesionales, sumado a las muestras de
camaradería y amistad demostradas hacia los integrantes de la Fuerza
Aérea Uruguaya.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los
Decretos 770/976 de 24 de noviembre de 1976, 679/978 de 5 de diciembre
de 1978, 49/992 de 5 de febrero de 1992 y 377/995 de 10 de octubre de 1995.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Otorgar la Distinción al “Mérito Aeronáutico” en la
categoría de Ocial y el Diploma correspondiente, al señor Agregado
Aeronáutico de Brasil, Coronel (Av.) don Ricardo Feijó Pinheiro.
2
2do.- Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
3
Resolución 578/018
Desígnase al Sr. Director Ejecutivo del Instituto Uruguay XXI, Dr. Antonio
Carámbula y al Sr. Embajador de la República ante la República Popular
China, Lic. Fernando Lugris, Comisario y Sub Comisario ante la “Expo
Beijing 2019” a celebrarse en la ciudad de Beijing, República Popular China.
(5.441)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 12 de Noviembre de 2018
VISTO: la invitación realizada por el Gobierno de la República
Popular China para que la República Oriental del Uruguay participe en
la “Expo Beijing 2019”, a celebrarse en la ciudad de Beijing, República
Popular China, del 29 de abril al 7 de octubre de 2019;
CONSIDERANDO: I) que Uruguay conrmó oportunamente su
presencia en dicha exposición, compartiendo el concepto de la misma
“Vive Verde, Vive Mejor”, como una forma de promover el desarrollo
y la prosperidad global;
II) que corresponde designar un Comisario y un Sub Comisario
para que representen a la República ante el gobierno de la República
Popular China y la organización de la “Expo Beijing 2019”;
ATENTO: a lo antes expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase al señor Director Ejecutivo del Instituto Uruguay
XXI, Dr. Antonio Carámbula, y al señor Embajador de la República ante
la República Popular China, Lic. Fernando Lugris, Comisario y Sub
Comisario respectivamente ante la “Expo Beijing 2019”, a celebrarse
en la ciudad de Beijing, República Popular China, entre los días 29 de
abril al 7 de octubre de 2019.
2
2º.- Notifíquese, comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; ARIEL BERGAMINO.
4
Resolución 579/018
Modifícase el Numeral 4º de la parte dispositiva de la Resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 8 de octubre de 2018, respecto al período de
desempeño y posterior traslado de la Sra. Secretaria de Tercera Traductor
Público Mariana Vera Leiva.
(5.442*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 12 de Noviembre de 2018
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de octubre de
2018, por la que se dispone el pase de la señora funcionaria del Servicio
Exterior, Secretario de Tercera Traductor Público Mariana Vera Leiva,
a desempeñar funciones en la Embajada de la República en Japón;
CONSIDERANDO: I) que se incurrió en un error involuntario
en la redacción del Considerando IV), así como en el numeral 4º de la
parte dispositiva de la mencionada resolución;
II) que, una vez transcurridos tres años desde la toma de posesión
de sus funciones en la Embajada de la República en Japón, la señora
Secretaria de Tercera Traductor Público Mariana Vera Leiva será
trasladada a desempeñar funciones en la Representación de la
República ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y demás
Organismos Económicos Internacionales con sede en Ginebra y no ante
la Organización Mundial del Comercio (OMC) como se indicó;
III) que corresponde subsanar el error, modicando la Resolución
mencionada;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 12 de la
Constitución de la República y el Decreto-Ley Nº 14.206 de 6 de junio
de 1974 y disposiciones modicativas;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Modifícase el Numeral de la parte dispositiva de la Resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 8 de octubre de 2018, el que quedará redactado
de la siguiente manera: “4º.-Transcurridos tres años desde la toma de
posesión de sus funciones en la Embajada de la República en Japón, la
señora Secretaria de Tercera Traductor Público Mariana Vera Leiva será
trasladada a desempeñar funciones en la Representación de la República
ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y demás Organismos
Económicos Internacionales con sede en Ginebra, Confederación Suiza.”
2
2º.- Comuníquese, notifíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; ARIEL BERGAMINO.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
5
Resolución 585/018
Autorízase al MSP, la transmisión simultánea solicitada, relativa a “Salud
Pública: Centros de Referencia - Capítulo II” para el día 15 de noviembre
de 2018.
(5.450)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 12 de Noviembre de 2018
VISTO: la solicitud planteada por el Ministerio de Salud Pública,

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