Diario Oficial de Uruguay del 10/07/2017 (contenido completo)

4Documentos Nº 29.737 - julio 10 de 2017 | DiarioOf‌icial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 5 y 6 de julio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE PLANEAMIENTO Y
PRESUPUESTO - OPP
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA - INE
1
Índice de los Precios del Consumo correspondiente al mes de JUNIO de
2017 e Índice Medio de Salarios correspondiente al mes de MAYO de
2017.
(2.148*R)
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
1) El INDICE DE LOS PRECIOS DEL CONSUMO (IPC) de
JUNIO de 2017 con base diciembre 2010, es 169,25.
2) El INDICE MEDIO DE SALARIOS (IMS) de MAYO 2017 con
base julio de 2008, es 271,29.
Por más información: www.ine.gub.uy.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
2
Resolución S/n
Apruébanse las bases de la CONVOCATORIA 2017 para Categoría II -
NUEVAS EMPRESAS DE VIDEOJUEGOS -2017.
(2.145*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 30 de Junio de 2017
VISTO: que se proponen las Bases de la CONVOCATORIA 2017
para Categoría II - NUEVAS EMPRESAS DE VIDEOJUEGOS - 2017;
RESULTANDO: I) que el Ministerio de Industria, Energía y
Minería es el responsable de diseñar e instrumentar las políticas
del Gobierno referidas a los sectores industrial, energético, minero,
telecomunicaciones, micro, pequeñas y medianas empresas
(Mipymes), destinadas a la transformación y el fortalecimiento del
aparato productivo nacional, de su matriz energética y del sistema de
comunicaciones en el marco de una política de desarrollo sustentable
con justicia social y orientada a la integración regional y la inserción
en un mundo globalizado;
II) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de
Comunicación Audiovisual ha denido como uno de sus objetivos el
promover y apoyar el desarrollo de la industria nacional de contenidos
y aplicaciones, impulsando el fortalecimiento y creación de nuevas
oportunidades, diseñando instrumentos, fomentando la creación,
desarrollo e incorporación de procesos de innovación;
CONSIDERANDO: I) que se convoca a interesados a presentar
proyectos con el objeto de la creación de un demo tipo “corte vertical”
de un videojuego de acuerdo a las Especicaciones Técnicas que se
indican;
II) que se cumple con las condiciones necesarias para aprobar
las bases de la CONVOCATORIA 2017, Categoría II- NUEVAS
EMPRESAS DE VIDEOJUEGOS - 2017;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
1º.- Apruébanse las bases de la CONVOCATORIA 2017 para
Categoría II - NUEVAS EMPRESAS DE VIDEOJUEGOS - 2017, que
como anexo integran la presente resolución.
2
2º.- Comuníquese y publíquese, etc.
CAROLINA COSSE.
BASES CONVOCATORIA
CATEGORIA II “NUEVAS EMPRESAS DE VIDEOJUEGOS”_ 2017
1. ANTECEDENTES
El Ministerio de Industria, Energía y Minería es el responsable de
diseñar e instrumentar las políticas del Gobierno referidas a los sectores
industrial, energético, minero, telecomunicaciones, micro, pequeñas
y medianas empresas (Mipymes), destinadas a la transformación
y el fortalecimiento del aparato productivo nacional, de su matriz
energética y del sistema de comunicaciones, para el desarrollo
sustentable con justicia social, en el marco de la integración regional
y la inserción en un mundo globalizado.
La Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de
Comunicación Audiovisual (MIEM-Dinatel) ha denido como uno de
sus objetivos el promover y apoyar el desarrollo de la industria nacional
de contenidos y aplicaciones, impulsando el fortalecimiento y creación
de nuevas oportunidades, diseñando instrumentos, fomentando la
creación, desarrollo e incorporación de procesos de innovación.
2. OBJETO de la Convocatoria
Se convoca a interesados a presentar proyectos con el objeto de la
creación de un demo tipo “corte vertical” de un videojuego de acuerdo
a las ESPECIFICACIONES TECNICAS del ANEXO I.
La temática de los videojuegos es libre, pero se debe justicar la
propuesta.
3. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS:
Los Proyectos y la documentación exigida en el presente llamado,
deberán presentarse en la Secretaría de MIEM-Dinatel en el horario
de 10.00 a 16.00 h, en Sarandí No. 620, Primer Piso.
* A nombre de: Dirección Nacional de Telecomunicaciones y
Servicios de Comunicación Audiovisual (MIEM-Dinatel).
* Indicar: Nombre de la convocatoria, categoría, nombre de
la empresa postulante y datos completos de la persona de
contacto.
Se deberán incluir dos copias del proyecto: una en formato
impreso y otra en formato digital, ambas en sobres cerrados.
5
Documen tos
Nº 29.737 - julio 10 de 2017
DiarioOf‌icial |
* Plazo de entrega de los proyectos: 10 de agosto de 2017.
Solamente se recibirán solicitudes de aclaración a estas bases,
hasta 5 (cinco) días hábiles anteriores a la apertura, las que deberán ser
formuladas por escrito al siguiente mail: secretaria.dinatel@miem.gub.uy
En caso que no se adjunte la documentación exigida y/o información
suciente, el proyecto podrá ser desestimado.
La presentación deberá hacerse de la siguiente forma:
* Un sobre cerrado identicado con: nombre de la empresa,
nombre del responsable, correo electrónico y otros datos de
contacto a los efectos de cualquier noticación. Este sobre
deberá contener:
Copia impresa de la documentación exigida en los Puntos 5 y 6
de las Bases, adjuntando los materiales correspondientes al proyecto
postulado de acuerdo a lo que establecen las Especicaciones Técnicas
(Anexo I). Además, deberá entregarse el material en formato digital.
Los documentos y presentaciones deberán estar en formato pdf.
Los documentos impresos se entregarán en hoja A4, impresos en una
sola carilla y con interlineado simple.
Los trabajos enviados por correo certicado o mensajería deberán
ser sellados en la ocina postal antes del 10 de agosto de 2017. Cuando
envíen los proyectos por correo postal deberán remitir copia del mismo
y avisar a la secretaría de MIEM-Dinatel a través del correo electrónico
secretaria.dinatel.@miem.gub.uy. No obstante esto MIEM-Dinatel no
se hace responsable si los envíos por correo no llegan a tiempo para
su evaluación, por lo que se recomienda franquear los envíos antes
de la fecha límite.
4. BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias las empresas cuya actividad sea la
producción de videojuegos y con fecha de inicio de actividades
posterior al 31/12/2013.
Las proponentes se obligan a suministrar toda la documentación
que en su caso le fuere requerida por el MIEM.
No podrán presentarse las empresas beneciarias premiadas en la
misma Categoría en la edición 2016 de esta convocatoria.
5. REQUISITOS FORMALES - DOCUMENTACIÓN
En el momento de la postulación se deberá presentar la
documentación siguiente:
* Carta membretada con firmas originales de la/los
representantes de la empresa declarando que la información
brindada es dedigna, donde manieste estar de acuerdo con
las bases de la Convocatoria, y donde asuma el compromiso
de la ejecución del proyecto presentado. Esta carta reviste
carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades
establecidas en el artículo 239 del Código Penal: “el que con
motivo del otorgamiento o formalización de documento
público prestare una declaración falsa sobre su identidad o
estado o cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado
con tres a veinticuatro meses de prisión”.
* Se debe declarar si la empresa está o no percibiendo, a la fecha
de presentación del proyecto, fondos no reembolsables. En caso
de que los reciba, deberá indicar la fuente de esos fondos.
Se deberá adjuntar:
* Copia del Formulario de inscripción en DGI y BPS.
* Copia de inscripción o constancia de haber iniciado el trámite
en el Registro Único de Proveedores del Estado - RUPE
(www.comprasestatales.gub.uy/inicio/proveedores/rupe/rupe)
* Certificado PYME emitido por la Dirección Nacional de
Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas (MIEM-Dinapyme-
hp://www.certicadopyme.uy)
* Copia de contrato social y la inscripción en el registro
correspondiente, si corresponde.
El Tribunal tendrá la facultad de solicitar documentación no
esencial que se haya omitido, y que no modique el Proyecto postulado.
6. PROYECTO
El proyecto que se postula deberá incluir:
1. Carpeta de presentación de la empresa especificando
antecedentes y méritos. Presentar antecedentes de la
empresa.
2. ProyectodeacuerdoaloespecicadoenelAnexoI.
Se desestimarán las propuestas que no presenten el Proyecto de
acuerdo a lo que establecen las Bases en el presente Punto 6.
Gastos elegibles
Los gastos elegibles para nanciar con los fondos adjudicados
por el MIEM-Dinatel serán aquellos gastos y/o inversiones asociados
a ítems que se demuestre son indispensables para la ejecución del
proyecto.
Los importes de los gastos admitidos no incluirán el IVA compras
ni otro impuesto o contribución que los grave.
No se nanciará la adquisición de vehículos, maquinarias y/u
obra civil.
Entre otros, se admitirán gastos o inversión por concepto de:
* Sueldos de personal técnico y/o los incurridos en la contratación
de recursos que estén asignados especícamente para realizar
el proyecto que se postula
* Adquisición de software especíco para el desarrollo y/o gestión
del proyecto
* Adquisición de equipos, nuevas tecnologías y su instalación
* Capacitación relacionada con incorporación de nuevas
tecnologías aplicables al desarrollo del producto.
* Administración, incluir honorarios de Contador Público
correspondientes a la realización de los informes de
rendición de cuentas que deberá presentar el proyecto
por las partidas que se le otorguen y una vez nalizada
su gestión (en caso de resultar seleccionado), timbres
profesionales, etc.
Se podrá nanciar los sueldos del personal técnico propio de
la empresa asignado al proyecto hasta el 100% del Costo Total del
Proyecto.
7. TRIBUNAL
El tribunal que seleccionará los proyectos a ser premiados estará
integrado:
Por MIEM-Dinatel.: Ramiro Pérez (presidente) y/o Adriana
Bentancor Piquet como alterna
Por MIEM Dinapyme: un representante a designar
Por Cámara de Videojuegos: un representante a designar
Por Cámara Uruguaya de las Tecnologías de la Información:
Martín Alcalá Rubí
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El Tribunal podrá solicitar el asesoramiento que estime pertinente
para evaluar características especícas de alguna propuesta o solicitar
opiniones técnicas, en caso de considerarlo necesario.
El Tribunal podrá solicitar ampliación o complementación de
la información presentada por los postulantes, la cual deberá estar
disponible en el plazo que este estipule, bajo apercibimiento de la
desestimación
Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría simple. En
caso de empate, el presidente del tribunal tendrá doble voto.
8. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El proyecto presentado se evaluará teniendo en cuenta la viabilidad
económica y nanciera, presentación y antecedentes de la empresa y
las características del producto.
ITEMs a evaluar PuntajeMáximo
Antecedentes y méritos de la empresa 10
Impacto en la empresa 20
Atributos del proyecto 70
Calidad del proyecto 40
Viabilidad técnica del Proyecto 15
Equipo de trabajo 15
100
9. SELECCIÓN DE LAS PROPUESTAS
En una primera etapa el tribunal realizará una evaluación
preliminar de cada proyecto presentado, vericando que se cumpla
con todos los requisitos formales.
El tribunal convocará a una instancia en la cual los autores de
cada proyecto, realizarán una presentación de hasta 20 minutos con
exposición (pitching) y preguntas para una mejor evaluación de los
mismos.
Serán elegidos los proyectos que obtengan el mayor puntaje,
siemprequealcancenel50%delpuntajemáximoposible.
En caso de que dos proyectos obtengan la misma puntuación,
se dará preferencia en primera instancia a la empresa que no
haya sido premiado en convocatorias anteriores, y en segunda
instancia a la que obtuvo mayor puntaje en el concepto “Calidad
del proyecto”.
ElMIEM podrá asignar como importe máximo$600.000
(seiscientos mil pesos uruguayos) para el proyecto seleccionado en
esta convocatoria, con cargo al Programa 320 Fortalecimiento de la
Base Productiva de bienes y servicios, Proyecto 000 Funcionamiento
de la Unidad Ejecutora 010.
La partida será no reintegrable.
En caso de que los proyectos seleccionados soliciten una cifra menor
al total del fondo asignado, según orden de prioridad y monto que
recomiende el tribunal en cada caso, se podrá redistribuir el importe
hasta completar el monto asignado a la convocatoria.
10. EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO
Se realizará el seguimiento de los proyectos que fueron premiados.
El MIEM-Dinatel tendrá derecho a realizar todas las tareas de
monitoreo del proyecto y solicitar la información que estime pertinente
durante el período de ejecución del mismo.
Plazo de ejecución: Luego de rmado el convenio, y de realizado el
primer pago, laempresatendráunplazomáximode8(ocho)meses
contado desde esa fecha para realizar las pruebas correspondientes y
entregar el producto en condiciones de ser emitido en la plataforma
que el MIEM-Dinatel decida.
11. PAGO
Para hacer efectivo el cobro del premio, el titular deberá estar
inscripto con estado activo en el RUPE y deberá tener los certicados
de DGI y BPS vigentes.
El pago del premio se realizará en moneda nacional y de la
siguiente forma:
* 80% del importe adjudicado luego de la aprobación de la
Resolución de adjudicación.
* 20% del importe adjudicado luego de rendir la partida
anticipada, con un cronograma de nalización del proyecto,
con visto bueno de MIEM-Dinatel.
Por cada pago que el MIEM realice se debe presentar un Informe
de Revisión Limitada rmado por Contador Público, de acuerdo a
lo exigido por el Tribunal de Cuentas de la República y copia de la
documentación de soporte de los gastos ejecutados.
A los 60 días contados desde la fecha del primer pago se debe
presentar el primer informe de rendición.
MIEM-Dinatel solicitará, además, informes parciales de avance
del proyecto para realizar el seguimiento de la ejecución del mismo.
12. OTRAS CONDICIONES
Luego de aprobado el proyecto, y con carácter previo al desembolso
del premio por el MIEM, se suscribirá un convenio en que se estipulará
el compromiso de la beneciaria, en particular, a respetar el destino
de los fondos y la ejecución del proyecto.
En esa instancia y en el caso de ser persona jurídica, se deberá
presentar certicado notarial de control societario, que acredite la
situación actual de la persona jurídica que se presenta, de donde
surja, como mínimo, su objeto, vigencia, órganos, administración-
representación, constancia de la resolución del Ministerio de Educación
y Cultura (MEC) e inscripción en el correspondiente Registro. El
referido certicado, al momento de su presentación, no podrá tener
más de 30 días de expedido.
La empresa beneciaria tendrá la obligación de brindar información
al MIEM cuando ésta le sea requerida, así como participar en acciones
de visibilidad del premio y de los efectos de la inversión.
La empresa beneciaria realizará en la instancia que MIEM-Dinatel
coordine, una presentación sobre los desafíos y lecciones aprendidas
de la ejecución del proyecto.
Se debe incluir el logotipo de MIEM en toda obra o actividad
nanciada por MIEM-Dinatel y en todo material producido para su
lanzamiento y promoción. La mención del apoyo otorgado deberá
gurar en todos los materiales promocionales y en los términos que
se acuerden.
13. PROPIEDAD INTELECTUAL
A los concursantes se les reconocerá la propiedad intelectual de sus
trabajos de conformidad con la normativa vigente. El MIEM-Dinatel
se reserva el derecho de utilizar los videos, juegos, imágenes y sonidos
u otros recursos con nes promocionales.
Los concursantes que resulten premiados deberán conceder los
derechos de utilización en forma no exclusiva a MIEM-Dinatel en el
territorio uruguayo.
ANEXO I
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Los postulantes asumirán la responsabilidad emergente por
los derechos utilizados, debiendo tener presente lo dispuesto por
la legislación de derechos de autor vigente (Ley Nº 9739 del 17 de

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