Diario Oficial de Uruguay del 25/05/2016 (contenido completo)

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Nº 29.460 - mayo 25 de 2016
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Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 20 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Resolución S/n
Establécese Servidumbre Minera de Ocupación accesoria al título minero
Permiso de Exploración, otorgado a Guillermo Ariel Riani Cebey, en la 6ª
Sección Catastral del departamento de Artigas.
(749)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 17 de Mayo de 2016
VISTO: que GUILLERMO ARIEL RIANI CEBEY, solicita
imposición de Servidumbre Minera de Ocupación, sobre los
padrones Nº 633 (p) y 1855 (p) ubicados en la 6ª Sección Catastral del
departamento de Artigas, en un área total de 199 hás 9492 m².
RESULTANDO: I) que GUILLERMO RIANI, es titular de un
Permiso de Exploración para el estudio de un yacimiento de ágatas
y amatistas, otorgado por Resolución de la Dirección Nacional de
Minería y Geología de 26 de octubre de 2015;
II) que la Dirección Nacional de Catastro ha determinado el valor
de arrendamiento anual por hectárea, y actualizado por División
Administración, queda establecido en $ 2.412,56 (pesos uruguayos
dos mil cuatrocientos doce con 56/00);
III) que a los efectos del artículo 37 lit. a) del Código de Minería,
el monto del primer semestre de Servidumbre de Ocupación para el
padrón 633 (p) es de $ 73.762,00 (pesos uruguayos setenta y tres mil
setecientos sesenta y dos) y para el padrón 1855 (p) es de $ 167.552
(pesos uruguayos ciento sesenta y siete mil quinientos cincuenta y
dos) valores sujetos a la actualización prevista según variación ocial
del índice del costo de vida;
CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica informa, que
habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 31 y
siguientes del Código de Minería, correspondería el dictado de la
respectiva resolución.
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería
y Geología, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería, lo dispuesto por el Código de Minería
y por la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 17 de julio de 2006.
LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA,
en ejercicio de atribuciones delegadas;
RESUELVE:
1
1º.- Establécese Servidumbre Minera de Ocupación, accesoria al
título minero Permiso de Exploración otorgado a GUILLERMO ARIEL
RIANI CEBEY, por Resolución de la Dirección Nacional de Minería y
Geología de 26 de octubre de 2015, por el plazo de 24 meses.
2
2º.- La servidumbre minera impuesta afectara los padrones Nº 633
(p), y 1855 (p) ubicados en la 6ª Sección Catastral del departamento de
Artigas, en un área total de 199 hás 1855 m².
3
3º.- Fíjase el importe a pagar por el gestionante en concepto de
indemnización dispuesta por el artículo 37, literal a), del Código de
Minería y por el primer semestre de Servidumbre de Ocupación para
el padrón 633 (p) es de $ 73.762,00 (pesos uruguayos setenta y tres mil
setecientos sesenta y dos) y para el padrón 1855 (p) es de $ 167.552
(pesos uruguayos ciento sesenta y siete mil quinientos cincuenta y
dos) valores sujetos a la actualización prevista según variación ocial
del índice del costo de vida.
4
4º.- La servidumbre impuesta por la presente resolución gravará
el predio sirviente durante la vigencia del título minero que la ha
motivado.
5
5º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
CAROLINA COSSE.
2
Resolución S/n
Prorrógase la excepción de la aplicación del arancel jado por el Decreto
643/006 a los productos cuyos ítems se especican, productor y
exportador (MAPSA SRL.) e importador (ROYDEL S.A.).
(750)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 17 de Mayo de 2016
VISTO: que el artículo 1º del Decreto Nº 367/011 de 14 de octubre
de 2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del
arancel jado de conformidad con el artículo 1º del Decreto 473/2006
al amparo de lo dispuesto en el artículo 9º del citado decreto deberá
presentar cada dos años un certicado emitido por la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina que
establezca que no ha recibido benecios tributarios al amparo del
régimen de Zonas de Promoción Industrial en los últimos dos años
para los productos clasicados en la misma partida arancelaria que
el producto incluido en el régimen y/o productos que sean insumos o
formen parte del producto nal incluido en el régimen.
RESULTANDO: I) que la empresa ROYDEL S.A. presentó
constancia de inscripción, emitida por la AFIP de la República
Argentina con fecha 21 de abril de 2016, de acuerdo a lo establecido
en los artículos 1º y 3º del Decreto 367/011 ante la Dirección Nacional
de Industrias;
II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el
cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1º del Decreto
Nº 367/011.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por
el Decreto Nº 473/2006 de 27 de noviembre de 2006, el Decreto Nº
643/2006 de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 367/2011 de 14
de octubre de 2011
LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
1º.- Prorrogar la excepción otorgada mediante Resolución
Ministerial de 08 de setiembre de 2014, (a regir para los despachos de

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