Diario Oficial de Uruguay del 19/08/2016 (contenido completo)

2Documentos Nº 29.521 - agosto 19 de 2016 | DiarioOf‌icial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 10 y 16 de agosto y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
1
Resolución 462/016
Amplíase el benecio del subsidio por desempleo que otorga el BPS, a
trabajadores de la empresa COMPAÑÍA NACIONAL DE CEMENTOS S.A.
(1.298)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 4 de Agosto de 2016
VISTO: La solicitud presentada por la empresa COMPAÑIA
NACIONAL DE CEMENTOS S.A cuyo ramo de actividad según
Planilla de Control de Trabajo es “cemento y sus canteras” a n de de
que se le otorgue prórroga del benecio del subsidio por desempleo
que abona el Banco de Previsión Social, a catorce (14) trabajadores,
al amparo de lo previsto por el decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto
de 1981.
RESULTANDO: Que la inactividad de la Empresa ha determinado
el envío de personal al Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la prórroga solicitada se encuentra
dentro de los plazos previstos por el artículo 10º del decreto-ley Nº
15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo
al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la instrumentación de
las medidas necesarias a n de mantener la fuente de trabajo a dicha
trabajdora.
III) Que por Resolución del Consejo de Ministros del 12 de abril de
2010, se delegan en el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien
haga sus veces las atribuciones del Poder Ejecutivo consagradas en
el artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981 en la
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el
artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la
redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre
de 2008 y en la Resolución del Presidente de la República actuando
en Consejo de Ministros de fecha 12 de abril de 2010.
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE
1
1º.- AMPLÍASE por noventa (90) días o su saldo si es menor, el
plazo del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión
Social a catorce (14) trabajadores de la empresa COMPAÑIA
NACIONAL DE CEMENTOS S.A que se encuentran en condiciones
legales de acceder al mismo..
2
2º.- EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se
concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del
decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada
por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008.
3
3º.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.
ERNESTO MURRO.
2
Resolución 463/016
Amplíase el benecio del subsidio por desempleo que otorga el BPS,
a trabajadores de la empresa BADER INTERNATIONAL (SUCURSAL
URUGUAY).
(1.299)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 4 de Agosto de 2016
VISTO: La solicitud presentada por la empresa BADER
INTERNATIONAL (SUCURSAL URUGUAY) conjuntamente con
la organización sindical (Comité de Base UOC), a n de que se le
otorgue prórroga del benecio del subsidio por desempleo que abona
el Banco de Previsión Social, a cinco (5) de sus trabajadoras, al amparo
de lo previsto por el decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
RESULTANDO: Que la inactividad de la Empresa que gira en el
ramo de curtiembre, ha determinado el envío del personal al Seguro
por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la prórroga solicitada se encuentra
dentro de los plazos previstos por el artículo 10º del decreto-ley Nº
15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo
al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la instrumentación de
las medidas necesarias a n de mantener la fuente de trabajo a dicho
personal.
III) Que por Resolución del Consejo de Ministros Nª 565 del 12
de abril de 2010, se delegan en el Ministro de Trabajo y Seguridad
Social o quien haga sus veces las atribuciones del Poder Ejecutivo
consagradas en el artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de
agosto de 1981 en la redacción dada por la ley Nº 18.399 de 24 de
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el
artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la
redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre
de 2008 y en la Resolución Nº 565 de fecha 12 de abril de 2010.
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE
1
1º.- AMPLÍASE por noventa (90) días, el plazo del subsidio
por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a cinco (5)
trabajadores de la empresa BADER INTERNATIONAL (SUCURSAL
URUGUAY) que se encuentran en condiciones legales de acceder al
mismo.
2
3
Documen tos
Nº 29.521 - agosto 19 de 2016
DiarioOf‌icial |
2º.- EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se
concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del
decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada
por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008.
3
3º.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.
ERNESTO MURRO.
3
Resolución 464/016
Amplíase el benecio del subsidio por desempleo que otorga el BPS, a
trabajadores de la empresa COMPAÑÍA NACIONAL DE CEMENTOS S.A.
(1.300)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 4 de Agosto de 2016
VISTO: La solicitud presentada por la empresa COMPAÑIA
NACIONAL DE CEMENTOS S.A cuyo ramo de actividad según
Planilla de Control de Trabajo es “cemento y sus canteras” a n de de
que se le otorgue prórroga del benecio del subsidio por desempleo
que abona el Banco de Previsión Social, a dos (2) trabajadores, al
amparo de lo previsto por el decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto
de 1981.
RESULTANDO: Que la inactividad de la Empresa ha determinado
el envío de personal al Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la prórroga solicitada se encuentra
dentro de los plazos previstos por el artículo 10º del decreto-ley Nº
15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo
al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la instrumentación de
las medidas necesarias a n de mantener la fuente de trabajo a dicha
trabajdora.
III) Que por Resolución del Consejo de Ministros del 12 de abril de
2010, se delegan en el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien
haga sus veces las atribuciones del Poder Ejecutivo consagradas en
el artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981 en la
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el
artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la
redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre
de 2008 y en la Resolución del Presidente de la República actuando
en Consejo de Ministros de fecha 12 de abril de 2010.
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE
1
1º.- AMPLÍASE por noventa (90) días o su saldo si es menor, el
plazo del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión
Social a dos (2) trabajadores de la empresa COMPAÑIA NACIONAL
DE CEMENTOS S.A que se encuentran en condiciones legales de
acceder al mismo..
2
2º.- EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se
concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del
decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada
por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008.
3
3º.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.
ERNESTO MURRO.
4
Resolución 465/016
Amplíase el benecio del subsidio por desempleo que otorga el BPS, a
un trabajador de la empresa SUZETE P. DILLI Y CIA. S.R.L.
(1.301)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 4 de Agosto de 2016
VISTO: La solicitud presentada por la empresa SUZETE P. DILLI
Y CIA. S.R.L., cuyo giro es free shop, a n de que se le otorgue prórroga
del benecio del subsidio por desempleo que abona el Banco de
Previsión Social, a uno (1) de sus trabajadores, al amparo de lo previsto
por el decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981,
RESULTANDO: Que la inactividad de la Empresa ha determinado
el envío del personal al Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la prórroga solicitada se encuentra
dentro de los plazos previstos por el artículo 10º del decreto-ley Nº
15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1º
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo
al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la instrumentación de
las medidas necesarias a n de mantener la fuente de trabajo a dicho
personal.
III) Que por Resolución del Consejo de Ministros del 12 de abril de
2010, se delegan en el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien
haga sus veces las atribuciones del Poder Ejecutivo consagradas en
el artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981 en la
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el
artículo 10º del decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la
redacción dada por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre
de 2008 y en la Resolución del Presidente de la República actuando
en Consejo de Ministros de fecha 12 de abril de 2010.
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE
1
1º.- AMPLÍASE por noventa (90) días, el plazo del subsidio por
desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a un (1) trabajador
de la empresa SUZETE P. DILLI Y CIA. S.R.L., que se encuentra en
condiciones legales de acceder al mismo.
2
2º.- EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se
concede se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del
decreto-ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada
por el artículo 1º de la ley Nº 18.399 de 24 de octubre de 2008.
3
3º.- COMUNÍQUESE, publíquese, etc.
ERNESTO MURRO.

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