Diario Oficial de la República del Uruguay del 17 de octubre de 2019 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.297 - octubre 17 de 2019
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 11 y 14 de octubre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
1
Resolución 584/019
Concédese licencia ordinaria al Ministro de Industria, Energía y Minería,
y desígnase Ministro interino.
(4.034)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 9 de Octubre de 2019
VISTO: la solicitud formulada por el señor Ministro de Industria,
Energía y Minería, Dr. Ing. Guillermo Moncecchi, para hacer uso de su
licencia ordinaria, entre los días 11 al 28 de octubre de 2019 inclusive;
CONSIDERANDO: I) que nada obsta para acceder a lo solicitado;
II) que en consecuencia es preciso designar un sustituto
temporal;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 184 de la
EL RESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Concédese licencia ordinaria al señor Ministro de Industria,
Energía y Minería, Dr. Ing. Guillermo Moncecchi, entre los días 11 al
28 de octubre de 2019 inclusive.
2
2º.- Desígnese Ministro interino de Industria, Energía y Minería, por
el período mencionado en el numeral anterior, a la señora Subsecretaría
Ing. Agr. Olga Otegui.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
2
Resolución S/n
Prorrógase la excepción de la aplicación del arancel jado por el Decreto
643/006 a los productos cuyos ítems se especican, productor y
exportador (MERCLIN S.A.) e importador (ALIMPORT LTDA.).
(4.042)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
1258/19
Montevideo, 10 de Octubre de 2019
VISTO: que la empresa ALIMPORT LTDA. se presenta al
amparo de lo dispuesto por el Decreto Nº 367/011, de fecha 14 de
octubre de 2011, solicitando se prorrogue la excepción obtenida
al régimen de pérdida de preferencia arancelaria establecida en
el artículo 9º, literal a), del Decreto Nº 473/006 de fecha 27 de
noviembre de 2006;
RESULTANDO: I) que el artículo 1º del Decreto Nº 367/011 de
fecha 14 de octubre de 2011, establece que todo importador que haya
sido exceptuado del arancel jado de conformidad con el artículo 1º
del Decreto 473/2006, de fecha 27 de noviembre de 2006, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 9º del citado decreto deberá presentar
cada dos años un certicado emitido por la Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina que establezca que
no ha recibido benecios tributarios al amparo del régimen de Zonas
de Promoción Industrial en los últimos dos años para los productos
clasicados en la misma partida arancelaria que el producto incluido
en el régimen y/o productos que sean insumos o formen parte del
producto nal incluido en el régimen;
II) que la empresa ALIMPORT LTDA. presentó constancia de
inscripción, emitido por la AFIP de la República Argentina con fecha
15 de agosto de 2019, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1º y 3º
del Decreto 367/011, de fecha 14 de octubre de 2011, ante la Dirección
Nacional de Industrias;
III) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el
cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1º del Decreto
Nº 367/011;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
Decreto Nº 473/2006, de fecha 27 de noviembre de 2006, el Decreto Nº
643/2006, de fecha 27 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 367/2011,
de fecha 14 de octubre de 2011;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
1º.- Prorrógase la excepción otorgada mediante Resolución
Ministerial, de fecha 26 de noviembre de 2015, prorrogada por
Resolución Ministerial de fecha 6 de setiembre de 2017 (a regir para los
despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección
Nacional de Aduanas desde el 16 de setiembre de 2017 y hasta el
15 de setiembre de 2019) de la aplicación del arancel jado por el
Decreto Nº 643/006, de fecha 27 de diciembre de 2006, en su Anexo I
a los productos, productor, exportador e importador especicados a
continuación:
NCM - descripción Productor Exportador importador
3209.10.10.00:
PINTURAS Y
BARNICES A BASE
DE POLÍMEROS
SINTÉTICOS O
NATURALES
MODIFICADOS,
DISPERSOS, O
DISUELTOS EN UN
MEDIO ACUOSO.
A base de polímeros
acrílicos o vinílicos.
Pinturas.
MERCLIN S.A. MERCLIN S.A. ALIMPORT LTDA.
RUT. 212211970014

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