Diario Oficial de Uruguay del 18/08/2017 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.765 - agosto 18 de 2017
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 15 y 16 de agosto y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
1
Resolución S/n
Incorpóranse a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a
diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, el contenido
del Anexo que se determina.
(3.005*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 11 de Agosto de 2017
VISTO: el Decreto Nº 168/017 de 26 de junio de 2017 y la Resolución
Nº 5043 del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de diciembre
de 2016.
RESULTANDO: I) que el referido Decreto incorpora al
ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones del Grupo Mercado
Común Nº 01/17, Nº 02/17 y Nº 03/17, así como la Resolución Nº 5043
del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de diciembre de 2016,
que sustituye la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a
10 (diez) dígitos con su correspondiente régimen arancelario.
II) que el Decreto modica la Nomenclatura Común del Mercosur
así como su correspondiente Arancel Externo Común.
III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado
en la norma invocada es conveniente realizar modicaciones en
la nomenclatura nacional estructurada a 10 (diez) dígitos y su
correspondiente régimen arancelario.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el
Anexo de la Resolución Nº 5043 de esta Secretaría de Estado de 27 de
diciembre de 2016, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 168/017
de 26 de junio de 2017.
ATENTO: a lo expuesto,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
1
1º.- Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur
estructurada a 10 (diez) dígitos con su correspondiente régimen
arancelario, aprobada por la Resolución Nº 5043 del Ministerio de
Economía y Finanzas de 27 de diciembre de 2016, el contenido del
Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
2
2º.- El Anexo correspondiente se encuentra a disposición de los
interesados en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas
- Asesoría de Política Comercial hps://www.mef.gub.uy .-
3
3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
DANILO ASTORI.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
2
Resolución S/n
Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación “LASAMAR
1”, propiedad de la empresa LASARMAR1 LLC, que se encuentra en el
Puerto de Punta del Este.
(3.006*R)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 14 de Agosto de 2017
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de
Hidrografía, solicitando se declare abandonada en favor del
Estado, la embarcación “LASAMAR 1”, propiedad de la empresa
LASARMAR1 LLC, que se encuentra abandonada en el Puerto de
Punta del Este.
RESULTANDO: I) Que con fecha 8 de marzo de 2017, mediante
publicación en el Diario Ocial, se le dio vista del proyecto de
Resolución de la Dirección Nacional de Hidrografía, por el cual
se establece que la deuda generada por parte de la embarcación
“LASAMAR 1” para con dicha Unidad Ejecutora, es de un monto
de $ 429.806 más intereses legales, por concepto de guardería al
21 de noviembre de 2016, intimando al propietario al retiro de la
referida embarcación, previo pago de dicha suma en el plazo de 3
días perentorios, bajo apercibimiento de reputar la embarcación
ya citada a favor del Estado y operar la traslación de dominio
correspondiente.-
II) Que, habiendo transcurrido el plazo otorgado, sin que el
propietario diera cumplimiento al pago de la deuda, se procedió
a aprobar la deuda generada en el monto citado precedentemente,
intimando al retiro de la embarcación ya mencionada, mediante
Resolución de la Dirección Nacional de Hidrografía de fecha 5 de
abril de 2017, y publicada en el Diario Ocial con 19 de abril de 2017,
por un plazo de 3 días perentorios contados a partir de dicha fecha,
bajo apercibimiento de reputar la embarcación ya citada a favor del
Estado y operar la traslación de dominio correspondiente.
III) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría
Letrada), al expedirse al respecto maniesta que, surge que la Dirección
Nacional de Hidrografía actuó en el marco de sus competencias,
habiendo dado cumplimiento estricto al procedimiento consignado
en la normativa vigente, por lo que en tal sentido, no procediendo el
titular de la embarcación en la forma intimada, corresponde -salvo
mejor opinión- a este Ministerio, declarar abandonada en favor
del Estado a la referida embarcación y proseguir con los trámites y
operaciones materiales.
ATENTO: a lo previsto por el artículo 236 de la Ley Nº 16.320 del
1º de noviembre de 1992 en la redacción dada por el artículo 68 de la
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1
1º.- Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación
“LASAMAR 1”, propiedad de la empresa LASARMAR1 LLC, que

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