Diario Oficial de la República del Uruguay del 9 de enero de 2020 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 30.354 - enero 9 de 2020
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 30 de diciembre, 3 y 7 de enero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
1
Resolución 744/019
Concédese licencia ordinaria a la Ministra de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, y desígnase Ministro interino.
(51)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 20 de Diciembre de 2019
VISTO: la solicitud formulada por la señora Ministra de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Arq. Eneida de León,
para hacer uso de su licencia ordinaria, entre los días 23 de diciembre
de 2019 al 31 de enero de 2020 inclusive;
CONSIDERANDO: I) que nada obsta para acceder a lo solicitado;
II) que en consecuencia es preciso designar un sustituto temporal;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 184 de la
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Concédese licencia ordinaria a la señora Ministra de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Arq. Eneida de León,
entre los días 23 de diciembre de 2019 al 31 de enero de 2020 inclusive.
2
2º.- Desígnese Ministro interino de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, por el período mencionado en el numeral
anterior, al señor Subsecretario, Arq. Jorge Rucks.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
2
Resolución 750/019
Modifícase la Resolución 682/019 de 2 de diciembre de 2019, por la que
se concedió licencia ordinaria al Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
(56)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 30 de Diciembre de 2019
VISTO: la resolución de la Presidencia de la República Nº 682/019,
de fecha 2 de diciembre de 2019, por la que se concedió licencia
ordinaria al señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Mtro.
Ernesto Murro, entre los días 2 al 31 de enero de 2020 inclusive;
RESULTANDO: que el señor Ministro solicita se modique la
fecha de la licencia ordinaria;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto modicar el
Visto de la parte expositiva y la parte dispositiva de la citada resolución;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Modifíquese el Visto de la resolución de la Presidencia de la
República Nº 682/019 de fecha 2 de diciembre de 2019, el que quedará
redactado de la siguiente manera: “VISTO: la solicitud formulada por
el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Mtro. Ernesto Murro
para hacer uso de su licencia ordinaria entre los días 13 de enero al 7
de febrero de 2020 inclusive”.
2
2º.- Modifíquese la parte dispositiva de la mencionada resolución, la
que quedará redactada de la siguiente manera: “1º.- Concédase licencia
ordinaria al señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social Mtro. Ernesto
Murro, entre los días 13 de enero al 7 de febrero de 2020 inclusive.
2º.- Designase Ministro interino de Trabajo y Seguridad Social, por
el período mencionado en el numeral anterior, al señor Subsecretario
Dr. Nelson Loustaunau”.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
3
Resolución 751/019
Concédese licencia ordinaria a la Ministra de Turismo, y desígnase
Ministro interino.
(57)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 30 de Diciembre de 2019
VISTO: la solicitud formulada por la señora Ministra de Turismo
doña Liliam Kechichian, para hacer uso de su licencia ordinaria, entre
los días 2 y 3 de enero de 2020 inclusive;
CONSIDERANDO: I) que nada obsta para acceder a lo solicitado;
II) que en consecuencia es preciso designar un sustituto temporal;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 184 de la
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Concédese licencia ordinaria a la señora Ministra de Turismo
doña Liliam Kechichian, entre los días 2 y 3 de enero de 2020 inclusive.
2
2º.- Desígnase Ministro interino de Turismo, por el período
mencionado en el numeral anterior, al señor Subsecretario don
Benjamín Libero.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
4Documentos Nº 30.354 - enero 9 de 2020 | DiarioOf‌icial
4
Resolución 752/019
Concédese licencia ordinaria al Ministro del Interior, y desígnase Ministro
interino.
(58)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 30 de Diciembre de 2019
VISTO: la solicitud formulada por el señor Ministro del Interior,
Don Eduardo Bonomi, para hacer uso de su licencia ordinaria, entre
los días 2 al 29 de enero de 2020 inclusive;
CONSIDERANDO: I) que nada obsta para acceder a lo solicitado;
II) que en consecuencia es preciso designar un sustituto temporal;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 184 de la
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Concédase licencia ordinaria al señor Ministro del Interior,
Don Eduardo Bonomi, entre los días 2 al 29 de enero de 2020 inclusive.
2
2º.- Designase Ministro interino del Interior, por el período
mencionado en el numeral anterior, al señor Subsecretario Lic. Jorge
Vázquez.
3
3º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
OFICINA DE PLANEAMIENTO Y
PRESUPUESTO - OPP
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA - INE
5
Instituto Nacional de Estadística
Índice de los Precios del Consumo correspondiente al mes de
DICIEMBRE de 2019 e Índice Medio de Salarios correspondiente al mes
de NOVIEMBRE de 2019.
(40*R)
El INDICE DE LOS PRECIOS DEL CONSUMO (IPC) de
Diciembre de 2019 con base diciembre 2010, es 203,02.
El INDICE MEDIO DE SALARIOS (IMS) de Noviembre de 2019
con base julio de 2008, es 327,93.
Por más información: www.ine.gub.uy
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
6
Apruébanse las modicaciones al Convenio Constitutivo del Fondo
Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), el cual
fuera originalmente aprobado por Decreto-Ley 14.368, de 6 de mayo
de 1975.
(5.158*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental
del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
1
Artículo único.- Apruébanse las modificaciones al Convenio
Constitutivo del Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca
del Plata (FONPLATA), el cual fuera originalmente aprobado por el
Decreto-Ley Nº 14.368, de 6 de mayo de 1975, de conformidad con
el texto propuesto por dicho organismo, y según lo resuelto por la
Asamblea de Gobernadores por Resolución ASG/RES Nº 169/2018,
de fecha 9 de noviembre de 2018, cuyo texto se adjunta como Anexo
al presente proyecto y que forma parte del mismo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo,
a 17 de diciembre de 2019.
MARÍA CECILIA BOTTINO, Presidenta; VIRGINIA ORTIZ,
Secretaria.
CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO FINANCIERO
PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA1
CAPITULO I
DE LA NATURALEZA Y SEDE
Artículo 1º El Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del
Plata, en adelante, y para todos los efectos, FONPLATA,
es un banco de desarrollo multilateral, con personería
jurídica internacional, de duración indenida.
Se regirá por las disposiciones contenidas en el presente
Convenio y demás normas complementarias.
Artículo 2º FONPLATA tendrá su sede en uno de sus países
miembros fundadores.
FONPLATA podrá establecer las agencias, ocinas
o representaciones que fueren necesarias para el
desarrollo de sus actividades, tanto en los países
miembros como fuera de ellos.
CAPITULO II
DEL OBJETO
Artículo 3º El objeto de FONPLATA será apoyar la integración y
el desarrollo armónico, inclusivo y sostenible de sus
países miembros, a n de favorecer una mejor inserción
de los mismos en la región y en el mercado global,
mediante el nanciamiento de estudios, proyectos,
programas, asistencia y asesoramiento técnico.
CAPITULO III
DE LAS FUNCIONES
Artículo 4º Para la realización de su objeto, FONPLATA tiene las
siguientes funciones:
1 El Convenio Constitutivo original fue suscrito en la VI Reunión Ordinaria
de Cancilleres de los países de la Cuenca del Plata del 12 de junio de 1974
(Buenos Aires, Argentina).

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