Diario Oficial de Uruguay del 13/03/2017 (contenido completo)

2Documentos Nº 29.661 - marzo 13 de 2017 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 3 y 9 de marzo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
1
Resolución 162/017
Apruébase el Reglamento Operativo del FONDES - INACOOP.
(548*R)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 1º de Marzo de 2017
VISTO: La propuesta de Reglamento Operativo del FONDES -
INACOOP remitida por la Junta Directiva del Instituto Nacional de
Cooperativismo.
creó el Fondo Para el Desarrollo (FONDES) y asignó la administración
de una de sus particiones - denominada FONDES - INACOOP - a la
Junta Directiva del Instituto Nacional de Cooperativismo.
II) Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 8 literal a) de
la Ley 19.337, de 20 de agosto de 2015, y Artículos 6 literal a) y 8 inciso
nal del Decreto 159/2016 de 30 de mayo de 2016, la Junta Directiva
del Instituto Nacional de Cooperativismo debe elaborar y someter a
consideración del Poder Ejecutivo, para su aprobación, el Reglamento
Operativo del FONDES - INACOOP.
CONSIDERANDO: Que corresponde aprobar el Reglamento
Operativo del FONDES - INACOOP.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º) APRUÉBASE el Reglamento Operativo del FONDES - INACOOP
que consta como anexo y forma parte de la presente Resolución.
2
2º) PUBLÍQUESE, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015–2020; ERNESTO MURRO; DANILO ASTORI.
FONDES INACOOP
REGLAMENTO OPERATIVO
CONTENIDO
1.3 Modicaciones al Reglamento .............................................4
1.4 Usuarios del Reglamento .....................................................4
2. Del FONDES INACOOP .............................................................4
2.1 Cometidos del FONDES INACOOP ...................................4
2.2 Misión y Visión del FONDES INACOOP ..........................5
2.3 Beneciarios del FONDES INACOOP ...............................5
2.4 Instrumentos y límites para los apoyos ..............................6
3. Organización del FONDES INACOOP .....................................8
3.1 Organigrama funcional del FONDES INACOOP ............8
3.2 De la Junta Directiva del FONDES INACOOP .................8
3.3 De la Unidad Técnica del FONDES INACOOP ...............9
3.4 Del Fiduciario .......................................................................10
4. Aspectos Financieros del FONDES INACOOP .....................11
5. Implementación de los Apoyos del FONDES INACOOP ...12
5.1 Consideraciones generales .................................................12
5.2 Grupos prioritarios de beneciarios de
FONDES INACOOP .................................................................12
5.3 Requisitos para acceder a los apoyos del
FONDES INACOOP .................................................................13
5.4 Procedimientos del FONDES INACOOP .......................14
5.5 Programas del FONDES INACOOP ................................15
5.6 Reglamentos Operativos de los Programas del
FONDES INACOOP .................................................................16
ANEXO I - PLAN OPERATIVO 2017 FONDES INACOOP ...17
ANEXO II - MANUALES DE PROCEDIMIENTO -
PRINCIPALES ASPECTOS A TENER EN CUENTA - .............20
1. Manual de Recepción de Solicitudes y Asesoramiento
Primario. ......................................................................................... 20
2. Metodología para la Evaluación de Solicitudes
y Proyectos ..................................................................................... 23
3. Política de seguimiento y apoyo a los beneciarios. ........... 24
1. Aspectos Generales
1.1 Acerca del proceso de transformación del FONDES
La institucionalización de FONDES INACOOP tiene como
antecedente inmediato la experiencia embrionaria del FONDES entre
los años 2011 y 2015; por tanto, se plantea la necesidad de una profunda
reexión acerca de los objetivos de esta herramienta, la revisión de los
apoyos otorgados y los pasos a seguir en los años próximos de modo de
focalizar los apoyos de manera eciente y fortalecer el seguimiento de
los emprendimientos en pos de potenciar el desarrollo de la economía
social y solidaria (ESS).
Dando cuenta de ello, el presente Reglamento Operativo
(ROP) surge luego de un proceso de un año de trabajo, reexión,
sistematización de experiencias y recopilación de información
sobre buenas prácticas, metodologías y herramientas de evaluación,
seguimiento y monitoreo que, con el apoyo de una consultoría externa,
culminó en la elaboración de un nuevo plan estratégico, un nuevo
diseño organizacional, protocolos y manuales de procedimientos
preestablecidos para todos los procesos clave de FONDES INACOOP,
que permitan cumplir con la normativa vigente.
Adicionalmente, se han diseñado líneas programáticas que recogen el
diálogo con expertos de la academia, del sector público, de organizaciones
gremiales, entre otros, de modo de ser proactivos en la búsqueda de
futuros beneciarios, focalizar los apoyos de FONDES INACOOP en la
mitigación de problemas estructurales de las cooperativas y empresas
autogestionarias, promover el desarrollo y competitividad de estas
empresas en sectores dinámicos de la economía así como contribuir en
la reconversión de emprendimientos con dicultades.
Por su parte, en lo que reere a la cartera actual, se ha dado
prioridad a contribuir con apoyo técnico para la supervivencia de
los emprendimientos y se está diseñando un protocolo de actuación
CONTENIDO 2
1. Aspectos Generales ....................................................................... 3
1.1 Acerca del proceso de transformación del FONDES .......3
1.2 Objetivos del Reglamento .................................................... 3
3
Documen tos
Nº 29.661 - marzo 13 de 2017
DiarioOficial |
para un seguimiento estricto y gestión de morosos que se continuará
aplicando en los años venideros.
Por último, cabe decir que en base a las lecciones aprendidas de
la experiencia del FONDES y los cambios mencionados, se plantea
una organización alineada al contexto actual y la normativa vigente,
tomando como principios de funcionamiento primordiales, el
compromiso con el desarrollo de la economía social y solidaria, la
transparencia, el profesionalismo, la proactividad, la ejecutividad y el
trabajo articulado con la institucionalidad de apoyo al sector productivo.
1.2 Objetivos del Reglamento
1.2.1 El presente Reglamento Operativo (ROP) establece las normas y
procedimientos generales que guiarán la gestión de la partición
del Fondo para el Desarrollo (FONDES) cuya administración
está a cargo del Instituto Nacional de Cooperativismo
(INACOOP) y que se denomina FONDES INACOOP.
1.2.2 El ROP dene y asigna las responsabilidades de todas las
entidades involucradas en la ejecución del FONDES INACOOP,
proporcionando las orientaciones necesarias acerca de los
objetivos, estructura y mecanismos de ejecución del mismo.
1.3 Modicaciones al Reglamento
1.3.1 El Poder Ejecutivo aprobará el ROP y establecerá los objetivos
y directrices estratégicas para las acciones orientadas a dar
apoyo a proyectos productivos viables y sustentables.
1.3.2 Consecuentemente, este ROP será exigible a partir de su
aprobación por el Poder Ejecutivo y estará vigente hasta que
el Poder Ejecutivo apruebe una nueva versión.
1.4 Usuarios del Reglamento
1.4.1 Serán usuarios de este ROP todas aquellas entidades que
directa o indirectamente participen en la ejecución del FONDES
INACOOP.
2. Del FONDES INACOOP
2.1 Cometidos del FONDES INACOOP
2.1.1 El FONDES, creado por la Ley Nº 19.337, del 20 de agosto de 2015,
tiene la nalidad de dar apoyo a proyectos productivos viables y
sustentables, alineados con los objetivos y directrices estratégicas
establecidos por el Poder Ejecutivo. El FONDES INACOOP es
una partición del FONDES, administrada por el INACOOP.
2.1.2 Son cometidos generales del FONDES:
A) Promover y apoyar la profesionalización, la aplicación de las
mejores prácticas de gestión empresarial, el incremento de la
productividad y la sustentabilidad de los emprendimientos
apoyados.
B) Promover y apoyar las acciones de Responsabilidad Social
Empresarial, especialmente las vinculadas a la capacitación y
motivación del personal.
C) Promover la participación del sistema financiero en la
nanciación de los proyectos elegibles de modo de maximizar
la utilización de los instrumentos disponibles a estos efectos.
D) Promover la reinversión de las utilidades en los emprendimientos
apoyados con la nalidad de incrementar la productividad y
favorecer la sustentabilidad.
2.1.3 Son cometidos principales del FONDES INACOOP, adicionales
a los establecidos en el párrafo anterior:
A) Promover y apoyar el desarrollo de las distintas formas de la
economía social y solidaria, y en particular, las previstas en los
siguientes literales.
B) Promover y apoyar el desarrollo de las empresas cooperativas
C) Promover y apoyar la creación, desarrollo y consolidación
de emprendimientos productivos con la participación de sus
trabajadores en la dirección y en el capital de la empresa, en
particular, los emprendimientos autogestionarios. Se entiende por
emprendimiento autogestionario aquel que en el que la propiedad
del capital, la gestión empresarial y el trabajo son aportados por el
mismo núcleo de personas, o en el que los trabajadores participan
mayoritariamente en la dirección y el capital de la empresa.
En síntesis, el FONDES INACOOP tiene la nalidad de dar apoyo
(nanciero y no nanciero) a proyectos productivos viables y sustentables,
para promover y apoyar el desarrollo de las distintas formas de economía social
y solidaria, en particular cooperativas y emprendimientos autogestionarios.
2.2 Misión y Visión del FONDES INACOOP
En base a los cometidos mencionados anteriormente, se plantean
la Misión y Visión para el FONDES INACOOP.
2.2.1 La Misión del FONDES INACOOP será dar apoyo nanciero y no
nanciero a proyectos productivos viables y sustentables, promoviendo
el desarrollo de la economía social y solidaria.
2.2.2 La Visión del FONDES INACOOP será ser una herramienta
pública, reconocida por la sociedad como conable, profesional y
socialmente responsable, de apoyo a la Economía Social y Solidaria
en el marco del desarrollo sustentable nacional.
2.3 Beneciarios del FONDES INACOOP
2.3.1 Sin perjuicio de los contenidos especícos de los instrumentos
y programas a ser nanciados por el FONDES INACOOP, en
general, los recursos del FONDES INACOOP priorizarán el
apoyo a emprendimientos económicos viables y sustentables de
cooperativas, emprendimientos autogestionarios y otras formas
de la economía social y solidaria, de acuerdo a lo establecido
2.3.2 Serán beneciarios del FONDES INACOOP los destinatarios
nales de los apoyos. Esto es, por ejemplo, si los receptores
directos de los fondos del FONDES INACOOP son bancos
u otras instituciones de primer piso, serán considerados
beneciarios de dichos fondos quienes reciban los préstamos
o garantías otorgados por tales instituciones.
2.3.3 Los emprendimientos que reciban apoyos reembolsables o
garantías del FONDES INACOOP deberán comprometerse a
la reinversión de utilidades, y a no tomar préstamos u otorgar
garantías sin autorización de la Junta Directiva del FONDES
INACOOP, mientras no se haya producido el reintegro total
de los apoyos reembolsables recibidos o se encuentren vigentes
las garantías, cualquiera sea su naturaleza.
2.3.4 El FONDES INACOOP podrá requerir a los beneciarios
la contratación de auditorías externas o de profesionales
independientes a n de realizar el seguimiento de los proyectos
o planes de negocios.
2.4 Instrumentos y límites para los apoyos
2.4.1 El FONDES INACOOP podrá mantenerse como un único
fondo u organizarse en fondos o sub-fondos, de acuerdo con
los objetivos especícos perseguidos, conforme lo disponga su
Junta Directiva.
2.4.2 Los apoyos del FONDES INACOOP podrán otorgarse mediante
los siguientes instrumentos:
A) Préstamos, garantías y bonificación de tasa de interés en
préstamos otorgados por el sistema nanciero.
B) Capital semilla y capital de riesgo.
C) Aportes no reembolsables para el nanciamiento total o parcial
de la asistencia técnica necesaria para completar los planes o
estudios de viabilidad y desarrollo de un proyecto o programa,
y la evaluación técnica del mismo.
D) Aportes no reembolsables para el nanciamiento total o parcial
de planes de capacitación o mejora de gestión y procesos de
certicación.
4Documentos Nº 29.661 - marzo 13 de 2017 | DiarioOficial
E) Adquisición directa de activos inmobiliarios para
emprendimientos productivos que se encuentren en actividad,
que resulten indispensables para su continuidad o mejoren las
condiciones de retorno del nanciamiento otorgado.
F) Otros que apruebe el Poder Ejecutivo.
2.4.3 La totalidad de los nuevos apoyos a conceder al total de los
emprendimientos o proyectos de un nuevo grupo económico,
no podrá superar en ningún caso el 10% (diez por ciento) de
los activos administrados en el año corriente por el FONDES
INACOOP.
2.4.4 En el caso de otorgamiento de préstamos, se podrán otorgar hasta
dos préstamos a un mismo proyecto o emprendimiento, en un
período de cinco años, y el monto total prestado no podrá superar
el 15% (quince por ciento) del valor promedio anual de los activos
administrados1 en el FONDES INACOOP, en los últimos cinco
años. A los efectos del cómputo de ese 15% (quince por ciento):
A) Se considerarán administrados por el FONDES INACOOP,
los activos del Fondo para el Desarrollo creado por el Decreto
341/011, del 27 de setiembre de 2011, hasta la entrada en
vigencia del Decreto 100/015, del 23 de marzo de 2015, tanto en
lo que reere a la determinación de los préstamos ya otorgados
como al cómputo del promedio anual de activos administrados.
B) En caso de que el FONDES INACOOP no tenga actividad
durante un período de al menos cinco años, se considerará
el valor promedio anual de los activos administrados por el
mismo desde su creación.
2.4.5 En el caso de otorgamiento de un segundo préstamo a un mismo
proyecto o emprendimiento en un período de 5 años, deberá haber
transcurrido al menos 18 meses desde el otorgamiento del primero.
2.4.6 Se podrán otorgar hasta dos préstamos a un mismo proyecto
o empresa (beneciario) en un período de cinco años. Los
préstamos que hayan sido cancelados no se tendrán en cuenta
en la aplicación de esta limitación.
2.4.7 El FONDES INACOOP no apoyará en ninguna de sus formas
a empresas ya existentes que por sus problemas de gestión,
de mercado, de competencia, de costos, de productos, de
endeudamiento u otros factores que hayan podido afectar su
rentabilidad o estabilidad, lo requieran. Podrán ser excepciones
a lo anterior, dependiendo de los resultados del análisis
correspondiente, los apoyos a proyectos que tengan por objetivo
revertir sustancialmente dichos factores negativos, siempre
que se considere que los apoyos están dirigidos a facilitar
la implementación de los cambios proyectados y no serán
permanentes en el tiempo.
2.4.8 Se considerarán incluidos en las excepciones previstas en el
párrafo anterior aquellos casos en los que el análisis realizado
por una institución de primer piso para el otorgamiento de
créditos indirectos o garantías, resulte en una evaluación
favorable de la viabilidad y sustentabilidad, o capacidad de
repago, de la empresa beneciaria.
3. Organización del FONDES INACOOP
3.1 Organigrama funcional del FONDES INACOOP
3.2 De la Junta Directiva del FONDES INACOOP
3.2.1 A la Junta Directiva del FONDES INACOOP le compete
respecto del FONDES INACOOP:
A) Elaborar y someter a consideración del Poder Ejecutivo, para su
aprobación, el Reglamento Operativo, y los planes y programas
anuales del FONDES INACOOP.
B) Aplicar el Reglamento Operativo e implementar los planes y
programas anuales del FONDES INACOOP aprobados por el
Poder Ejecutivo.
C) Adoptar resolución acerca de las solicitudes especícas de
apoyo presentadas al FONDES INACOOP.
D) Impartir las instrucciones pertinentes al agente duciario que
corresponda.
E) Realizar el seguimiento de los proyectos asistidos por el
FONDES INACOOP y aplicar las sanciones en caso de
incumplimientos.
F) Informar periódicamente al Poder Ejecutivo, o cuando este lo
solicite, acerca de los proyectos apoyados, sus características
y modalidades, así como toda otra circunstancia relativa a la
ejecución de las actividades del FONDES INACOOP, incluida
la información necesaria para dar cumplimiento a lo previsto en
G) Realizar toda otra acción necesaria para la administración del
FONDES.
3.2.2 La promoción y los apoyos del FONDES INANCOOP a
emprendimientos cooperativos y de la economía social y
solidaria serán resueltos por la Junta Directiva del FONDES
INACOOP, dentro del marco de las políticas de promoción y
las orientaciones estratégicas establecidas por el Directorio del
INACOOP. Sin perjuicio de sus respectivas atribuciones, ambos
órganos coordinarán la ejecución de planes y proyectos con la
nalidad de optimizar la aplicación de los recursos respectivos.
Cada apoyo otorgado, reembolsable o no, será especícamente
cuanticado y explicitado en la respectiva resolución de la Junta
de Dirección del FONDES INACOOP.
3.2.3 En lo que respecta al FONDES INACOOP, el INACOOP se
comunicará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social.
3.2.4 Los recursos del FONDES INACOOP podrán ser empleados
para el nanciamiento de los medios humanos y materiales
necesarios para su funcionamiento. En caso de recursos
humanos o materiales afectados también a actividades ajenas al
FONDES INACOOP, sólo se nanciará la cuota parte asignada
al funcionamiento de este último.
3.3 De la Unidad Técnica del FONDES INACOOP
3.3.1 Consideraciones acerca de la optimización del funcionamiento
de la Unidad Técnica:
- Se deberá contar con una estructura ja profesional base que
asegure el control de la gestión de los procesos críticos y genere
capacidades a la interna de la institución.
- Se deberá contar con profesionales externos gestionados
por la estructura ja, que le brinden exibilidad a la misma
permitiéndole adaptarse fácilmente a distintos volúmenes de
proyectos a evaluar y/o acompañar.
- Se deberá asegurar una adecuada especialización y gestión de
los procesos sustantivos de la organización.
- Se deberán aprovechar las capacidades existentes y a desarrollar
en INACOOP para la ejecución de los procesos de apoyo.
- Se deberá contemplar la oposición de intereses en los procesos.
- Se deberá fortalecer los procesos de seguimiento y
acompañamiento a los proyectos apoyados.
- Se deberá contar con tecnologías de información que soporten
los procesos del FONDES INACOOP y permitan gestionar los
procesos críticos en forma ágil, segura y conable.
1 Se entenderá por activos administrados en un año determinado, el
monto que resulta de sumar al saldo disponible del año anterior, las
sumas recuperadas y los ingresos del año correspondientes.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR