Diario Oficial de Uruguay del 22/08/2016 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.522 - agosto 22 de 2016
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 10, 11, 12 y 17 de agosto y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
1
Decreto 247/016
Dispónese la regulación del Cargo de Comandante de Contingente
Nacional en Operaciones de Paz, en el marco del Sistema Nacional de
Apoyo a las Operaciones de Mantenimiento de Paz (SINOMAPA).
(1.312*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 8 de Agosto de 2016
VISTO: las gestiones promovidas por el Sistema Nacional de
Apoyo a las Operaciones de Mantenimiento de la Paz (SINOMAPA),
para regular el Cargo de Comandante de Contingente Nacional en
Operaciones de Paz.
RESULTANDO: I) que en la actualidad, el Ministerio de Defensa
Nacional utiliza la vía de la Resolución administrativa para la
designación del Comandante del Contingente Nacional en las Misiones
de Paz de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), donde
Uruguay despliega Contingentes, sin que exista a nivel nacional
relación de sus funciones y responsabilidades.
II) que los Contingentes Nacionales desplegados en Operaciones
de Paz pueden integrarse con diferentes elementos de las Fuerzas
Armadas, siendo necesaria la regulación de la representación que los
Comandantes de los mismos ejercen ante las autoridades de Naciones
Unidas en el área de Misión.
CONSIDERANDO: I) que el artículo 21 de la Ley Marco de
Defensa Nacional 18.650 de 19 de febrero de 2010, consigna que
la participación de Contingentes Nacionales en Misiones de Paz
constituye una decisión soberana determinada por la política exterior
de la República, tendiente a la promoción de los intereses nacionales en
el ámbito internacional, la práctica de medidas de conanza mutua y la
promoción de relaciones de cooperación y respeto entre los diferentes
actores de la comunidad internacional.
II) que por el Decreto 560/994 de 21 de diciembre de 1994 con las
modicaciones introducidas por el Decreto 317/995 de 16 de agosto de
1995 y por la Ley Marco de Defensa Nacional citada, se creó y reguló
el funcionamiento del Sistema Nacional de Apoyo a las Operaciones
de Mantenimiento de la Paz (SINOMAPA), dependiente del Jefe
del Estado Mayor de la Defensa y se le asignó responsabilidad en
la planicación, coordinación y seguimiento en lo concerniente a la
participación de los Contingentes Nacionales en las Operaciones de
Paz y en el asesoramiento al Poder Ejecutivo en la materia.
III) que en las Directivas del Departamento de Operaciones de Paz
de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para los Miembros
de los Contingentes Nacionales sobre Asuntos disciplinarios (2003);
en los “Principios y Lineamientos de las Misiones de Mantenimiento
de la Paz de las Naciones Unidas” (2008); en la “Política de Autoridad,
Comando y Control del Departamento de Operaciones de Paz de la
O.N.U.” (2009) y en el “Manual para el manejo del Equipo Propiedad
de los Contingentes” (Manual COE, 2011), se hace referencia al Cargo
de Comandante de Contingente Nacional y su competencia en asuntos
de Administración de Personal, medios materiales, disciplina, Ley y
orden.
IV) que en la precitada normativa se insta a los Gobiernos de los
países contribuyentes de tropas, a que le proporcionen al Comandante
del Contingente Nacional los instrumentos necesarios para el
cumplimiento de sus obligaciones.
V) que la aprobación de la presente norma no representa
erogaciones al Estado.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por
el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio
de Defensa Nacional y por el Sistema Nacional de Apoyo a las
Operaciones de Mantenimiento de la Paz (SINOMAPA).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1RO.- La función de Comandante del Contingente
Nacional para las áreas donde las Fuerzas Armadas se desplieguen en
Misiones de Paz de la Organización de Naciones Unidas (ONU), será
ejercida por un Ocial de Cuerpo Comando, designado de acuerdo
con lo dispuesto por el artículo 80 del Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de
las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de 1974 en base a los siguientes
criterios:
A. Cuando existan Unidades Nacionales constituidas desplegadas
en una Misión de Paz, el Comandante del Contingente Nacional será
el Ocial que comande la Unidad con mayor cantidad de efectivos y
medios.
B. En aquellas Misiones de Paz donde se desplieguen exclusivamente
Expertos en Misión y/o Ociales en el Estado Mayor, el Comandante
del Contingente Nacional será el Ocial más antiguo presente en el
área de Misión.
C. Quedarán exceptuados de ser designados como Comandante de
Contingente Nacional, los Ociales que cumplan funciones en virtud
de un Contrato individual vigente con las Naciones Unidas.
2
ARTÍCULO 2DO.- El Comandante del Contingente Nacional
podrá ejercer sus funciones en forma concomitante con otro Cargo en
el que se le designe en Misión de Paz.
3
ARTÍCULO 3RO.- Para el desempeño de sus funciones, el
Comandante del Contingente Nacional dependerá directamente
del Director del Sistema Nacional de Apoyo a las Operaciones de
Mantenimiento de la Paz (SINOMAPA).
4
ARTÍCULO 4TO.- El Comandante del Contingente Nacional
representará al Contingente Nacional ante las autoridades de las
Naciones Unidas en el área de Misión y ante las autoridades nacionales
que en carácter ocial se encontraran en el área de Misión.
5
ARTÍCULO 5TO.- Asumirá la conducción y coordinación de las
visitas de las autoridades que reciba en el área de Misión y de las
actividades ociales que se desarrollen en el Contingente Nacional,
con el propósito de preservar y fortalecer la imagen del país y de las
Fuerzas Armadas.
6
ARTÍCULO 6TO.- Será el interlocutor entre los Comandantes
de las Unidades, los Expertos en Misión e integrantes de los Estados
Mayores Multinacionales y las autoridades de la Misión, para el
cumplimiento de los compromisos de contribución asumidos por el
país de las obligaciones y prerrogativas contenidas en los respectivos
Memorandos de Entendimiento y/o Cartas de Asistencia, en relación

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