Diario Oficial de la República del Uruguay del 23 de diciembre de 2019 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.344 - diciembre 23 de 2019
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 18 y 19 de diciembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
1
Resolución 717/019
Revócase parcialmente la Resolución 109 de la Directora del Instituto
Nacional de Estadística, de 12 de abril de 2019, relativa a la designación
de los funcionarios a los efectos de la revisión del sumario.
(5.048)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 13 de Diciembre de 2019
VISTO: los recursos de revocación y jerárquico interpuestos por el
señor Oscar Camejo Cedrés, contra la Resolución de la Directora del
Instituto Nacional de Estadística (INE) Nº 109 de 12 de abril de 2019;
RESULTANDO: I) que mediante el citado acto se dispuso la
revisión del sumario administrativo dispuesto por la Resolución de
la Dirección del INE Nº 497 de 6 de setiembre de 2018, designando
a los funcionarios María Victoria Susena y Daniel Muracciole para
efectuarla, en un plazo no mayor a treinta días, de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 62 del Decreto Nº 222/014 de 30 de julio de
2014;
II) que en principio el impugnante no expresó sus agravios,
reservándose el derecho a fundamentar con posterioridad;
III) que la Directora del INE a través de Nº 281 de 26 de agosto de
2019 conrmó el acto recurrido en vía de revocación;
CONSIDERANDO: I) que los recursos no merecen observaciones
formales;
II) que con fecha 18 de noviembre de 2019, el señor Oscar Camejo,
fundamento sus recursos armando que la revisión del sumario
realizada se encuentra viciada y debe ser revocada, en tanto, se designó
para dicho procedimiento a la misma funcionaria que había instruido
el sumario;
III) que desde el punto de vista sustancial, el acto cuestionado
se dictó a los efectos de dar las mayores garantías al sumariado y
respondiendo a nes legítimos, en tanto la revisión del sumario se
encuentra motivada en que el procedimiento sumarial instruido hasta
el momento padecía defectos que podrían vulnerar lo establecido por
el Decreto Nº 222/014 de 30 de julio de 2014;
IV) que en consecuencia, la nalidad fue amparar el derecho de
defensa que le asiste al compareciente, al igual que a cualquier persona
dentro de un Estado de Derecho;
V) que la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República, con
fecha 15 de noviembre de 2019 informó que el hecho de designar a la
misma Instructora a los efectos de realizar la revisión del procedimiento
sumarial no resulta conforme a Derecho, ya que podría afectar su
imparcialidad, en franca contravención al principio de imparcialidad
enunciado en el literal a) del artículo 2º y el artículo 3º del Decreto
500/991;
VI) que por esa razón corresponde revocar parcialmente
el acto impugnado, a n de que se designe en su lugar a otros
funcionarios que no hayan intervenido para que realicen la revisión
del procedimiento;
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 317 de la
Constitución de la República, el artículo 23 del Decreto Ley Nº 15.524
de 9 de enero de 1984, el artículo 4º de la Ley Nº 15.869 de 22 de junio
de 1987 y el Decreto 500/991;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Revócase parcialmente la Resolución de la Directora del
Instituto Nacional de Estadística (INE) Nº 109 de 12 de abril de 2019,
en lo que reere a la designación de los funcionarios a los efectos de
la revisión del sumario, conrmándose el acto impugnado en todos
los demás términos.
2
2º.- Comuníquese, notifíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
2
Resolución 718/019
Concédese licencia ordinaria a la Ministra de Educación y Cultura, y
desígnase Ministra interina.
(5.049)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 13 de Diciembre de 2019
VISTO: la solicitud formulada por la señora Ministra de Educación
y Cultura, Dra. María Julia Muñoz, para hacer uso de su licencia
ordinaria, entre los días 2 al 18 de enero y desde el 1.7 al 28 de febrero
de 2020 inclusive;
CONSIDERANDO: I) que nada obsta para acceder a lo solicitado;
II) que en consecuencia es preciso designar un sustituto temporal;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 184 de la
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Concédase licencia ordinaria a la señora Ministra de Educación
y Cultura, Dra. María Julia Muñoz, entre los día 2 al 18 de enero y
desde el 17 al 28 de febrero de 2020 inclusive.
2
2º.- Designase Ministra interina de Educación y Cultura, por los
períodos mencionados en el numeral anterior, a la señora Subsecretaria
Mag. Edith Moraes.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
4Documentos Nº 30.344 - diciembre 23 de 2019 | DiarioOficial
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
3
Decreto 386/019
Autorízase la transformación de los cargos civiles vacantes
correspondientes al Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas
Armadas del Ministerio de Defensa Nacional, en los cargos militares que
se determinan.
(5.037*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 13 de Diciembre de 2019
VISTO: la gestión del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas
Armadas para transformar cargos civiles vacantes en cargos militares,
en el marco de lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley 19.149 de 24
de octubre de 2013.
RESULTANDO: que la citada disposición faculta al Poder
Ejecutivo a que, a propuesta del Inciso 03 “Ministerio de Defensa
Nacional”, realice las “transformaciones de cargos vacantes
necesarias a los efectos de restablecer la pirámide de cargos militares
y conformar una estructura de cargos civiles que permita la correcta
organización del servicio y garantice el derecho al ascenso del personal
militar y a la carrera administrativa de los funcionarios civiles. Las
transformaciones requerirán informe previo y favorable de la Ocina
Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación,
en el ámbito de sus respectivas competencias y no podrán implicar
costo presupuestal”.
CONSIDERANDO: que existen informes previos y favorables
de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría
General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos
solicitadas.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el
artículo 78 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1RO.- Autorizar la transformación de los cargos civiles
vacantes correspondientes a la Unidad Ejecutora 035 “Servicio de
Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas” del Inciso 03 “Ministerio
de Defensa Nacional”, en los cargos militares previstos en los Anexo I
y II, que se consideran parte integrante del presente Decreto.
2
ARTÍCULO 2DO.- Facultar a la Contaduría General de la Nación
a reasignar los créditos presupuestales a n de dar cumplimiento a lo
dispuesto por este Decreto, sin que genere costo presupuestal.
3
ARTÍCULO 3RO.- Dése cuenta a la Asamblea General,
comuníquese, publíquese y archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JOSÉ BAYARDI; DANILO ASTORI.
ANEXO I - TRANSFORMACIONES DE CARGOS - Artículo 78
Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013.
Inciso 03: “Ministerio de Defensa Nacional”.
Unidad Ejecutora 035: “Servicio de Retiros y Pensiones de las
Fuerzas Armadas”.
Supresiones
Cant. Esc. Gdo. Denominación Serie
2 C 1 Administrativo III Administrativo
2Total de Supresiones
Creaciones
Cant. Esc. Gdo. Denominación Serie
3 K 15 Soldado de 1ra. Servicios
3Total de Creaciones
5
Documen tos
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