Diario Oficial de Uruguay del 05/12/2017 (contenido completo)

4Documentos Nº 29.839 - diciembre 5 de 2017 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 30 y 1º de diciembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
1
Decreto 334/017
Ratifícanse los miembros titulares del Directorio del Instituto Nacional
del Cooperativismo y desígnanse Vocales y Miembros Alternos en
representación del Poder Ejecutivo.
(5.699*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 27 de Noviembre de 2017
VISTO: lo dispuesto por la Ley Nº 18.407, de 24 de octubre de
2008, y por los Decretos Nº 558/009, de 9 de diciembre de 2009,
Nº 195/012, de 13 de junio de 2012 y Nº 88/015, de 11 de marzo
de 2015, que regulan el funcionamiento del Instituto Nacional del
Cooperativismo;
RESULTANDO: I) que el artículo 194 de dicha Ley establece la
duración del mandato de los miembros del Directorio en dos años,
pudiendo ser reelectos por dos períodos más;
II) que por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 88/015, de 11 de marzo
de 2015, se designó como miembros titulares del Directorio del Instituto
Nacional del Cooperativismo, en representación del Poder Ejecutivo,
a los Sres. Gustavo Daniel Bernini Seguessa, como Presidente, Carlos
Alberto Reyes Álvarez, como Vicepresidente y Alvaro Claudio Nodale
Díaz, como Vocal;
III) que por Decreto Nº 304/017, de 23 de octubre de 2017, se aceptó
la renuncia presentada por el miembro titular Dr. Alvaro Claudio
Nodale Díaz;
IV) que en esta oportunidad se nombrarán a los miembros alternos
del Directorio del Instituto Nacional del Cooperativismo;
CONSIDERANDO: que en consecuencia, corresponde dictar el
acto administrativo que ratique y designe a los miembros titulares
y alternos del Directorio del Instituto Nacional del Cooperativismo,
en representación del Poder Ejecutivo;
ATENTO: a lo dispuesto por el numeral 4º del artículo 168 de
octubre de 2008, y por los Decretos Nº 558/009, de 9 de diciembre
de 2009, Nº 195/012, de 13 de junio de 2012 y Nº 88/015, de 11 de
marzo de 2015;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
- actuando en Consejo de Ministros -
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Ratifícanse como miembros titulares del Directorio
del Instituto Nacional del Cooperativismo, en representación del
Poder Ejecutivo, a los Sres. Gustavo Daniel Bernini Seguessa, Cédula
de Identidad Nº 1.430.710-3, como Presidente y Carlos Alberto Reyes
Álvarez, Cédula de Identidad Nº 3.496.532-7, como Vicepresidente.
2
ARTÍCULO 2º.- Desígnase como miembro titular del Directorio del
Instituto Nacional del Cooperativismo, en representación del Poder
Ejecutivo al Dr. Ariel Juan Nicoliello Ribeiro Cédula de Identidad Nº
1.920.160-7, como Vocal.
3
ARTÍCULO 3º.- Desígnanse como miembros alternos del Directorio
del Instituto Nacional del Cooperativismo, en representación del Poder
Ejecutivo, por su orden, a los Sres. Rodolfo Lorenzo Boragno Strada,
Cédula de Identidad Nº 1.124.903-9 y Alvaro Rodríguez Azcúe, Cédula
de Identidad Nº 2.711.546-2.
4
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI; ARIEL BERGAMINO; DANILO
ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR
ROSSI; CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; JORGE BASSO;
TABARÉ AGUERRE; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN;
MARINA ARISMENDI.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
2
Resolución 1.107/017
Declárase de Interés Nacional el Encuentro y Regata Internacional de
Grandes Veleros, “Velas Latinoamérica 2018”.
(5.700)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 27 de Noviembre de 2017
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la
Armada para que se declare de Interés Nacional, el Encuentro y
Regata Internacional de Grandes Veleros, “Velas Latinoamérica 2018”,
a celebrarse en el año 2018.
RESULTANDO: I) que está previsto que dicho evento se realice
entre los días 10 y 15 de abril del año 2018.
II) que para el acontecimiento comprometieron su presencia veleros
de la República Argentina, República Federativa de Brasil, República
de Chile, Estados Unidos Mexicanos, República del Perú y Reino de
España.
CONSIDERANDO: I) que el mismo permitirá estrechar los
lazos de hermandad y amistad entre las naciones, encuadrándose en
la política de inserción regional y mundial de nuestro país y de los
valores que la inspiran, por lo que se encuentra conveniente declarar
de Interés Nacional el precitado evento.
5
Documen tos
Nº 29.839 - diciembre 5 de 2017
DiarioOficial |
II) que la inclusión de los Puertos de Punta del Este y Montevideo
como escalas dentro del derrotero de la Regata, signica además de
un reconocimiento a nuestro país, una oportunidad única de adherir
a un suceso que tendrá repercusiones tanto a nivel Regional como
Mundial.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Declarar de Interés Nacional el Encuentro y Regata
Internacional de Grandes Veleros, “Velas Latinoamérica 2018”, a
celebrarse en el año 2018.
2
2do.- Autorizar al Ministerio de Defensa Nacional, a través del
Comando General de la Armada, a gestionar ante el Organismo
organizador del evento la inclusión de los Puertos de Punta del Este
y Montevideo como escalas dentro del derrotero de la Regata.
3
3ro.- Conformar el Comité organizador del evento el cual estará
presidido por el Ministerio de Defensa Nacional - Dirección de Asuntos
Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional Humanitario
y Unidad de Coordinación y Desarrollo Deportivo - e integrado por
representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Transporte
y Obras Públicas, y Turismo.
4
4to.- Exhortar a entidades públicas y privadas a colaborar con la
actividad en el marco de sus competencias.
5
5to.- Comuníquese, publíquese. Cumplido, archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE MENÉNDEZ; ARIEL BERGAMINO; VÍCTOR
ROSSI; LILIAM KECHICHIAN.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
3
Decreto 330/017
Apruébase el Presupuesto de la Corporación de Protección del Ahorro
Bancario (COPAB) a regir a partir del año 2018.
(5.695*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 27 de Noviembre de 2017
VISTO: el Proyecto de Presupuesto de la Corporación de Protección
del Ahorro Bancario (COPAB), correspondiente al Ejercicio 2018.
CONSIDERANDO: que en cumplimiento del artículo 24 de la Ley
Nº 18.401, de 24 de octubre de 2008, la COPAB presentó sus Estados
Contables correspondientes al Ejercicio 2016 al Tribunal de Cuentas.
ATENTO: a lo establecido en el artículo 23 de la Ley Nº 18.401, de
fecha 24 de octubre de 2008,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Presupuesto de la Corporación de
Protección del Ahorro Bancario (COPAB) que regirá para el año 2018,
de acuerdo al siguiente detalle:
Presupuesto 2018 (en $)
Ingresos 81.025.890
Aportes del FGDB 81.025.890
Egresos 81.025.890
1Costo del Personal 59.475.913
1.1 Retribución de servicios
personales 29.689.401
1.2 Prima por antigüedad 2.824.506
1.3 Aguinaldo 3.099.824
1.4 Cargas legales 15.403.592
1.4.1 Aporte a Caja Bancaria 13.234.428
1.4.2 Aporte al FONASA 1.722.233
1.4.3 Aporte al FRL 46.931
1.4.4 Seguro de accidentes 400.000
1.5 Benecios sociales 6.024.809
1.5.1 Salario Vacacional 2.753.242
1.5.2 CEA NF 596.963
1.5.3 Compensación asistencia
médica 1.520.637
1.5.4 Ticket de alimentación 1.153.967
1.6 Capacitación del personal 1.100.000
1.7 Incentivo por
cumplimiento de metas 1.333.781
2Gastos de funcionamiento 18.940.000
2.1 Materiales y suministros 400.000
2.2 Alquiler y mantenimiento 3.000.000
2.3 Servicios públicos 650.000
2.4 Consultorías 750.000
2.5 Campaña de divulgación
del Seguro de Depósitos 5.000.000
2.6 Misiones al exterior 440.000
2.7 Otros servicios contratados 8.700.000
3Inversiones 250.000
4Partidas para imprevistos 2.359.977
2
ARTÍCULO 2º.- La remuneración mensual de los integrantes del
Directorio, a valores del 1º de enero 2017, es la siguiente:
Presidente $ 196,696
Vicepresidente $ 168,597
Director $ 134,878
Estas remuneraciones se ajustarán en base a las pautas que je
el Ministerio de Economía y Finanzas para los integrantes de los
Directorios de la Banca Ocial.
ARTÍCULO 3º.- La remuneración del personal de la COPAB, a
valores del 1º de julio 2017, es la siguiente:
Gerente 286,311
Subgerente 243,363
Subgerente 243,363
Técnico 1 176,832
Técnico 2 139,417
Técnico 2 139,417
Técnico 2 139,417
Secretario ejecutivo 108,859
Ocial 100,421
Administrativo 49,451
Ingeniero de sistemas 121,685
Abogado 93,917
Las remuneraciones del Gerente, Subgerentes, Técnicos, Secretario
Ejecutivo, y Ocial se corresponden con un horario de labor de 8 (ocho)
horas diarias continuas de lunes a viernes.
El ajuste de estas remuneraciones se realizará en base a las pautas
correspondientes al personal de Banca Privada en el ámbito de los
Consejos de Salarios.
4
ARTÍCULO 4º.- El personal de la Corporación, incluidos los
integrantes del Directorio, percibirá mensualmente una prima por
antigüedad determinada en función de los años efectivamente
trabajados en la actividad bancaria y reconocidos por la Caja de
Jubilaciones y Pensiones Bancarias.
El importe de la prima por antigüedad que percibirá cada
funcionario, se determina multiplicando el total de años de antigüedad

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